Norma Legal Oficial del día 12 de noviembre del año 2011 (12/11/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 12 de noviembre de 2011

http://www.sunat.gob.pe en la misma fecha en que se publique la presente resolucion. DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL Unica.- VIGENCIA La presente resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente al de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria 715206-1

Que el numeral 14 del articulo 87° del Texto Unico Ordenado (TUO) del Codigo Tributario aprobado por el Decreto Supremo N.° 135-99-EF y normas modificatorias establece que los administrados deberan comunicar a la SUNAT si tienen en su poder bienes, valores y fondos, depositos, custodia y otros, asi como derechos de credito cuyos titulares MORDAZA los deudores en cobranza coactiva que la SUNAT les indique, y que mediante resolucion de superintendencia se designara a los sujetos obligados a proporcionar dicha informacion, asi como la forma, plazo y condiciones en que deberan cumplirla; Que el inciso d) del articulo 118° del citado TUO senala que sin perjuicio de lo dispuesto en los Decretos Legislativos numeros 931 y 932, las medidas cautelares previstas en el mencionado articulo podran ser trabadas, de ser el caso, por medio de sistemas informaticos. Agrega que, tratandose del embargo en forma de retencion, mediante resolucion de superintendencia se establecera los sujetos obligados a utilizar el sistema informatico que proporcione la SUNAT asi como la forma, plazo y condiciones en que se debe cumplir dicho embargo; Que al MORDAZA de las normas MORDAZA mencionadas, mediante Resolucion de Superintendencia N.° 1492009/SUNAT se dictaron disposiciones para la implementacion del Sistema de Embargo por Medios Telematicos ante MORDAZA Compradores (SEMT-GC), estableciendose en su articulo 6° que la incorporacion de los MORDAZA Compradores al uso de este Sistema sera gradual, habiendose incluido en una primera etapa a determinados contribuyentes, e incorporado a nuevos contribuyentes a traves de las Resoluciones de Superintendencia N°s. 284-2010/SUNAT, 106-2011/ SUNAT y 194-2011/SUNAT; Que resulta conveniente incorporar a nuevos contribuyentes al uso del SEMT-GC como MORDAZA Compradores; Que al MORDAZA del numeral 3.2 del articulo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de proyectos normativos y difusion de normas legales de caracter general, aprobado por el Decreto Supremo N.° 001-2009-JUS, no se prepublica la presente resolucion por considerar que ello seria innecesario en la medida que la incorporacion de nuevos contribuyentes al uso del SEMT-GC como MORDAZA Compradores, es potestad de la SUNAT conforme a lo establecido en el inciso d) del articulo 118° del TUO del Codigo Tributario; En uso de las facultades conferidas por el numeral 14 del articulo 87°, el inciso d) del articulo 118° del TUO del Codigo Tributario, y el articulo 11° del Decreto Legislativo N.° 501 y normas modificatorias, asi como el inciso q) del articulo 19° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo N.° 1152002-PCM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- INCORPORACION DE NUEVOS CONTRIBUYENTES AL USO DEL SISTEMA DE EMBARGO POR MEDIOS TELEMATICOS ANTE MORDAZA COMPRADORES (SEMT-GC) Incorporese al uso del SEMT-GC como MORDAZA Compradores, a los contribuyentes senalados en los Anexos que forman parte de la presente resolucion, de acuerdo a lo siguiente: 1. Los contribuyentes senalados en el Anexo I, a partir del 14 de noviembre de 2011. 2. Los contribuyentes senalados en el Anexo II, a partir del 1 de diciembre de 2011. Para dicho efecto, la SUNAT les proporcionara los codigos de usuarios y las claves de acceso a que se refiere el articulo 7° de la Resolucion de Superintendencia N.° 149-2009/SUNAT, como MORDAZA hasta el 11 y 30 de noviembre de 2011, tratandose de los Anexos I y II, respectivamente. Los referidos Anexos seran publicados en el MORDAZA de la SUNAT en la Internet cuya direccion es

Designan Ejecutor Coactivo de las Intendencias de Aduana de Mollendo y de MORDAZA
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N° 262-2011/SUNAT MORDAZA, 11 de noviembre de 2011 CONSIDERANDO: Que el articulo 114° del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo N.° 135-99-EF y modificatorias, establece los requisitos que deberan cumplir los funcionarios de la Administracion Tributaria para acceder al cargo de Ejecutor Coactivo; Que a fin de garantizar el normal funcionamiento de la cobranza coactiva en la Intendencia de Aduana de Mollendo e Intendencia de Aduana de MORDAZA, resulta conveniente designar en el cargo de Ejecutor Coactivo encargado de la gestion de cobranza coactiva de las referidas Intendencias de Aduana, a la senorita abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sanchez; Que la trabajadora propuesta ha presentado declaracion jurada manifestando reunir los requisitos MORDAZA indicados; Que la Decimo Cuarta Disposicion Final del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, dispone que lo previsto en el numeral 7.1 del articulo 7° de la Ley N° 269791, no es de aplicacion a los organos de la Administracion Tributaria cuyo personal ingrese mediante concurso publico; En uso de las facultades conferidas por el inciso u) del Articulo 19° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N° 1152002-PCM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar en el cargo de Ejecutor Coactivo encargado de la gestion de cobranza coactiva de la Intendencia de Aduana de Mollendo e Intendencia de Aduana de MORDAZA, a la senorita abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria

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El Texto Unico Ordenado de la Ley N.° 26979 ha sido aprobado por el Decreto Supremo N.° 018-2008-JUS.

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