Norma Legal Oficial del día 09 de diciembre del año 2010 (09/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 80

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 9 de diciembre de 2010

Certificadoras de Conversiones y de los Talleres de Conversion a GNV", aprobada por Resolucion Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 y modificada por las Resoluciones Directorales Nº 7150-2006-MTC/15 y Nº 4284-2008-MTC/15 y elevado a rango de Decreto Supremo conforme al Articulo 2 del Decreto Supremo Nº 016-2008 MTC. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la empresa CONVERSION MORDAZA E.I.R.L., como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV, para la instalacion del kit de conversion correspondiente, en el local ubicado en la Manzana A, Lote 17 urbanizacion San MORDAZA, distrito MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, por el plazo de cinco (5) anos, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- La empresa CONVERSION MORDAZA E.I.R.L., debera presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente emitido por alguna Entidad Certificadora de Conversiones MORDAZA del vencimiento de los plazos que a continuacion se senalan:
ACTO Primera Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Tercera Inspeccion anual del taller Cuarta Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Fecha MORDAZA dePresentacion 03 de agosto del 2011 03 de agosto del 2012 03 de agosto del 2013 03 de agosto del 2014 03 de agosto del 2015

Autorizan a la Escuela Nacional de Conductores Rutas del Peru S.A.C. la ampliacion de local en la MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 3276-2010-MTC/15 MORDAZA, 19 de noviembre de 2010 VISTOS: Los Expedientes Nºs. 2010-0018476 y 20100019602 presentados por la ESCUELA NACIONAL DE CONDUCTORES RUTAS DEL PERU S.A.C., en adelante La Escuela, que solicita autorizacion para ampliacion de local en la MORDAZA de MORDAZA, a fin de impartir los conocimientos teoricos y practicos a los postulantes a obtener una licencia de conducir de la Clase A Categoria I, II y III, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral N° 257-2010MTC/15 de fecha 28 de enero de 2010, se otorgo a la empresa denominada ESCUELA NACIONAL DE CONDUCTORES RUTAS DEL PERU S.A.C. autorizacion para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en virtud a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento; y segun Resolucion Directoral N° 1318-2010MTC/15, se le otorgo autorizacion para impartir cursos de capacitacion a quienes aspiran a obtener la licencia de conducir de la Clase A Categoria I; Que, mediante Expediente Nº 2010-0018476, La Escuela solicita autorizacion para ampliacion de local en la MORDAZA de MORDAZA, adjuntando diversa documentacion que sustenta su pedido; Que, el articulo 52º de El Reglamento, establece los requisitos para solicitar una autorizacion de ampliacion de locales para funcionar como Escuela de Conductores. Al respecto, se indica que la solicitud debera estar acompanada de los documentos descritos en los literales c), d), f), g), h), j), k) y l) del articulo 51° de El Reglamento, asi como presentar una declaracion jurada precisando que cuentan con los bienes, muebles y enseres que constituyen el equipamiento requerido para el funcionamiento de dicho local como Escuela de Conductores, presentando la relacion detallada de su equipamiento; Que, mediante Oficio Nº 15901-2010-MTC/15.03, de fecha 03 de noviembre de 2010, notificado el 11 de noviembre del mismo ano, la solicitud de ampliacion de local fue observada por esta Administracion verificandose el incumplimiento del requisito previsto en el literal j) del articulo 51º de El Reglamento. En tal sentido, mediante Expediente Nº 2010-0019602, La Escuela cumple con subsanar adecuadamente el oficio de observaciones dentro del plazo de los diez (10) dias otorgados, cumpliendo asi con lo dispuesto en el articulo 52° de El Reglamento; Que, la Direccion General de Transporte Terrestre, con Memorandum Nº 4067-2010-MTC/15, remite a la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial el Informe Nº 005-2010MTC/15.PJB, sobre la inspeccion ocular realizada a la empresa denominada ESCUELA NACIONAL DE CONDUCTORES RUTAS DEL PERU S.A.C. elaborado por el Asesor Legal de la Direccion General de Transporte Terrestre; Que, en el informe mencionado se indica que en el 3er piso se observo: un hall de distribucion, el area de recepcion e informacion que cuenta con un escritorio de MORDAZA, un archivador de MORDAZA, un televisor de 14" y una silla. Asimismo, se senala que el ambiente donde se encuentra el area de administracion e informatica consta de dos escritorios de MORDAZA, una computadora completa, una impresora, una silla giratoria y servicios higienicos que cuentan con un urinario, lavadero y un inodoro; ademas, el ambiente donde se encuentra el area de la direccion y MORDAZA cuenta con dos escritorios de MORDAZA, una computadora completa, dos sillas de plastico y dos sillas giratorias, los servicios higienicos

En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo 3º.- La empresa CONVERSION MORDAZA E.I.R.L., bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovacion de la poliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada MORDAZA del vencimiento de los plazos que a continuacion se senalan:
ACTO Primera renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Tercera renovacion o contratacion de nueva poliza Cuarta renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Fecha MORDAZA de MORDAZA 19 de MORDAZA del 2011 19 de MORDAZA del 2012 19 de MORDAZA del 2013 19 de MORDAZA del 2014 19 de MORDAZA del 2015

En caso que la empresa autorizada no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una nueva poliza al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo 4º.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancia SUTRAN, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo 5º.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, siendo de cargo de la empresa CONVERSION MORDAZA E.I.R.L., los gastos que origine su publicacion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA G. MEDRI MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre 574885-1