Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2011 (24/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 24 de MORDAZA de 2011

recibos de las empresas de luz, agua, telefonia fija o movil, Internet y servicios conexos y las que establezca la DGETP. g. Para el Servicio de Deuda, utilizar las condiciones contractuales y respectivos cronogramas de vencimientos. h. Respecto de adquisiciones de activos no financieros, utilizar el cronograma de ejecucion conformante de los respectivos contratos o convenios de los proyectos de inversion. i. Otros gastos no considerados en los parrafos precedentes, utilizar la fecha acordada en los respectivos documentos que los sustentan. Articulo 5º.- Del Limite para la "Programacion Mensual de Pagos" El monto limite mensual para elaborar la "Programacion Mensual de Pagos" resulta de la aplicacion, por parte de la DGETP, de un factor porcentual al monto de la PCA con deduccion de los Calendarios de Pagos Mensuales acumulados. El factor porcentual mensual se transmite a traves del SIAF-SP a las Unidades Ejecutoras y Municipalidades a nivel de Grupo Generico de Gasto. Articulo 6º.- De las ampliaciones del Calendario de Pagos Mensual 6.1 Las Unidades Ejecutoras y Municipalidades solicitan la ampliacion del Calendario de Pagos Mensual por toda fuente de financiamiento hasta el 15 del mes en vigencia o el siguiente dia habil cuando dicha fecha resulte dia no laborable nacional, a traves del SIAF-SP, siempre que se MORDAZA registrado el correspondiente Gasto Devengado en dicho sistema. 6.2 La solicitud de ampliacion del Calendario de Pagos Mensual con cargo a fondos distintos de los administrados en la CUT, se procesa, determina y transmite a traves del SIAF-SP sobre la base de la actualizacion automatica del respectivo factor porcentual aplicable por el monto requerido. 6.3 El procesamiento de la solicitud de ampliacion del Calendario de Pagos Mensual con cargo a fondos administrados en la CUT, que exceda el monto limite establecido en el articulo 5º precedente, se sujeta a la evaluacion de la DGETP, previa sustentacion suscrita por el Director General de Administracion o quien haga sus veces en la Unidad Ejecutora o Municipalidad. Articulo 7º.- Responsabilidades La elaboracion de la "Programacion Mensual de Pagos" asi como las solicitudes de ampliacion de Calendario de Pagos Mensual, constituyen responsabilidad del Director General de Administracion y del Tesorero o quienes MORDAZA sus veces en la Unidad Ejecutora o Municipalidad. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Las Unidades Ejecutoras y Municipalidades formulan la "Programacion Mensual de Pagos" a traves del SIAF-SP a partir del 1º de agosto del presente Ano Fiscal, a efectos de la determinacion de los Calendarios de Pagos correspondientes al mes de setiembre y periodos mensuales subsiguientes. Segunda.- Los Calendarios de Pagos Mensuales del MORDAZA trimestre asi como de los meses de MORDAZA y agosto del presente Ano Fiscal han sido determinados sobre la base de la informacion registrada en el Modulo de Procesos Presupuestarios del SIAF-SP. Tercera.- Las solicitudes de ampliacion del Calendario de Pagos del mes de agosto se procesan a traves del SIAF-SP conforme a lo dispuesto en el articulo 6º de la presente Resolucion Directoral. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico 669485-1

ENERGIA Y MINAS
Otorgan concesion definitiva a favor de la Empresa de Generacion Electrica Machupicchu S.A. para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica
RESOLUCION SUPREMA Nº 075-2011-EM MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2011 VISTO: El Expediente Nº 11275711, sobre otorgamiento de concesion definitiva para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica, iniciado por la Empresa de Generacion Electrica Machupicchu S.A., persona juridica inscrita en la Partida Nº 11006542 del Registro de Personas Juridicas de la MORDAZA Registral Nº X Sede MORDAZA, Oficina Registral Cusco; CONSIDERANDO: Que, la Empresa de Generacion Electrica Machupicchu S.A., ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesion definitiva para desarrollar actividades de generacion de energia electrica en la futura Central Hidroelectrica MORDAZA MORDAZA, con una potencia instalada de 98,12 MW, al MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 25º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y los articulos pertinentes de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la futura instalacion citada en el primer considerando estara ubicada en los distritos de Machu Picchu y MORDAZA MORDAZA, provincias de Urubamba y La Convencion respectivamente, departamento de MORDAZA, en la MORDAZA comprendida dentro de las coordenadas UTM que figuran en el Expediente, utilizando los recursos hidricos del rio Vilcanota; Que, la Direccion General de Asuntos Ambientales Energeticos, mediante Resolucion Directoral Nº 082-2011MEM/AAE, de fecha 23 de marzo de 2011, aprobo el Estudio de Impacto Ambiental de la Central Hidroelectrica MORDAZA Teresa; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas y su Reglamento, ha emitido el Informe Nº 196-2011-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar concesion definitiva de generacion a favor de la Empresa de Generacion Electrica Machupicchu S.A., que se identificara con el codigo Nº 11275711, para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Hidroelectrica MORDAZA MORDAZA, con una potencia instalada de 98,12 MW, que estara ubicada en los distritos de Machu Picchu y MORDAZA MORDAZA, provincias de Urubamba y La Convencion, respectivamente, departamento de MORDAZA, en los terminos y condiciones indicados en la presente Resolucion Suprema y los que se detallan en el Contrato de Concesion que se aprueba en el articulo siguiente. Articulo 2º.- Aprobar el Contrato de Concesion Nº 380-2011 a suscribirse con la Empresa de Generacion Electrica Machupicchu S.A., que consta de 19 clausulas y 4 anexos. Articulo 3º.- Autorizar al Director General de Electricidad para suscribir, a nombre del Estado, el Contrato de Concesion aprobado en el articulo que antecede y la Escritura Publica correspondiente. Articulo 4º.- El texto de la presente Resolucion Suprema debera incorporarse en la Escritura Publica a que de origen el Contrato de Concesion Nº 380-2011, referido en el articulo 2º de esta Resolucion, en cumplimiento del articulo 56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas.