Norma Legal Oficial del día 09 de diciembre del año 2010 (09/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 9 de diciembre de 2010

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas a favor de las Municipalidades en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, para la continuidad del Plan Piloto de la Municipalizacion de la Gestion Educativa
DECRETO SUPREMO N° 250-2010-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 078-2006-PCM se autorizo al Ministerio de Educacion a llevar a cabo a partir del 01 de enero del 2007, con participacion de las municipalidades, un Plan Piloto de Municipalizacion de la Gestion Educativa en los niveles educativos Inicial y Primaria, incorporando al nivel Secundaria de Educacion Basica Regular mediante la Sexagesima Disposicion Final de la Ley Nº 29289; Que, por Resolucion Ministerial Nº 0031-2007ED el Ministerio de Educacion aprobo el "Plan de Municipalizacion de la Gestion Educativa y Lineamientos del Plan Piloto 2007", dando inicio al MORDAZA de implementacion del Plan Piloto de Municipalizacion de la Gestion Educativa mediante el desarrollo de multiples acciones de coordinacion; y logrando mediante las Resoluciones de la Secretaria de Descentralizacion Nºs. 014, 018, 033, 039, y 046-2009PCM/SD de la Presidencia del Consejo de Ministros, la acreditacion de treinta y siete (37) municipalidades incluidas en el Plan Piloto de Municipalizacion de la Gestion Educativa; Que, la asignacion para el ano fiscal 2010 a favor de las Municipalidades de Bellavista en el Callao e Imperial y Pacaran en MORDAZA, correspondiente al Plan Piloto de Municipalizacion de la Gestion Educativa, alcanza a DIECINUEVE MILLONES NOVECIENTOS VEINTISEIS MIL QUINIENTOS VEINTICINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 19 926 525,00); sin embargo, se estima que lo requerido para el ano fiscal 2010 asciende a VEINTIUN MILLONES CUATROCIENTOS DIECINUEVE MIL CIENTO CUARENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 21 419 140,00) por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, en las Genericas del Gasto 1: Personal y Obligaciones Sociales, 2: Pensiones y Otras Prestaciones Sociales y 3: Bienes y Servicios, de acuerdo al Informe No 471-2010-ME/SPE-UP, del Jefe de la Unidad de Presupuesto del Ministerio de Educacion; Que, para garantizar la continuidad del Plan Piloto de Municipalizacion de la Gestion Educativa para el ano 2010 y la atencion de obligaciones transferidas a los Gobiernos Locales, se requiere autorizar una transferencia de partidas del Ministerio de Educacion a favor de las Municipalidades mencionadas en el considerando precedente, hasta por el monto de UN MILLON CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS QUINCE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 492 615,00), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; en las genericas del gasto 1: Personal y Obligaciones Sociales, 2: Pensiones y Otras Prestaciones Sociales y 3: Bienes y Servicios; con cargo a los recursos de su presupuesto y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico; Que, la Trigesima Setima Disposicion Final de la Ley N° 29465, Ley de Presupuesto para el Ano Fiscal 2010 dispone que el Ministerio de Educacion transfiere, mediante decreto supremo, los recursos necesarios a los gobiernos locales con el proposito de dar continuidad al Plan Piloto de Municipalizacion de la Gestion Educativa para el Ano 2010, con cargo a los recursos de su presupuesto y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico; De conformidad con la Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 28044 ­ Ley General de Educacion, Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema

Nacional de Presupuesto; y Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, hasta por la suma de UN MILLON CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS QUINCE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 492 615.00), para cubrir exclusivamente los gastos operativos de las instituciones Educativas del Plan Piloto de Municipalizacion de la Gestion Educativa, con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 010 : Ministerio de Educacion FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE : 2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales: 1 492 615,00 -------------------TOTAL EGRESOS 1 492 615,00 ============ A LA: SECCION MORDAZA PLIEGO FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 2.3 Bienes y Servicios : Instancias Descentralizadas : Gobiernos Locales : Recursos Ordinarios : : 1 280 397,00 : 7 426,00 : 204 792,00 -------------------TOTAL EGRESOS 1 492 615,00 ============

Los pliegos habilitados en el presente articulo y los montos de transferencia por pliego, se detallan en el anexo: "Transferencia de Partidas ­ Montos por Pliego Habilitado", que forma parte del presente Decreto de Supremo, los cuales se publican en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolucion la desagregacion de los recursos a los autorizados en el articulo 1º de la presente MORDAZA, a nivel funcional programatico dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23º de la Ley Nº 28411- Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevos Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruiran a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3º.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el articulo 1° del presente dispositivo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4°.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Educacion.