Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2011 (23/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 23 de febrero de 2011

PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA
DECRETO DE URGENCIA Nº 009-2011 DECRETO DE URGENCIA QUE SUSPENDE TEMPORALMENTE LA ACTUALIZACION Y PUBLICACION DE BANDAS DE PRECIOS DE LOS PRODUCTOS DEL FONDO, CREADO POR EL DECRETO DE URGENCIA Nº 010-2004 Y SUS MODIFICATORIAS
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 010-2004 se creo el "Fondo para la Estabilizacion de Precios de los Combustibles Derivados del Petroleo", como Fondo intangible destinado a evitar que la alta volatilidad de los precios del petroleo crudo y sus derivados en el MORDAZA internacional, se traslade a los consumidores del pais; Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 027-2010 se modifico el Decreto de Urgencia Nº 010-2004 y se dicto medidas para la mejor aplicacion del Fondo para la Estabilizacion de Precios de los Combustibles Derivados del Petroleo, a fin de proteger al consumidor local de la alta volatilidad del precio de petroleo en el MORDAZA internacional, asi como atenuar su impacto sobre las cuentas fiscales, evitando la generacion de desequilibrios en las finanzas del Estado y el incumplimiento de las reglas fiscales que podrian afectar significativamente a la economia; Que, mediante el Decreto de Urgencia N° 083-2010 se amplio la vigencia del Fondo para la Estabilizacion de Precios de los Combustibles Derivados del Petroleo, creado mediante Decreto de Urgencia N° 010-2004, y normas modificatorias, hasta el 31 de agosto de 2011; Que, el analisis efectuado sobre el citado Fondo ha determinado que este mecanismo es beneficioso para la economia, pues ha venido absorbiendo subidas de precios de los combustibles cuando el precio del petroleo se encuentra en niveles elevados y percibiendo aportaciones cuando el mismo alcanza niveles bajos, logrando asi atenuar el efecto de la volatilidad externa y contribuyendo a que el MORDAZA registre una baja inflacion; Que, el precio internacional promedio del petroleo ha pasado de US$ 62 en el ano 2009 a US$ 80 en el ano 2010, y diversos analistas proyectan una cotizacion promedio de US$ 100 por barril para el ano 2011, principalmente por la mayor demanda que genera el dinamismo de paises emergentes, asi como por los problemas en el Medio Oriente; siendo que tambien muchos commodities agricolas como el azucar y el maiz ya alcanzaron sus precios maximos del ano 2008; Que, de mantenerse elevados los precios internacionales de los alimentos y del petroleo, los precios de los alimentos en el MORDAZA local podrian incrementarse, afectando principalmente al segmento mas pobre de la poblacion que destina el 80% de su presupuesto a gastos en alimentos y transporte; Que, en dicho contexto, resulta necesario modificar algunas disposiciones del Decreto de Urgencia N° 0102004 y sus modificatorias a fin de evitar que el incremento de precios de los combustibles afecte significativamente a los segmentos mas pobres de la poblacion; Que, lo senalado anteriormente constituye una medida extraordinaria en materia economica y financiera de interes nacional, que resulta urgente y necesaria a fin de evitar perjuicios economicos y sociales irreparables que podrian suscitarse de no contar con una adecuada intervencion estatal; En uso de las facultades conferidas por el numeral 19) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica;

DECRETA: Articulo 1°.- Suspension de la actualizacion y publicacion de Bandas Suspendase temporalmente la actualizacion y publicacion de Bandas de los Productos del Fondo, establecida en el numeral 4.2 del articulo 4° del Decreto de Urgencia N° 010-2004 y sus modificatorias. En consecuencia, los Margenes Comerciales y las Bandas aprobadas por la Resolucion de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria del OSINERGMIN Nº 075-2010-OS/GART de fecha 29 de diciembre de 2010, mantendran su vigencia hasta la siguiente actualizacion y publicacion de Bandas, la cual debera ser realizada el ultimo jueves del mes de MORDAZA de 2011, en concordancia con lo dispuesto en el citado Decreto de Urgencia, sus normas modificatorias, reglamentarias y complementarias. Articulo 2°.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Energia y Minas y por el Ministro de Economia y Finanzas. DISPOSICION COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Unica.- Dejense en suspenso las disposiciones legales y reglamentarias que se opongan a lo establecido por la presente MORDAZA o limiten su aplicacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintidos dias del mes de febrero del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas 606177-1

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Autorizan al Ministro de Energia y Minas a ausentarse del MORDAZA y encargan su Despacho a la Ministra de Justicia
RESOLUCION SUPREMA Nº 022-2011-PCM MORDAZA, 22 de febrero de 2011 CONSIDERANDO: Que, entre los dias 06 y 09 de marzo de 2011 se llevara a cabo, en el Metro Toronto Convention Center - South Building de la MORDAZA de Toronto, Canada, la Convencion Anual del PDAC (Prospectors and Developers Association of Canada), evento que reunira a distintas personalidades y companias vinculadas con la exploracion y la actividad minera en general; Que, al igual que anos anteriores, la participacion del Peru en dicho evento debe realizarse en forma integrada y concertada y para ello se ha propuesto que la delegacion peruana que asistira al referido evento estara conformada por representantes del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, Ministerio del Ambiente, Gobiernos Regionales, Instituto Geologico, Minero y Metalurgico (INGEMMET), Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo (PROMPERU), Agencia de Promocion a la Inversion (PROINVERSION), Instituto de Ingenieros de