Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2011 (27/03/2011)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 27 de marzo de 2011

NORMAS LEGALES

439821

Dado en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional MORDAZA, a los 15 dias del mes de febrero de 2011. EDDY R. MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado POR TANTO: Mando registrese, publiquese y cumplase. Dado en el Despacho de la Presidencia del Gobierno Regional MORDAZA, a los 17 dias del mes de marzo de 2011. VLAMIDIR ROY MORDAZA MORDAZA Presidente Gobierno Regional MORDAZA 619658-1

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; VISTO; el Informe Nº 004-2011-OGA-OT/MDA de la Oficina de Tesoreria, el Informe Nº 001-2011MDA/OGP-ORE de la Oficina de Racionalizacion y Estadistica; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; ello, en concordancia con lo dispuesto por el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; Que, el inciso 10.1 del articulo 10º de la Resolucion Directoral Nº 001-2011-EF/77.15, que dicta disposiciones complementarias a la Directiva de Tesoreria aprobada por la Resolucion Directoral Nº 002-2007-EF/77.15 y sus modificatorias, senala que la MORDAZA Chica es un fondo en efectivo que puede ser constituido con Recursos Publicos de cualquier fuente que financie el presupuesto institucional para ser destinado unicamente a gastos menores que demanden su cancelacion inmediata o que, por su finalidad y caracteristicas, no puedan ser debidamente programados; que asimismo el inciso d) del articulo 36º de la Directiva Nº 002-2007-EF/77.15, establece que el Director General de Administracion, o quien haga sus veces, debe aprobar una Directiva para la administracion del Fondo para Pagos en Efectivo, en la misma oportunidad de su constitucion, y disponer la realizacion de arqueos inopinados sin perjuicio de las acciones de fiscalizacion y control a cargo del Organo de Control Institucional;

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE
Aprueban "Directiva para la Administracion del Fondo Fijo para MORDAZA Chica - Central y MORDAZA Periferica de la Municipalidad Distrital de Ate"
DECRETO DE ALCALDIA Nº 001 Ate, 12 de enero de 2011

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES CON O SIN ANEXOS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, lo que deben tener en cuenta para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos: 1.- Junto a toda disposicion, con o sin anexos, que contenga mas de una pagina, se adjuntara un disquete o cd rom con su contenido o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe. 2.- En toda disposicion que contenga anexos, las entidades deberan tomar en cuenta lo establecido en el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 3.- Toda disposicion y/o sus anexos que contengan tablas, deberan estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar, si incluyen graficos, su MORDAZA sera en extension PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 4.- Las tablas o MORDAZA deberan ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una pagina apaisada a 15 cm. de alto x 24 cm. de ancho. Asimismo, la tipografia minima a utilizar debera ser de Helvetica-Narrow 7 puntos. 5.- En toda disposicion, con o sin anexos, que en total excediera de 6 paginas, el contenido del disquete o cd rom o correo electronico sera considerado MORDAZA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicacion, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicacion se suspendera. LA DIRECCION