Norma Legal Oficial del día 23 de abril del año 2008 (23/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, miercoles 23 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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Electricas y su Reglamento, ha emitido el Informe N° 1782006-DGE-CEL; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 53° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Otorgar a la Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad del Norte S.A. - ELECTRONORTE S.A, concesion definitiva para desarrollar la actividad de distribucion de energia electrica en las zonas de concesion del Pequeno Sistema Electrico Illimo II Etapa, ubicado en los distritos de Morrope, Tucume, Mochumi y Pitipo, provincias de MORDAZA y Ferrenafe, departamento de MORDAZA, en los terminos y condiciones de la presente Resolucion y los que se detallan en el Contrato de Concesion que se aprueba en el articulo 3° de la presente Resolucion. Articulo 2°.- La concesion otorgada, comprende las siguientes zonas de concesion, segun las especificaciones obrantes en el expediente:
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 ZONAS DE CONCESION La Pintada MORDAZA Olleria La Colorada Hornitos Monte Hermoso Caracucho Quemazon Arbol Sol Lagunas De Fanupe a la Lagartera Positos Tranca Sasape Granja Sasape Hda. Sasape Mayascong La Traposa El Papayo Motupillo Batan Grande Tres Puentes ­ Pativilca Tambo Real La Saranda Pitipo Sime Cachinche Tucume V. ­ La Raya DEPARTAMENTO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA PROVINCIA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ferrenafe Ferrenafe Ferrenafe Ferrenafe Ferrenafe Ferrenafe Ferrenafe Ferrenafe Ferrenafe Ferrenafe Ferrenafe MORDAZA DISTRITO Tucume Morrope Morrope Morrope Morrope Morrope Morrope Morrope Morrope Morrope Morrope Morrope Morrope Tucume Morrope Pitipo Pitipo Pitipo Pitipo Pitipo Pitipo Pitipo Pitipo Pitipo Pitipo Pitipo Tucume PLANO N° Illimo ­ D 01 de 01 Illimo ­ D 01 de 01 Illimo ­ D 01 de 01 Illimo ­ D 01 de 01 Illimo ­ D 01 de 01 Illimo ­ D 01 de 01 Illimo ­ D 01 de 01 Illimo ­ D 01 de 01 Illimo ­ D 01 de 01 Illimo ­ D 01 de 01 Illimo ­ D 01 de 01 Illimo ­ D 01 de 01 Illimo ­ D 01 de 01 Illimo ­ D 01 de 01 Illimo ­ D 01 de 01 Illimo ­ D 01 de 01 Illimo ­ D 01 de 01 Illimo ­ D 01 de 01 Illimo ­ D 01 de 01 Illimo ­ D 01 de 01 Illimo ­ D 01 de 01 Illimo ­ D 01 de 01 Illimo ­ D 01 de 01 Illimo ­ D 01 de 01 Illimo ­ D 01 de 01 Illimo ­ D 01 de 01 Illimo ­ D 01 de 01

Articulo 7°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 192286-6

RELACIONES EXTERIORES
Autorizan viaje de funcionario diplomatico a MORDAZA para participar en la LI Reunion del Foro de Consulta y Concertacion Politica del MERCOSUR y Estados Asociados
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0509-2008-RE MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2008 CONSIDERANDO: Que, es objetivo de la Politica Exterior del Peru promover los intereses del MORDAZA, a nivel bilateral y multilateral, con miras a consolidar su presencia regional e internacional y facilitar su MORDAZA de insercion a nivel global; Que, en este MORDAZA, el Peru fue incorporado oficialmente como Estado Asociado al MERCOSUR, mediante la Decision 39/03, de 15 de diciembre de 2003, que establece los mecanismos y modalidades de la participacion de nuestro MORDAZA como Estado Asociado en las reuniones de la estructura institucional del mismo; Que, la participacion del Peru como Estado Asociado al MERCOSUR responde a una opcion estrategica que trasciende lo estrictamente comercial, pues reconoce el gran potencial complementario que existe con los paises miembros de dicho bloque en los ambitos fronterizo, economico, de seguridad, politico y de vision estrategica del espacio sudamericano; Que, el Foro de Consulta y Concertacion Politica (FCCP), es el mecanismo institucional del MERCOSUR que permite canalizar el dialogo politico entre los paises miembros, resultado de la profundizacion del MORDAZA de integracion, y de sistematizar la cooperacion politica, la cual MORDAZA todos los MORDAZA que no forman parte de la agenda economica y comercial; Que, del 23 al 24 de MORDAZA de 2008, tendra lugar en la MORDAZA de Buenos Aires, Republica MORDAZA, la LI Reunion del Foro de Consulta y Concertacion Politica del MERCOSUR y Estados Asociados (FCCP); Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje del delegado peruano que asistira dicha Reunion; Teniendo en cuenta el Memorandum (SAE) Nº 0210/2008, de 17 de MORDAZA de 2008, del Subsecretario de Asuntos Economicos; De conformidad con la Cuarta Disposicion Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica; los articulos 185º y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; en concordancia con el articulo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; el inciso m) del articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorizacion de viajes al exterior de funcionarios y servidores publicos; su modificatoria la Ley Nº 28807, que establece que los viajes oficiales al exterior de funcionarios y servidores

Articulo 3°.- Aprobar el Contrato de Concesion N° 3142008 a suscribirse con la Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad del Norte S.A. - ELECTRONORTE S.A., el que consta de 18 clausulas y 03 anexos. Articulo 4°.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, a nombre del Estado, el Contrato de Concesion aprobado en el articulo que antecede y la Escritura Publica correspondiente. Articulo 5°.- El texto de la presente Resolucion Suprema debera incorporarse en la Escritura Publica que de origen el Contrato de Concesion N° 314-2008, referido en el articulo 3° de esta Resolucion, en cumplimiento del articulo 56° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 6°.- La presente Resolucion Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 53° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera notificada al concesionario dentro de los cinco (5) dias habiles siguientes a su expedicion, y debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial "El Peruano" por una sola vez, conforme al articulo 54° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas.