Norma Legal Oficial del día 06 de abril del año 2011 (06/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 6 de MORDAZA de 2011

Supremo Nº 027-2004-MTC; establecia entre las obligaciones de los concesionarios de servicios publicos de telecomunicaciones la de pagar oportunamente los derechos, tasas, canon y demas obligaciones que genere la concesion; dicha obligacion se encuentra recogida en el numeral 6 del articulo 130º del vigente Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones; Que, el numeral 5 del articulo 144º del entonces vigente Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones citado, establecia que el contrato de concesion se resuelve de pleno derecho por el incumplimiento del pago de Ia tasa anual por la explotacion comercial del servicio durante dos (02) anos calendario consecutivos, sin perjuicio de su formalizacion mediante la resolucion correspondiente; esta causal se encuentra recogida en el articulo 137º del vigente Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la ley de Telecomunicaciones; Que, asimismo el literal a) del numeral 18.01 de la clausula decimo octava del Contrato de Concesion aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 687-2005MTC/03, establece que el contrato quedara resuelto cuando el concesionario incurra en alguna de las causales de resolucion previstas por el Reglamento General; Que, el numeral 25.07 de la clausula vigesimo MORDAZA del Contrato de Concesion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 687-2005-MTC/03, senala que este quedaba adecuado de modo automatico a las normas emitidas por los organismos competentes del sector; Que, de lo expuesto, y conforme a lo senalado en la Hoja Informativa Nº 00362-2010-MTC/27, se infiere que el concesionario MERL MORDAZA MANNIG WAGERS MORDAZA, ha incurrido en la causal de resolucion de pleno derecho del Contrato de Concesion aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 687-2005-MTC/03, respecto al pago de la tasa por explotacion del servicio concedido correspondiente a los anos 2008 y 2009, al incumplir con el pago de la tasa por mas de dos (02) anos calendario consecutivos, toda vez que el pago por los anos referidos ha sido efectuado recien con fecha 27 de MORDAZA de 2010, habiendose configurado la causal de resolucion de pleno derecho el 03 de MORDAZA de 2010 (primer dia habil del mes de mayo); Que, por otro lado, corresponde declarar la improcedencia de la solicitud de adecuacion de concesion al constituir un imposible juridico, debido a que el senor MERL MORDAZA MANNIG WAGERS MORDAZA ya no cuenta con la concesion otorgada mediante Resolucion Ministerial Nº 687-2005-MTC/03, situacion prevista por el numeral 5.2 del articulo 5º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, que establece que en ningun caso sera admisible un objeto o contenido prohibido por el orden normativo, ni incompatible con la situacion de hecho prevista en las normas; ni impreciso, obscuro o imposible de realizar; Que, la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones de acuerdo a los terminos de su Informe Nº 1126-2010-MTC/27, opina que el senor MERL MORDAZA MANNIG WAGERS MORDAZA al haber incumplido con el pago oportuno de la tasa por explotacion comercial del servicio de radiodifusion por cable correspondiente a los anos 2008 y 2009, ha incurrido en causal de resolucion de pleno derecho del contrato de concesion aprobado por la Resolucion Ministerial Nº 687-2005-MTC/03, recomendado emitir el acto administrativo declarativo de tal situacion; asimismo, concluye que al haber quedado resuelto de pleno derecho el contrato de concesion, corresponde declarar la improcedencia de la solicitud del senor MERL MORDAZA MANNIG WAGERS MORDAZA sobre adecuacion de concesion presentada con escrito de registro P/D. Nº 085603 del 15 de junio de 2010, por constituir un imposible juridico; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo

Nº 020-2007-MTC; y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones y la conformidad del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar que ha quedado resuelto de pleno derecho el Contrato de Concesion aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 687-2005-MTC/03, para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en la modalidad de cable alambrico u optico, quedando sin efecto la mencionada resolucion, asi como las demas resoluciones expedidas para la prestacion del mismo, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Declarar improcedente la solicitud de adecuacion al regimen de concesion unica, formulada por el concesionario MERL MORDAZA MANNIG WAGERS MORDAZA, mediante escrito con registro P/D Nº 085603 de fecha 15 de junio de 2010, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 623904-1

Acreditan a Ingeniero Mecanico Electricista para la suscripcion de Ficha Tecnica de Importacion de Vehiculos Usados y Especiales
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 3571-2010-MTC/15 MORDAZA, 16 de diciembre de 2010 VISTOS: Los Partes Diarios Nº 146180 de fecha 13 de noviembre del 2010, Nº 152564 de fecha 29 de noviembre del 2010 y el Nº 158022 de fecha 13 de diciembre del 2010; presentados por el Colegio de Ingenieros del Peru ­ Consejo Departamental de MORDAZA, CONSIDERANDO: Que, mediante los partes diarios indicados en Vistos, el Colegio de Ingenieros del Peru ­ Consejo Departamental de MORDAZA, solicito la acreditacion del Ingeniero Mecanico Electricista MORDAZA MORDAZA TUNOQUE MORDAZA, para la suscripcion de la Ficha Tecnica de Importacion de Vehiculos Usados y Especiales, al MORDAZA de la Resolucion Directoral Nº 2161-2004-MTC/15 que regula de manera complementaria los requisitos, impedimentos y demas condiciones para la acreditacion de ingenieros ante la Direccion General de Circulacion Terrestre (hoy Direccion General de Transporte Terrestre). Que, el Reglamento Nacional de Vehiculos, aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC, establece los requisitos y caracteristicas tecnicas que deben cumplir los vehiculos para que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren del Sistema Nacional de Transporte Terrestre; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 014-2004MTC, se modifico el Articulo 94º del Reglamento Nacional de Vehiculos, el mismo que establece los requisitos para la nacionalizacion de los vehiculos