Norma Legal Oficial del día 06 de abril del año 2011 (06/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, miercoles 6 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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usados tanto por el regimen regular de importacion, como tambien por los regimenes especiales de CETICOS y ZOFRATACNA, entre los cuales se exige la Ficha Tecnica de Importacion de Vehiculos Usados y Especiales, la misma que debe estar suscrita conjuntamente por el importador o su representante legal y un ingeniero mecanico o mecanico electricista debidamente acreditado ante la Direccion General de Circulacion Terrestre (hoy Direccion General de Transporte Terrestre) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Resolucion Directoral Nº 2161-2004-MTC/15 regula, de manera complementaria, los requisitos, impedimentos y demas condiciones para la acreditacion de ingenieros, para la suscripcion de la Ficha Tecnica de Importacion de Vehiculos Usados y Especiales tanto por el regimen regular de importacion, como tambien por los regimenes especiales de CETICOS y ZOFRATACNA, con la finalidad de cautelar la seguridad en el transporte y MORDAZA terrestre; Que, de acuerdo al Informe Nº 1551-2010MTC/15.03 de la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, se advierte en la documentacion presentada mediante los partes diarios senalados en los vistos cumple con lo establecido en el Articulo 4º de la Resolucion Directoral Nº 2161-2004-MTC/15, por lo que corresponde emitir el acto administrativo correspondiente, acreditando al Ingeniero Mecanico Electricista MORDAZA MORDAZA TUNOQUE MORDAZA, para la suscripcion de la Ficha Tecnica de Importacion de Vehiculos Usados y Especiales a que hace referencia el Articulo 94º del Reglamento Nacional de Vehiculos aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modificatorias; De conformidad con la Ley Nº 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Ley Nº 27181, Ley General de Transporte de MORDAZA Terrestre, Reglamento Nacional de Vehiculos aprobado por Decreto Supremo Nº 0582003-MTC y Resolucion Directoral Nº 2161-2004MTC/15; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acreditar como Ingeniero Mecanico Electricista para la suscripcion de la Ficha Tecnica de Importacion de Vehiculos Usados y Especiales a que se refiere el Articulo 94º del Reglamento Nacional de Vehiculos aprobado por el Decreto Supremo Nº 0582003-MTC, por el plazo de un (01) ano que se contara a partir de la vigencia de la presente Resolucion Directoral, al siguiente profesional:
Nº NOMBRE TITULO CIP PROFESIONAL DNI ENTIDAD QUE ACREDITA

Autorizan a la empresa Nissi Motors E.I.R.L. como taller de conversion a gas natural vehicular - GNV para la instalacion de kit de conversion en local ubicado en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 822-2011-MTC/15 MORDAZA, 7 de marzo de 2011 VISTOS: Los partes diarios Nºs. 012084 y 021291 de fechas 31 de Enero del 2011 y de 21 de Febrero del 2011 respectivamente, presentados por la empresa NISSI MOTORS E.I.R.L., mediante el cual solicita autorizacion como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV; en el local ubicado en la MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 259, urbanizacion Patazca, distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque; y, CONSIDERANDO: Que, la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 modificada por las Resoluciones Directorales Nº 7150-2006-MTC/15 y Nº 4284-2008-MTC/15 y elevado al rango de Decreto Supremo conforme Articulo 2 del Decreto Supremo Nº 016-2008 MTC, sobre "Regimen de autorizacion y funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y Talleres de Conversion a GNV", establece el procedimiento y requisitos que deben presentar las personas juridicas para ser autorizadas como Talleres de Conversion a Gas Natural Vehicular; Que, de acuerdo al numeral 6 de la citada Directiva, el Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular es el establecimiento autorizado por la Direccion General de Transporte Terrestre para realizar la conversion del sistema de combustion de los vehiculos originalmente disenados para la combustion de gasolina, diesel o GLP al sistema de combustion de GNV mediante la incorporacion de un kit de conversion o el cambio de motor, para cuyo efecto dispone de personal tecnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalacion, mantenimiento y reparacion de los equipos de conversion, del motor dedicado instalado y del vehiculo convertido en general; Que, de acuerdo al Informe Nº 310-2011-MTC/15.03 de la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, se advierte que la documentacion presentada con los partes diarios senalados en vistos, cumple con lo establecido en el numeral 6.2 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, por lo que procede emitir el acto administrativo autorizando a la empresa NISSI MOTORS E.I.R.L., como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV para realizar la conversion del sistema de combustion de los vehiculos originalmente disenados para la combustion de gasolina diesel o GLP al sistema de combustion de GNV, mediante la incorporacion de un kit de conversion; De conformidad con la Ley 29370, Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modificatorias; y la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 sobre el "Regimen de Autorizacion y Funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y de los Talleres de Conversion a GNV", aprobada por Resolucion Directoral Nº 3990-2005MTC/15 y modificada por las Resoluciones Directorales Nº 7150-2006-MTC/15 y Nº 4284-2008-MTC/15 y elevado al rango de Decreto Supremo conforme Articulo 2 del Decreto Supremo Nº 016-2008 MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la empresa NISSI MOTORS E.I.R.L., como Taller de Conversion a Gas Natural

2010-11 MORDAZA MORDAZA Ing. Mecanico 86537 16718548 Colegio de Ingenieros Tunoque Electricista del Peru - Consejo MORDAZA Departamental de MORDAZA

Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral, asi como un ejemplar de la Ficha Registro de Firma del ingeniero acreditado a la Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera de la SUNAT y al Registro de Propiedad Vehicular de la SUNARP. Articulo 3º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. El costo de la publicacion de la presente Resolucion sera asumida por el ingeniero acreditado. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA G. MEDRI MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre 587929-1