Norma Legal Oficial del día 06 de abril del año 2011 (06/04/2011)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, miercoles 6 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

440465

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Modifican MORDAZA para determinar el "Procedimiento de Reajuste de las Tarifas de Distribucion de Gas Natural de la Concesion de MORDAZA y Callao" aprobado por Res. Nº 121-2010-OS/ CD
RESOLUCION DEL CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 066-2011-OS/CD MORDAZA, 4 de MORDAZA del 2011 CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Nº 261-2009-OS/CD, publicada el 17 de diciembre de 2009, se aprobo la Tarifa Unica de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos (en adelante, "TUD") aplicable a la Concesion de MORDAZA y Callao operada por la empresa Gas Natural de MORDAZA y Callao S.A. (en adelante "Calidda" o "el Concesionario"). Con fecha 24 de febrero de 2010, mediante Resolucion Nº 051-2010-OS/CD, se modificaron diversos articulos de la Resolucion Nº 261-2009-OS/CD como consecuencia de lo resuelto en los recursos de reconsideracion presentados en contra de la misma; Que el numeral 14.2 de la Resolucion Nº 261-2009OS/CD establecio que para efectos el reajuste de la TUD se aplicarian los siguientes factores: i) Factor de Ajuste de la Demanda; ii) Factor de Ajuste de la Inversion; iii) Factor de Equilibrio Tarifario; iv) Factor de Ajuste asociado a la Promocion de los clientes residenciales; y v) Factor de Cambio en el Costo Medio. Posteriormente, con el objeto de pasar al MORDAZA esquema tarifario de la concesion de distribucion por la aplicacion de la TUD y como consecuencia de las modificaciones al Contrato de Concesion, se introdujeron los factores de liquidacion de la Garantia de Red Principal y Capacidad Minima de la Red Principal; Que de otra parte, el numeral 14.1 del Articulo 14º modificado por Resolucion Nº 051-2010-OS/CD, dispuso que OSINERGMIN emitiria, dentro de los seis (6) meses siguientes a la entrada en vigencia de las tarifas aprobadas, un procedimiento en el cual se estableceria la oportunidad y aplicacion de los factores de ajuste, y la metodologia y criterios aplicables a fin de determinar las variaciones significativas respecto a las bases utilizadas para la aprobacion de la tarifa de distribucion de gas natural que MORDAZA lugar a un reajuste de la tarifa. Ello en aplicacion del Articulo 121º del Reglamento de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos, cuyo Texto Unico Ordenado fue aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-EM (en adelante, "el "Reglamento") y de lo dispuesto por el Contrato BOOT celebrado entre el Concesionario y el Estado Peruano; Que siendo necesario que OSINERGMIN establezca un procedimiento para la aplicacion de los factores de ajuste, que abarque todos los aspectos relacionados al reajuste tarifario, mediante Resolucion Nº 121/2010/OS/CD, se aprobo el "Proceso para establecer el Procedimiento de Reajuste de las Tarifas de Distribucion de la Concesion de MORDAZA y Callao" ("el Proceso" o el "Proceso de Actividades"). Dicho MORDAZA incluyo tambien el procedimiento para fijar la metodologia para la determinacion de las variaciones significativas y, en tal sentido, contemplo la realizacion de

reuniones de trabajo para efectos de la coordinacion con el concesionario a que se refiere el citado Articulo 121º del Reglamento; Que debido a los cambios surgidos en el escenario en donde se desarrolla la distribucion de gas natural de MORDAZA y Callao, durante la realizacion de las actividades previstas en el MORDAZA se vio la necesidad de establecer reuniones adicionales coordinacion asi como de adecuar el mismo, aprobandose modificaciones por Resolucion OSINERGMIN Nº 226-2010-OS/CD de fecha 20 de setiembre de 2010; Que por Resolucion OSINERGMIN Nº 031-2011-OS/ CD, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 20 de febrero de 2011, y en el MORDAZA de lo dispuesto por el Articulo 4º de la Ley Nº 27838, Ley de Transparencia y Simplificacion de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas, OSINERGMIN dispuso la publicacion del proyecto de "Procedimiento de Reajuste de las Tarifas de Distribucion de Gas Natural de la Concesion de MORDAZA y Callao", contribuyendo de ese modo a garantizar la transparencia y predictibilidad de las acciones que el organismo regulador adopte en el cumplimiento del encargo asignado. Asimismo, con fecha 28 de febrero de 2011 se realizo la Audiencia Publica en la que OSINERGMIN expuso los criterios, metodologia y modelos economicos utilizados en la elaboracion del "Procedimiento de Reajuste de las Tarifas de Distribucion de Gas Natural de la Concesion de MORDAZA y Callao", de conformidad con lo establecido en el Articulo 182.1 de Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que mediante carta de fecha 28 de marzo de 2011, dirigida al Consejo Directivo de OSINERGMIN, Calidda alego una posible inobservancia de su Contrato BOOT, basada en que el proyecto de procedimiento publicado no habria observado el caracter excepcional del reajuste tarifario ni el caracter vinculante que, a su criterio, la legislacion y el Contrato BOOT conferirian a las coordinaciones que deben llevarse a cabo entre el Concesionario y OSINERGMIN para determinar las variaciones significativas; Que con fecha 29 de marzo de 2010 el Consejo Directivo llevo a cabo su Sesion Nº 10-2010, e invito a Calidda para exponer su posicion con respecto a la necesidad de adecuar su Plan Quinquenal de Inversiones para el periodo 2009-2013. En dicha oportunidad los representantes de la empresa reiteraron los argumentos MORDAZA senalados; Que luego de la reunion sostenida entre Calidda y el Consejo Directivo, este estima pertinente, en aras de una mayor transparencia y de una conduccion armoniosa del MORDAZA de definicion de la metodologia aplicable para determinar las variaciones significativas, ampliar por MORDAZA vez las reuniones de coordinacion a ser llevadas a cabo con el Concesionario; Que la realizacion de reuniones adicionales permitira una mayor coordinacion respecto de la metodologia y criterios para determinar las Variaciones Significativas, de manera tal que MORDAZA partes expongan su posicion y OSINERGMIN pueda escuchar y evaluar las observaciones del Concesionario, de manera previa a su puesta en conocimiento de los demas interesados; Que en tal sentido, se ha estimado pertinente postergar la publicacion de la version definitiva del "Procedimiento de Reajuste de las Tarifas de Distribucion de la Concesion de MORDAZA y Callao" y modificar el MORDAZA de Actividades aprobado con Resolucion OSINERGMIN Nº 121-2010OS/CD; Que sin perjuicio de lo anterior el Consejo Directivo mantiene plenamente las facultades que le confieren los Articulos 27º y 52, literal q), del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 0542001-PCM para ejercer la funcion reguladora de manera exclusiva, siendo aplicable a la naturaleza de dichas reuniones lo previsto en el en el Informe Nº 189-2010GART, que forma parte integrante de la Resolucion Nº 121-2010-OS/CD; Que, en tal sentido, se modifica el "Proceso para determinar el Procedimiento de Reajuste de las Tarifas de Distribucion de la Concesion de MORDAZA y Callao", aprobado mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 121-2010-OS/