Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2011 (23/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, miercoles 23 de febrero de 2011

NORMAS LEGALES

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Articulo 9°.- Entrega de informacion La informacion relativa al servicio de monitoreo por uso del Sistema de Posicionamiento Global (GPS) y su actualizacion, de ser el caso, debera ser remitida al OSINERGMIN por los Responsables de las Unidades de Transporte, a traves del Formulario de Entrega de Informacion, el cual incluye: · Nombre de la Empresa de Monitoreo Vehicular que les brinda el servicio de seguimiento satelital. · Ruta de acceso al sistema (pagina web), asi como usuario y contrasena de las Unidades de Transporte bajo el ambito de aplicacion del presente Reglamento. Asimismo, los Responsables de las Unidades de Transporte se encuentran obligados a brindar a OSINERGMIN, por cuenta propia y/o a traves de la Empresa de Monitoreo Vehicular que hayan contratado para el servicio de seguimiento satelital, acceso a la informacion enviada por los Equipos GPS, en tiempo real, a traves de la instalacion del aplicativo de enlace de comunicacion en el sistema de la Empresa de Monitoreo Vehicular contratada. El aplicativo de enlace de comunicacion y su respectivo manual son brindados, de manera gratuita, por OSINERGMIN y se encuentran a disposicion en la siguiente direccion: http://www.osinerg.gob.pe/Formatos_ GPS.htm. En concordancia con lo senalado, se presenta como modelo sugerido un documento en el Anexo Nº 6 de la presente, con el proposito de que los Responsables de las Unidades de Transporte autoricen a su empresa de monitoreo vehicular a suministrar la informacion enviada por los equipos GPS a la empresa de monitoreo vehicular contratada por OSINERGMIN, asi como para que proporcionen de manera adecuada la informacion establecida en los articulos 10º y 11º de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 222-2010-OS/CD. Articulo 5°.- Modificacion del articulo 10º del Anexo Nº 1 de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 222-2010-OS/CD Modificar el articulo 10º del Anexo Nº 1 de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 222-2010-OS/CD, por el texto siguiente: Articulo 10°.- Informacion del Sistema de Ubicacion Automatica Vehicular (UAV) En el sistema debera encontrarse configurado el reporte, y su historico almacenado, de la siguiente informacion: · Coordenadas de la unidad de transporte (longitud, latitud y altura) y el tiempo de la toma de dichos datos. · Tiempo de toma de informacion MORDAZA de tres (3) minutos. Articulo 6º.- Incorporacion de la Tercera Disposicion Final en el Anexo Nº 1 de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 222-2010-OS/CD Incorporar en las Disposiciones Transitorias y Finales del Anexo Nº 1 de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 222-2010-OS/CD, una Tercera, de acuerdo al texto siguiente: Tercera.- Los responsables de las Unidades de Transporte de Petroleo Crudo, Gas Licuado de Petroleo, Combustibles Liquidos y Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos que se encuentren debidamente inscritos en el Registro de Hidrocarburos de OSINERGMIN y que van a iniciar actividades en las areas geograficas establecidas en el articulo 1º del presente reglamento, deberan presentar el Formulario de Empadronamiento de Unidades de Transporte asi como el Formulario de Entrega de Informacion establecidos en el Anexo Nº 3, en el momento de su empadronamiento ante OSINERGMIN. Articulo 7°.- Empadronamiento ante OSINERGMIN Todas las Unidades de Transporte de Petroleo Crudo, Gas Licuado de Petroleo, Combustibles Liquidos y Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos que se encuentren debidamente inscritas en el Registro de Hidrocarburos de OSINERGMIN y que circulen en el departamento de MORDAZA de MORDAZA, deberan empadronarse

ante OSINERGMIN, en un plazo de cuarenta y cinco (45) dias habiles contado a partir de la entrada en vigencia de la presente MORDAZA, haciendo entrega del Formulario de Empadronamiento de Unidades de Transporte y del Formulario de Entrega de Informacion. Asimismo, aquellas Unidades de Transporte de Petroleo Crudo, Gas Licuado de Petroleo, Combustibles Liquidos y Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos que se encuentren debidamente inscritas en el Registro de Hidrocarburos de OSINERGMIN y que van a iniciar actividades en el departamento de MORDAZA de MORDAZA, deberan empadronarse ante OSINERGMIN, de acuerdo a los formularios indicados en el parrafo precedente. Articulo 8°.- Modificacion del Anexo Nº 3 de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 222-2010-OS/CD Modificar el Formulario de Empadronamiento de Unidades de Transporte establecido en el Anexo Nº 3 de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 222-2010-OS/CD, por el texto que se precisa en la presente resolucion; manteniendose sin variacion el Formulario de Entrega de Informacion y el Formulario de Reporte de Incidentes, contenidos en dicho anexo. Articulo 9°.- Aprobacion de Anexo Nº 5 de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 222-2010-OS/CD Aprobar el Cronograma de Supervision de las Unidades de Transporte de Petroleo Crudo, Gas licuado de Petroleo, Combustibles liquidos y Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos que circulen en el departamento de MORDAZA de MORDAZA, el mismo que quedara incorporado en la Resolucion de Consejo Directivo Nº 222-2010-OS/CD como Anexo Nº 5, de acuerdo al texto establecido en la presente resolucion. Articulo 10°.- Aprobacion de Anexo Nº 6 de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 222-2010-OS/CD Aprobar el escrito modelo para que las Unidades de Transporte autoricen a la empresa de monitoreo vehicular a suministrar la informacion enviada por los equipos GPS a la empresa de monitoreo vehicular contratada por OSINERGMIN, asi como para que cumplan con proporcionar adecuadamente la informacion establecida en los articulos 10º y 11º del Reglamento de Uso de Sistemas de Posicionamiento Global (GPS); dicho modelo quedara incorporado en la Resolucion de Consejo Directivo Nº 222-2010-OS/CD como Anexo Nº 6, de acuerdo al texto establecido en la presente resolucion. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN ANEXO Nº 3

FORMULARIO DE EMPADRONAMIENTO DE UNIDADES DE TRANSPORTE
Nombre o Razon Social:

Registro de Hidrocarburos:

RUC / DNI:

AREA DE ACTIVIDAD: MORDAZA del VRAE MORDAZA de MORDAZA Direccion: MORDAZA, Avenida: Urb.: