Norma Legal Oficial del día 02 de agosto del año 2006 (02/08/2006)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano miercoles 2 de agosto de 2006

R

EP

UB

LICA DEL P E

R

U

NORMAS LEGALES

325679

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA VISTA: La Ordenanza Nº 049-2006-MDSL de fecha 17.Jul.06, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 20.Jul.06 mediante el cual el Concejo Municipal en pleno, acuerda aprobar la realizacion del Primer Sorteo de Premios Contribuyente San Luisino Puntual - CSP, en el ano 2006; estableciendose como plazo de vencimiento el 31 de MORDAZA de 2006, para que excepcionalmente puedan participar en el Primer Sorteo de Premios a los Contribuyentes - CSP en el ano 2006, aquellos vecinos que cumplan con el pago de su deuda tributaria vencida hasta el 2005 y como fecha de la realizacion del sorteo el dia 4 de agosto de 2006; y, CONSIDERANDO: Que, la Primera Disposicion Transitoria de la Ordenanza Nº 049-MDSL, dispone que excepcionalmente podran participar en el Primer Sorteo de Premios Contribuyente San Luisino Puntual - CSP, en el ano 2006 aquellos vecinos que logren regularizar su situacion tributaria hasta el 31 de MORDAZA de 2006 para lo cual podran cumplir con el pago de su deuda tributaria vencida hasta el 2005; Que, el Articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 049MDSL, dispone que el Primer Sorteo de Premios Contribuyente San Luisino Puntual - CSP, en el ano 2006 se debera efectuar el 4 de agosto de 2006, en Acto Publico; Que, resulta necesario dar oportunidad a la mayor cantidad de contribuyentes que deseen participar en el Primer Sorteo de Premios Contribuyente San Luisino Puntual - CSP, en el ano 2006, motivo por el cual se ve por comveniente ampliar el plazo de vencimiento para la regularizacion de su deuda tributaria vencida hasta el 2005, asi como la fecha de realizacion del mismo, establecidos en la Ordenanza senalada en el Visto; Que, la Tercera Disposicion Transitoria de la Ordenanza Nº 049-MDSL, faculta al senor MORDAZA a prorrogar el plazo de vencimiento para la regularizacion de la situacion tributaria de los contribuyentes que deseen participar del Primer Sorteo de Premios a los Contribuyentes - CSP en el ano 2006, asi como la fecha de realizacion del mismo, mediante Decreto de Alcaldia; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 20º, numeral 6) de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR el plazo del Beneficio Tributario para los contribuyentes que deseen participar del Primer Sorteo de Premios a los Contribuyentes CSP en el ano 2006, hasta el dia 12 de agosto de 2006. Articulo Segundo.- PRORROGAR la fecha de realizacion del Primer Sorteo de Premios a los Contribuyentes CSP en el ano 2006, hasta el dia 19 de agosto de 2006. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas y a la Subgerencia de Imagen Institucional, el cumplimiento del presente Decreto. Articulo Cuarto.- El presente Decreto entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 00639-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Establecen beneficio de regularizacion de edificaciones construidas sin Licencias de Obra en la jurisdiccion del distrito
ORDENANZA Nº 180-MDSMP San MORDAZA de Porres, 24 de MORDAZA de 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE PORRES POR CUANTO: El Concejo Distrital de la Municipalidad de San MORDAZA de Porres en Sesion Extraordinaria de la fecha: CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28607, en concordancia con la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, definen a las Municipalidades como organos de gobierno, con personeria juridica de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 79º numeral 3.6) de la Ley Nº 27972 establece que es competencia y funcion especifica de las Municipalidades Distritales en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, nor mar, regular y otorgar autor izaciones, derechos y licencias y realizar la fiscalizacion de habilitaciones urbanas, construcciones, remodelaciones o refacciones, demoliciones y declaratorias de fabrica, entre otros; requiriendose de acuerdo al Articulo 92º que toda obra de construccion, conservacion, refaccion o modificacion del inmueble, sea publica y privada, obtenga la licencia de construccion en su jurisdiccion; Que, de conformidad con el Articulo 40º de la Ley Nº 27972 es atribucion de la municipalidad crear, modificar, suprimir o exonerar los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los limites establecidos por ley; siendo necesario brindar facilidades a los contribuyentes para el cumplimiento de sus obligaciones formales y sustanciales referidas a la regularizacion de licencias de construccion, y de conformidad con el Articulo 47º de la Ley Nº 27972 el Concejo Municipal aprueba y modifica la escala de multas respectivas; Que, mediante Memorandum Nº 774-2006-GDU/ MDSMP la Gerencia de Desarrollo MORDAZA remite el Informe Nº 432-2006-DOPP/GDU/MDSMP la Division de Obras Publicas y Privadas, dando cuenta sobre el incremento de los expedientes nuevos, acumulativos e ingresos; y las recomendaciones que permitiran una regularizacion de las edificaciones construidas sin autorizacion municipal, favoreciendo principalmente a los sectores sociales de menores ingresos, recomendando se otorgue el beneficio de regularizacion de edificaciones construidas sin autorizacion municipal; Que, asimismo se les brinde un tratamiento especial de pago dada la realidad socio-economica de los sectores mas deprimidos y de limitados recursos en el distrito y se inicie una MORDAZA de Regularizacion de Licencias de Obra, mediante el procedimiento a que se refiere la Ley Nº 27157, estableciendo el plazo de regularizacion de edificaciones sin Licencia de Construccion y/o en terrenos sin Habilitacion MORDAZA, desde la puesta en vigencia de la presente Ordenanza hasta el 31 de agosto del 2006; Que, el inciso 8) del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que "Corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos";