Norma Legal Oficial del día 31 de julio del año 2006 (31/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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LICA DEL P E

RU

325572

NORMAS LEGALES

El Peruano lunes 31 de MORDAZA de 2006

Confirman Acuerdo relativo al pedido de vacancia de Regidores del Concejo Provincial de Casma
RESOLUCION Nº 1289-2006-JNE Expediente Nº 353-2006-VAC MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2006 VISTO, el recurso de apelacion interpuesto por el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra el Acuerdo de Concejo Nº 025-2006-MPC adoptado en sesion extraordinaria de fecha 24 de marzo de 2006 del Concejo Provincial de Casma, departamento de MORDAZA, que declaro improcedente el pedido formulado por el recurrente sobre vacancia contra los Regidores de dicha comuna, senores MORDAZA MORDAZA Duenas, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Pretell, sustentado en la causal prevista en el MORDAZA parrafo del articulo 11º de la Ley Nº 27972; CONSIDERANDO: Que, segun se advierte de autos, el apelante solicito ante el Concejo Provincial de Casma, con fecha 27 de diciembre de 2005, la vacancia de los Regidores MORDAZA MORDAZA Duenas, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Pretell, sustentando la presunta infraccion de estos a lo dispuesto en el articulo 11º de la Ley Organica de Municipales con la MORDAZA legalizada del acta de compromiso de fecha 8 de noviembre de 2005, a fojas 11, suscrita por los mencionados regidores como integrantes de la Comision Pro Navidad del MORDAZA Casmeno; y no habiendosele dado respuesta al 13 de febrero de 2006, interpuso reconsideracion contra la resolucion ficta denegatoria que rechaza la solicitud de vacancia, acompanando como nueva prueba, la MORDAZA legalizada de un acta de compromiso fechada el 12 de diciembre de 2005, similar a la anterior, y la MORDAZA de un articulo periodistico publicado el 22 de enero de 2006, que da cuenta de la solicitud de vacancia de los regidores, de fojas 30 a 33; Que, de fojas 61 a 79, corre MORDAZA certificada del acta de la sesion extraordinaria celebrada por el Concejo Provincial de Casma el 24 de marzo de 2006, en la que, de acuerdo a su texto, se expuso y debatio, conjuntamente, la solicitud de vacancia y el recurso de reconsideracion; y, al momento de votar, se sometio a consideracion del Concejo unicamente el pedido de vacancia, el que de acuerdo al acta, no fue aprobado por no contar con el MORDAZA aprobatorio de dos tercios del numero legal de miembros, sin que se mencione la procedencia o improcedencia del recurso de reconsideracion contra resolucion ficta denegatoria; caracteristicas que presenta, en forma identica, el Acuerdo de Concejo Nº 025-2006MPC que formaliza la decision adoptada en sesion de Concejo, elevado a esta instancia en apelacion; por lo que, siendo que el Concejo no se ha pronunciado sobre el recurso de reconsideracion, y estando a que la apelacion ha sido interpuesta por el recurrente contra el acuerdo que declara improcedente su solicitud de vacancia, siendole asi concedida la alzada, debera entenderse la misma en esos terminos; Que, la solicitud de vacancia se sustenta en el presunto ejercicio de funciones administrativas por parte de los Regidores MORDAZA MORDAZA Duenas, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Pretell, quienes como miembros de la Comision Pro Navidad del MORDAZA Casmeno, suscribieron el acta de compromiso con la ciudadana Ginna Yerly Menacho MORDAZA, con la finalidad de alquilar y otorgar autorizacion para el uso del Complejo Deportivo Municipal con motivo de la realizacion de una actividad folclorica, por la suma de S/. 1,500.00 (Un Mil Quinientos Y 00/100 Nuevos Soles); asimismo, los regidores MORDAZA mencionados acudieron posteriormente a la MORDAZA de MORDAZA para efectuar la compra de juguetes con el dinero recaudado de la actividad folclorica, ademas de otras actividades; Que, los regidores no niegan la realizacion de actividades en el contexto de su participacion en la Comision Pro Navidad del MORDAZA Casmeno, encomendadas por el Acuerdo de Concejo Nº 070-2005MPC de fecha 23 de agosto de 2005, adjuntando en el informe que registra la rendicion de cuentas con fecha 4 de febrero de 2006 de dicha actividad;

Que, el contenido del acta de compromiso y los efectos que surte, no implican que se MORDAZA ejercido funciones administrativas propias de quienes son responsables de los organos que forman parte de la estructura municipal; de la misma forma, efectuandose la compra de los juguetes como acto final para cumplir con la celebracion del evento navideno encomendado, a favor de los ninos de Casma, no debe entenderse este como un acto que contravenga el MORDAZA parrafo del articulo 11º de la Ley Nº 27972, mas aun si dentro de sus actividades como comision, reconocidas por acuerdo de concejo, existe un informe economico de las actividades realizadas que respaldan los montos recaudados y que fueron destinados para la actividad navidena, informe que de acuerdo al articulo 46º numeral 4 del Reglamento Interno de Concejo, se exige el que caso de mediar recaudacion de fondos; dando asi cumplimiento a sus normas internas; Que, de esta forma, tales imputaciones constituyen supuestos que no configuran la causal de vacancia prevista en el MORDAZA parrafo del articulo 11º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; en consecuencia no es procedente amparar el pedido de vacancia sustentado en autos; Por tales fundamentos, el MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar INFUNDADA la apelacion presentada por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Durand; en consecuencia, confirmar el Acuerdo de Concejo Nº 0252006-MPC de 24 de marzo de 2006, el que debe entenderse como infundado el pedido de vacancia del cargo de regidor del Concejo Provincial de Casma, que ejercen respectivamente los senores MORDAZA MORDAZA Duenas, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Pretell, formulado por el recurrente, por los fundamentos vertidos en la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA Secretario General (e) 00508-18

Convocan a ciudadana para que asuma cargo de Regidora del Concejo Distrital de Shanao, provincia de Lamas
RESOLUCION Nº 1292-2006-JNE Expediente Nº 204-2005-VAC. MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2006 VISTA la solicitud de 13 de junio del 2006 que presenta el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de Shanao de la provincia de Lamas del departamento de San MORDAZA, para que se expida la credencial a candidato no proclamado ante la declaratoria de vacancia de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del cargo de Regidor del citado Concejo; por la causal contenida en el articulo 11º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; CONSIDERANDO: Que el Concejo Distrital de Shanao declaro la vacancia del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en sesion de 8 de setiembre del 2005, contando con la mayoria legal establecida en la Ley Organica de Municipalidades; siendo, dicha decision, puesta en conocimiento de este Colegiado mediante escrito de 10 de octubre del 2005; ademas de ello, se adjunto una MORDAZA de no recepcion de recurso de impugnacion de 30 de setiembre del 2005; sin embargo, no se solicito expedicion de credencial y mucho menos se acompano la tasa correspondiente;