Norma Legal Oficial del día 06 de junio del año 2006 (06/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano martes 6 de junio de 2006

de Inscripciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, MORDAZA que regula la inscripcion de los hechos relativos al estado civil de las personas, en donde ademas se precisa que el Sistema Registral lo conforma el conjunto de organos y personas del Registro que tienen a su cargo la ejecucion de los procedimientos administrativos de inscripcion, asi como los organos de apoyo, asesoramiento y control del Registro y acorde con ello el Articulo 11º del mismo, precisa que las Oficinas Registrales se encuentran encargadas del procesamiento registral y demas funciones inherentes al Registro de Estado Civil, encargandose a la Jefatura Nacional la creacion y autorizacion de las que fueren necesarias; Que, atendiendo a que la deficiencia mas aguda en el funcionamiento tecnico operativo de los Registros de Estado Civil tenia su causa y su consecuencia directa en la inestabilidad institucional, en la que se encontraban las Oficinas de Registro de Estado Civil, esto es, la carencia de un organo rector que estableciera mecanismos basicos de capacitacion, orientacion, verificacion y control, bajo los cuales debiesen desarrollar sus actividades los Registradores de Estado Civil y al hecho concreto que el MORDAZA de integracion a que se referia complementariamente la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, requeria para su debida implementacion de la eliminacion de la informalidad registral civil existente en el MORDAZA, se establecio un MORDAZA de regularizacion de las Oficinas de Registro no autorizadas, ubicadas en las Municipalidades de los Centros Poblados de la Republica, el mismo que a la fecha ha permitido oficializar la inscripcion de los hechos vitales y actos modificatorios del estado civil en los lugares mas apartados del pais; Que, en ese orden de ideas la Oficina Registral que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado a que se refiere el informe del visto, ha formalizado expediente de regularizacion de Oficina Registral en su respectiva localidad, el mismo que se encuentra debidamente complementado y cuenta con el visto MORDAZA de la Sub Gerencia de Registros del Estado Civil de la Gerencia de Operaciones, por lo que corresponde la aprobacion de la delegacion de funciones, que establezca la vinculacion funcional que la normatividad vigente dispone, las mismas que requieren de publicidad, esencial para su vigencia; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y en uso de las facultades conferidas por el articulo 11º de la Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil- Ley Nº 26497, y el articulo 11º inciso h) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Institucion, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 1183-2005-JEF/RENIEC y su modificatoria contenida en la Resolucion Jefatural Nº 1326-2005-JEF/RENIEC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, en via de regularizacion, la delegacion de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, i, l, m, n, o y q del articulo 44º de la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, asi como las acciones administrativas que correspondan para llevar adelante la delegacion, a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion, a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de:
CENTRO POBLADO GRANADILLAS DISTRITO PROVINCIA DEPARTAMENTO MORDAZA MORDAZA MORDAZA

matrimonio y defuncion, a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado GRANADILLAS, cuya delegacion de facultades registrales se aprueba con la presente Resolucion; asi como tambien correspondera a dicha Sub Gerencia, orientar e impartir instrucciones a esta, a fin que el procedimiento registral se realice en concordancia con las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 09960

MINISTERIO PUBLICO
Crean despachos fiscales y organos jurisdiccionales en diversos Distritos Judiciales
RESOLUCION DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 032-2006-MP-FN-JFS MORDAZA, 5 de junio de 2006 VISTO Y CONSIDERANDO: Que mediante Resoluciones Administrativas Nºs. 177-2004-CE-PJ y 009-2006-CE-PJ de fechas 29 de setiembre del 2004 y 20 de enero del 2006 respectivamente, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crea organos jurisdiccionales a nivel nacional de caracter permanente y transitorio, por la necesidad de mejorar el acceso al servicio de administracion de justicia. Que, con Oficio Nº 751-2006-MP-FN de fecha 3 de marzo del presente ano la Fiscalia de la Nacion solicita al Ministerio de Economia y Finanzas un credito suplementario formulado por el pliego 022 Ministerio Publico, con la finalidad, entre otras, de crear Fiscalias y Divisiones Medico Legales a nivel nacional, producto de la creacion de MORDAZA y Juzgados efectuados por nuestros homologos del Poder Judicial. Que, por Ley Nº 28750 publicada el 3 de junio de los corrientes, el Pleno del Congreso autoriza un credito suplementario en el presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2006, dentro del cual se encuentra comprendido el peticionado por la Fiscalia de la Nacion, por lo que resulta necesario atender necesidades de creacion de nuevos despachos fiscales a nivel nacional. En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 052 - Ley Organica del Ministerio Publico y en cumplimiento del Acuerdo Nº 727 adoptado por unanimidad en sesion extraordinaria de Junta de Fiscales Supremos de fecha 5 de junio del 2006; SE RESUELVE: Articulo Primero- Crear con caracter permanente, los siguientes despachos fiscales, en la forma que a continuacion se detallan: DISTRITO JUDICIAL DE AMAZONAS - La MORDAZA Fiscalia Provincial Mixta de Utcubamba.

Articulo 2º.- El Jefe de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado mencionado en el articulo precedente, queda encargado de las funciones registrales cuya delegacion se autoriza, asi como de las acciones administrativas que correspondan para llevar adelante la delegacion funcional dispuesta, cenida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervision y control del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 3º.- El Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, a traves de la Sub Gerencia de Registros del Estado Civil, proporcionara los libros de nacimiento,

DISTRITO JUDICIAL DE MORDAZA - Una Fiscalia Superior Civil. - Una Fiscalia Provincial Penal de Huaraz. - La 2da. Fiscalia Provincial de Familia de Huaraz. DISTRITO JUDICIAL DE MORDAZA - La 2da. Fiscalia Provincial Penal de Andahuaylas. - La 2da. Fiscalia Provincial Civil y de Familia de Abancay.