Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2011 (24/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 24 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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administrada las observaciones relacionadas con datos de publicidad registral (ficha/partida y asiento) del documento que acredite el cambio de titular inscrito en los registros publicos; alcanzando la administrada respuesta parcial; Que, a traves del Oficio Nº 729-2011-PRODUCE/ DGEPP-Dchi del 18 de febrero del 2011, MORDAZA el plazo con Oficio Nº 1008-2011-PRODUCE/DGEPP-Dchi del 14 de marzo del 2011, se comunico a la administrada las observaciones relacionadas con la inscripcion del Contrato de Escision de Capital y Modificacion Parcial de Estatutos que otorga CORPORACION MORDAZA S.A. y PESQUERA EXALMAR S.A., la cual debera estar inscrita en la Partida Electronica Nº 00038223 y la inscripcion del Contrato de Reconocimiento de Transferencia de Bienes que celebran las empresas MORDAZA citadas; otorgandose un plazo inicial de quince (15) dias, prorrogado por diez (10) dias habiles; en caso de incumplimiento y vencido el plazo adicional otorgado se procederia a declarar improcedente lo solicitado; Que, a la fecha la empresa PESQUERA EXALMAR S.A., no ha cumplido con subsanar las observaciones anotadas en el Oficio Nº 729-2011-PRODUCE/DGEPPDchi, cuyo plazo fue MORDAZA con Oficio Nº 10082011-PRODUCE/DGEPP-Dchi, a pesar de haber sido debidamente notificada y recepcionado el 15 de marzo del 2011, como consta en el cargo de recepcion que obra en el expediente, habiendo vencido en exceso el plazo otorgado, en consecuencia procede declarar improcedente la solicitud de cambio de titular de la licencia de operacion del establecimiento industrial pesquero solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 7872010-PRODUCE/DGEPP-Dchi, el Informe Nº 01592011-PRODUCE/DGEPP-Dchi y el Informe Nº 438-2011PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la Instancia Legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modificatorias, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0082009-PRODUCE y demas modificatorias; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar improcedente la solicitud de cambio de titular de la licencia de operacion de establecimiento industrial pesquero, otorgado por la Resolucion Directoral Nº 178-98-PE/DNPP de fecha 16 de setiembre de 1998, presentada por PESQUERA EXALMAR S.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a la Direccion Regional de la Produccion del Gobierno Regional de MORDAZA y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA HERBOZO MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 669306-1

Visto: Los escritos de registros Nºs. 00028986-2011 y 00028986-2011-1 de fechas 4 de MORDAZA y 6 de MORDAZA de 2011, respectivamente, presentados por la empresa CFG INVESTMENT S.A.C. CONSIDERANDO: Que, el Articulo 51º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, establece que durante la vigencia de la licencia para la operacion de cada planta de procesamiento, la transferencia en propiedad o cambio de posesion del establecimiento industrial pesquero, conlleva la transferencia de dicha licencia en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgada; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 024-2010PRODUCE/DGEPP de fecha 15 de enero del 2010, se aprobo el cambio del titular de la licencia de operacion otorgada a la empresa EPESCA S.A. mediante la Resolucion Ministerial Nº 437-96-PE, a favor de la empresa EPESCA MORDAZA S.A.C., para que se dedique a la actividad de procesamiento pesquero, a traves de su planta de harina de pescado de alto contenido proteinico, con una capacidad instalada de 110 t/h de procesamiento de materia prima, en el establecimiento industrial pesquero ubicado en la Mz. G, Lote 4 y Sub Lote 1, de la Lotizacion Industrial de MORDAZA MORDAZA, la misma que corresponde a la Carretera MORDAZA ­ Paracas Km 15.5, distrito de Paracas, provincia de MORDAZA, departamento de Ica, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgada; Que, a traves de los escritos del visto, la empresa CFG INVESTMENT S.A.C. solicita el cambio del titular de la licencia de operacion otorgada mediante la Resolucion Ministerial citada en el considerando precedente en los mismos terminos y condiciones que le fueron otorgadas, para cuyo efecto obra en el expediente los datos de publicidad registral, en el que figura la fusion celebrada entre CFG INVESTMENT S.A.C. y EPESCA MORDAZA S.A.C., asi como los datos de publicidad registral del inmueble donde funciona la Planta de Harina de Pescado; Que, de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente se ha determinado que la empresa CFG INVESTMENT S.A.C., ha cumplido con presentar los requisitos exigidos por la normatividad pesquera vigente y asi mismo mediante la inspeccion tecnica de verificacion de operatividad y capacidad instalada, efectuada en la planta de harina de pescado de alto contenido proteinico, ubicada en la localidad de Paracas, se ha corroborado que la misma se encuentra en estado operativo y la capacidad resulta conforme con la consignada en la resolucion administrativa mencionada en el MORDAZA considerando, por lo que deviene procedente atender el cambio de titular solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 464-2011PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el articulo 51º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el procedimiento Nº 29 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE y demas modificatorias; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el cambio del titular de la licencia de operacion otorgada a la empresa EPESCA MORDAZA S.A.C. mediante la Resolucion Ministerial Nº 437-96-PE modificada en su titularidad por la Resolucion Directoral Nº 024-2010-PRODUCE/DGEPP, a favor de la empresa CFG INVESTMENT S.A.C., para que se dedique a la actividad de procesamiento pesquero, a traves de su planta de harina de pescado de alto contenido proteinico, con una capacidad instalada de 110 t/h de procesamiento de materia prima, en el establecimiento industrial pesquero

Aprueban cambio de titular de licencia de operacion otorgada mediante R.M. Nº 437-96-PE, a favor de CFG Investment S.A.C.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 396-2011-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 27 de junio del 2011