Norma Legal Oficial del día 06 de junio del año 2006 (06/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano martes 6 de junio de 2006

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NORMAS LEGALES

320317

Articulo 8º.- Infracciones Son infracciones de tercer grado: - Imponer trabajo sobre la jornada MORDAZA legal o convencional. - No pagar o no compensar el trabajo en sobretiempo. - No otorgar tiempo de refrigerio. Son infracciones de primer grado: - No contar con el registro de control de ingresos y salidas. - Impedir al trabajador el registro de su ingreso o salida. - No exhibir de manera permanente a todos los trabajadores el horario de trabajo vigente, la duracion del tiempo de refrigerio, y los tiempos de tolerancia, de ser el caso, en el lugar del centro de trabajo donde se establezca el registro de control de asistencia. - Efectuar registros de ingreso y salida sustituyendo al trabajador. No poner a disposicion el registro de asistencia a los sujetos referidos en el articulo 5º." Articulo 2º.- Vigencia El presente Decreto Supremo entra en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y TRANSITORIAS Primera.- El Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo podra emitir, mediante resolucion ministerial, disposiciones especificas sobre la obligacion del llevado de registro regulado en el presente Decreto Supremo, para actividades economicas que por su naturaleza lo requieran. Segunda.- Debido a la programacion anual del presupuesto publico, para las entidades publicas sujetas al regimen laboral de la actividad privada el presente Decreto Supremo entra en vigencia a partir del 1 de enero de 2007. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los tres dias del mes de junio del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA ALMERI MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 10035

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil a EE.UU., en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL N° 436-2006 MTC/02 MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2006 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios publicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorizacion de viaje se otorgara por

Resolucion Ministerial del respectivo Sector, la que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepcion de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el Decreto de Urgencia Nº 006-2006, publicado el 7 de MORDAZA de 2006, modifica el MORDAZA parrafo del articulo 1º de la Ley MORDAZA citada, senalando que "la autorizacion de viajes al exterior de los ministros, de los servidores y funcionarios de los ministerios, de los Organismos Publicos Descentralizados, de los Agregados Militares, Aereos, Navales y Policiales, asi como de las empresas sujetas al ambito de FONAFE, que resulten indispensables para asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas fijados para el Ejercicio del ano 2006 se efectuara por Resolucion Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Sector correspondiente; exceptuandose aquellos viajes que realizan los sectores Relaciones Exteriores y Comercio Exterior y Turismo, asi como la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Oficina Central Nacional - INTERPOL de la Policia Nacional del Peru del Ministerio del Interior y los destinados al desarrollo de funciones en el MORDAZA de las negociaciones orientadas a la suscripcion de los Tratados de Libre Comercio, a efectuar acciones de promocion y/o negociacion economica comercial de importancia para el Peru; los que se autorizaran mediante Resolucion Ministerial del Sector correspondiente, la que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, MORDAZA del inicio de la comision de servicios"; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 4º de la Ley Nº 27261, es un objetivo permanente del Estado en materia de Aeronautica Civil, asegurar el desarrollo de las operaciones aerocomerciales en un MORDAZA de MORDAZA competencia y con estricta observancia de las normas tecnicas vigentes; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil, a fin de mantener una estricta observancia sobre las normas tecnicas vigentes y poder mantener la calificacion otorgada al Peru por la Organizacion de Aviacion Civil Internacional, debe efectuar la atencion de las solicitudes de ser vicios descritas en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en concordancia con sus facultades de supervision e inspeccion de todas las actividades aeronauticas civiles; Que, la empresa Cielos del Peru S.A., con Carta GOP132-2006-CDP, presentada el 9 de MORDAZA de 2006, en el MORDAZA del Procedimiento Nº 5 de la seccion correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil (Evaluacion de Personal), establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Direccion General de Aeronautica Civil, efectuar el chequeo tecnico en simulador de vuelo del equipo DC-10, en el Centro de Entrenamiento de Pan Am International Flight Academy de la MORDAZA de Miami, Estados Unidos de MORDAZA, a su personal aeronautico propuesto, durante el dia 08 de junio de 2006; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotacion Nºs. 10420 y 14235, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspeccion, estan integramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viaticos y la Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto; Que, la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, ha emitido la Orden de Inspeccion Nº 0867-2006-MTC/12.04-SDO designando al inspector MORDAZA Ellard MORDAZA Stambury, para realizar el chequeo tecnico en simulador de vuelo del equipo DC10, en el Centro de Entrenamiento de Pan Am International Flight Academy, al personal aeronautico propuesto por la empresa Cielos del Peru S.A., en la