Norma Legal Oficial del día 15 de marzo del año 2011 (15/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, martes 15 de marzo de 2011

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341, en el articulo 2º, define a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o mas municipalidades, colindantes o no, con la finalidad de llevar a cabo la prestacion conjunta de servicios y la ejecucion de obras; promoviendo el desarrollo local, la participacion ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, la Ley citada, en el articulo 5°, senala que la inscripcion en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personeria juridica de derecho publico a la mancomunidad municipal; Que, la Tercera Disposicion Complementaria del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046-2010PCM, establece que la inscripcion de la adecuacion de constitucion de la mancomunidad municipal le otorga personeria juridica de derecho publico a esta; Que, por Resolucion de Secretaria de Descentralizacion N° 013-2009-PCM/SD, se dispuso la inscripcion de la "Mancomunidad Municipal AMUZCEH", integrada por las Municipalidades Distritales de MORDAZA, Conayca, MORDAZA, Huando, Izcuchaca, Laria, MORDAZA Occoro y Palca, en la Provincia y Departamento de Huancavelica; Que, mediante Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 228-2010-PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley N° 29341 y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobandose el MORDAZA Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales que, en su articulo 23°, establece el procedimiento de inscripcion de la adecuacion de constitucion de la mancomunidad municipal; Que, mediante el Oficio de Vistos, el senor Presidente de la "Mancomunidad Municipal AMUZCEH", solicita la inscripcion de la adecuacion de constitucion de esta, en el Registro de Mancomunidades Municipales; Que, el Estatuto modificado de la "Mancomunidad Municipal AMUZCEH" describe el siguiente objeto: a) Fomento de la cultura, el turismo sostenible, la inversion privada, el empleo y la competitividad productiva, b) Promocion de la participacion ciudadana en el desarrollo local, y c) Defensa y promocion de derechos ciudadanos; Que, asimismo, en el Estatuto de la "Mancomunidad Municipal AMUZCEH" se describen los siguientes objetivos estrategicos: a) Fortalecer la gestion concertada de los recursos estrategicos desde y con la AMUZCEH, en base a la articulacion institucionalizada de las municipalidades, las instituciones, las comunidades campesinas y las organizaciones, garantizandose la seguridad y el ejercicio de derechos ciudadanos de mujeres y varones de la MORDAZA, b) Desarrollar capacidades para mejorar la produccion agropecuaria, con un manejo adecuado de tecnologias productivas agroecologicas, una gestion concertada de los recursos de las micro cuencas con participacion de las comunidades campesinas, conservando la biodiversidad y la calidad ambiental, mediante programas especificos zonales, c) Fortalecer y articular las MORDAZA productivas de alimentos procesados (desde el productor hasta el consumidor), orientadas tanto a mejorar la seguridad alimentaria en la MORDAZA como a su insercion rentable y duradera en los mercados (regional, nacional e internacional), d) Fomentar el desarrollo de la artesania tradicional con calidad de exportacion, articulada a la prestacion de los servicios urbanos turisticos y a la generacion de empleo rural, e) Fomentar la articulacion, mediante modernas vias de comunicacion, para facilitar los flujos comerciales y turisticos, internamente en la provincia de Huancavelica, y externamente en todo el departamento, y f) Promover el desarrollo de personas, familias y comunidades saludables, integralmente, y de ciudadanos dignos; mejorando el acceso a una educacion de calidad y con diversificacion curricular de acuerdo a la realidad zonal, a escuelas democraticas y comprometidas con las comunidades campesinas y el desarrollo; asi como garantizando los servicios y condiciones de MORDAZA saludables, especialmente para los ninos y jovenes de ambos sexos;

Que, en el ambito de las funciones, el Estatuto establece como delegacion de funciones especificas exclusivas: a) Planificar y concertar el desarrollo social en su circunscripcion en MORDAZA con las politicas y planes, regionales y provinciales, aplicando estrategias participativas que permitan el desarrollo de capacidades para superar la pobreza, b) Organizar, administrar y ejecutar los programas locales de lucha contra la pobreza y de desarrollo social del Estado, propios y transferidos, asegurando la calidad y focalizacion de los servicios, la igualdad de oportunidades y el fortalecimiento de la economia regional y local, c) Contribuir al diseno de las politicas y planes nacionales, regionales y provinciales de desarrollo social, y de proteccion y apoyo a la poblacion en riesgo, d) Promover y concertar la cooperacion publica y privada en los distintos programas sociales locales, e) Promover el desarrollo integral de la juventud para el logro de su bienestar fisico, psicologico, social, moral y espiritual, asi como su participacion activa en la MORDAZA politica, social, cultural y economica del gobierno local, f) Disenar un plan estrategico para el desarrollo economico sostenible del distrito y un plan operativo anual de la municipalidad, e implementarlos en funcion de los recursos disponibles y de las necesidades de la actividad empresarial de su jurisdiccion, a traves de un MORDAZA participativo, g) Ejecutar actividades de apoyo, directo e indirecto, a la actividad empresarial en su jurisdiccion sobre informacion, capacitacion, acceso a mercados, tecnologia, financiamiento y otros MORDAZA, a fin de mejorar la competitividad, h) Concertar con instituciones, del sector publico y privado, de su jurisdiccion sobre la elaboracion y ejecucion de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo economico del distrito, i) Promover las condiciones favorables para la productividad y competitividad de las zonas urbanas y rurales del distrito, j) Fortalecer y desarrollar MORDAZA productivas y conglomerados, de conformidad a lo establecido en la Ley N° 28846, y k) Ejecutar iniciativas de apoyo a la competitividad productiva, de acuerdo a lo senalado en la Ley N° 29337, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 192-2009-EF. Adicionalmente, como delegacion de funciones especificas compartidas: a) Promover la igualdad de oportunidades economicas y sociales, con criterio de equidad, mediante proyectos de inversion publica y privada, b) Fomentar el turismo sostenible y regular los servicios destinados a ese fin, en cooperacion con las entidades competentes, y c) Mejoramiento de la infraestructura vial del eje MORDAZA que une a todos los distritos de la mancomunidad municipal; Que, finalmente, el Estatuto de la "Mancomunidad Municipal AMUZCEH", contiene informacion sobre su domicilio, ambito territorial, organos directivos, recursos, plazo de duracion indefinida, disposiciones para garantizar la participacion ciudadana, condiciones para la adhesion y separacion de municipalidades, requisitos para su modificacion, y las reglas para la disposicion de bienes en caso de disolucion; Que, mediante el Acta de Vistos, se acordo la adecuacion de constitucion de la "Mancomunidad Municipal AMUZCEH", la aprobacion de su Estatuto y la designacion del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, por las Ordenanzas Municipales de Vistos, las Municipalidades Distritales de MORDAZA, Conayca, MORDAZA, Huando, Izcuchaca, Laria, MORDAZA Occoro y Palca, en la Provincia de Huancavelica, y MORDAZA MORDAZA, en la Provincia de Castrovirreyna, en el Departamento de Huancavelica, aprueban la adecuacion de constitucion de la "Mancomunidad Municipal AMUZCEH"; ratificando el contenido de las actas de Adecuacion de Constitucion, el Estatuto, y la designacion del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, acorde con el Informe Nº 030-2011­PCM/ SD-OGI-MIRA, en la elaboracion de los documentos presentados para la inscripcion del acto de adecuacion de constitucion, se han cumplido con el procedimiento establecido en el articulo 23° del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emision de la