Norma Legal Oficial del día 09 de diciembre del año 2010 (09/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 9 de diciembre de 2010

y se aprueban mediante decreto supremo, incluyendose lo referido a la evaluacion de las metas y el pago del bono. El Ministerio de Economia y Finanzas efectua dicha aprobacion dentro de los treinta (30) dias calendario de remitida la informacion por los citados pliegos, conforme al requerimiento que MORDAZA realizado para tal fin. El MORDAZA no constituye base de calculo para el reajuste de las bonificaciones que establece el Decreto Supremo N° 051-91-PCM, para la Compensacion por Tiempo de Servicios o cualquier otro MORDAZA de bonificaciones, asignaciones o entregas. VIGESIMA NOVENA.- Creanse, durante el ano fiscal 2011, las siguientes unidades ejecutoras, accion que se sujeta al presupuesto institucional de las entidades respectivas, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico, y a las disposiciones establecidas en la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto: a) b) c) Secretaria Nacional de la Juventud, en el Pliego Ministerio de Educacion. Direccion Territorial MORDAZA, en el Pliego Ministerio del Interior. Educacion UGEL Celendin, Educacion UGEL MORDAZA, Educacion UGEL San MORDAZA, Educacion UGEL Contumaza, Educacion UGEL San MORDAZA y Educacion UGEL San MORDAZA, en el Pliego Gobierno Regional del Departamento de Cajamarca. Educacion UGEL Tumbes, Educacion UGEL Contralmirante MORDAZA Zorritos y Educacion UGEL Zarumilla, en el Pliego Gobierno Regional del Departamento de Tumbes. Educacion UGEL Sucre y Educacion UGEL MORDAZA MORDAZA, en el Pliego Gobierno Regional del Departamento de Ayacucho. Hospital Regional de MORDAZA, en el Pliego Gobierno Regional del Departamento de Moquegua. Educacion UGEL de Talara, Educacion UGEL de Paita, Educacion UGEL Morropon y Educacion UGEL Ayabaca, en el Pliego Gobierno Regional del Departamento de Piura. Hospital II-2 Tarapoto, en el Pliego Gobierno Regional del Departamento de San Martin. Educacion UGEL Huamalies, Educacion UGEL Puerto MORDAZA, Educacion UGEL MORDAZA MORDAZA, Educacion UGEL Pachitea y Educacion UGEL Dos de MORDAZA, en el Pliego Gobierno Regional del Departamento de Huanuco. Educacion UGEL Angaraes, en el Pliego Gobierno Regional del Departamento de Huancavelica. Educacion UGEL MORDAZA, en el Pliego Gobierno Regional del Departamento de Ica. Santuario Bosque de Pomac, en el Pliego Gobierno Regional del Departamento de Lambayeque. Comite de Administracion del Fondo Educativo del Callao (Cafed), en el Pliego Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao. Red de Salud de Huarochiri, en el Pliego Gobierno Regional del departamento de Lima. Red de Salud Datem del Maranon, en el Pliego Gobierno Regional del Departamento de Loreto. Educacion UGEL Bellavista, en el Pliego Gobierno Regional del Departamento de San Martin.

del Departamento de MORDAZA priorice la elaboracion de los expedientes tecnicos y ejecucion de los siguientes proyectos de inversion publica: · · Mejoramiento de la Capacidad Resolutiva del Hospital de Tingo MORDAZA, con codigo SNIP 51581. Mejoramiento de la Capacidad Resolutiva del Servicio de Salud del Hospital Regional MORDAZA Valdizan de MORDAZA, con codigo SNIP 133630.

d)

e) f) g)

h) i)

j) k) l) m)

n) o) p)

TRIGESIMA.- Disponese que los pliegos que tienen a su cargo los proyectos especiales Majes MORDAZA, Rio Cachi, Tambo Ccaracocha, Pasto Grande, Olmos Tinajones, Chinecas, Recursos Hidricos Tacna, Chavimochic, Chira MORDAZA, Huallaga Central y Bajo MORDAZA, Alto MORDAZA, Puyango Tumbes, Jequetepeque Zana, Lago Titicaca, MORDAZA San MORDAZA Bagua, Pichis Palcazu, Alto Huallaga, MORDAZA Centro Sur y Rio Putumayo, deben priorizar la contratacion de seguros para la infraestructura que resulte de la ejecucion de los proyectos de inversion publica en su ambito, con cargo a sus presupuestos institucionales, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico. TRIGESIMA PRIMERA.- Autorizase al Ministerio de Salud para que en coordinacion con el Gobierno Regional

Para el cumplimiento de la presente disposicion el Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA, debe sanear las propiedades donde se ejecutaran los proyectos de inversion publica senalados en los parrafos precedentes. Asimismo, autorizase al Ministerio de Salud para que transfiera los recursos necesarios para la aplicacion de la presente MORDAZA, a favor del Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA, mediante modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, aprobada mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. TRIGESIMA SEGUNDA.- Autorizase al Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA, a atender el pago de deudas generadas en los anos 2005, 2006, 2007, 2008, 2009 y 2010, que en forma priorizada comprende los conceptos de remuneraciones y beneficios sociales del personal docente y administrativo en condicion de nombrado y contratado, de las Unidades Ejecutoras Nº 300 ­ Educacion MORDAZA, Nº 301 - Educacion Ilo, Nº 302 - Educacion Mariscal MORDAZA y Nº 303 - Educacion MORDAZA Cerro, provenientes de sentencias judiciales con calidad de cosa juzgada. La presente disposicion es financiada por el referido gobierno regional con su presupuesto institucional de apertura, con cargo a los recursos de la fuente de financiamiento Recursos Determinados, quedando exceptuado para tal efecto de lo dispuesto en el numeral 6.2 del articulo 6º de la Ley N° 27506, Ley de Canon y modificatorias, sin afectar el porcentaje de canon establecido para las universidades y hasta por la suma de OCHO MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES Y 52/100 NUEVOS SOLES (S/. 8 769 293,52). Para tal fin, el referido gobierno regional puede realizar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programatico, quedando exceptuado de lo establecido por el articulo 41º numeral 41.1 literal c) de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, previa opinion favorable de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA, y la Direccion General del Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas. TRIGESIMA TERCERA.- Constituye una prioridad del Estado el aseguramiento de la transitabilidad y el funcionamiento permanente de las carreteras de la red vial nacional, departamental y vecinal, asi como la implementacion de politicas adecuadas para la atencion de las emergencias viales y para la conservacion integral de la infraestructura vial. La estrategia de desarrollo de la red vial nacional debe orientarse a la implementacion de contratos de gestion y conservacion vial por resultados o niveles de servicio, para lo cual se autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones para que, en forma progresiva, garantice el financiamiento para la continuidad de este MORDAZA de programas durante el ano fiscal. TRIGESIMA CUARTA.- Autorizase al Ministerio de Educacion a afectar los recursos que MORDAZA destinado en su presupuesto institucional a proyectos de inversion publica, con el objeto de destinar recursos hasta por la suma de SESENTA MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS VEINTINUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 60 966 629,00), mediante modificaciones presupuestarias a nivel institucional, aprobadas por decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Educacion, con la finalidad de financiar la ejecucion de proyectos de inversion publica en infraestructura educativa de los Gobiernos Regionales de la Provincia Constitucional del Callao, del Departamento de MORDAZA y del Departamento de La Libertad; las Municipalidades Provinciales de La Convencion - MORDAZA MORDAZA y de Puno; y las Municipalidades Distritales de San