Norma Legal Oficial del día 02 de agosto del año 2006 (02/08/2006)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 24

R

EP

UB

LICA DEL P E

RU

325660
VISTA:

NORMAS LEGALES

El Peruano miercoles 2 de agosto de 2006

Que, dicha MORDAZA, en el MORDAZA parrafo del articulo 1, establece lo siguiente: "En las operaciones de adquisicion de derechos sobre acreencias intervienen la Sociedad Administradora de Fondos de Inversion, quien actua por cuenta del Fondo de Inversion y, de otra parte, dos (2) personas juridicas entre las cuales existe una obligacion de pago a fecha cierta". Que, asimismo, el inciso b) del articulo 2 de la referida resolucion entre los lineamientos bajo los cuales se deben realizar las operaciones de adquisicion de derechos sobre acreencias senala lo siguiente: "(...). b) Las operaciones de cesion de derechos sobre acreencias deberan ser respaldadas por contratos elaborados de conformidad con la legislacion nacional y suscritos por la persona juridica que actua como cedente de tales derechos y la Sociedad Administradora. (...)". Que, la MORDAZA MORDAZA mencionada establece que unicamente pueden ser adquiridos por los fondos de inversion los derechos sobre acreencias en los que tanto el deudor como el acreedor MORDAZA personas juridicas; Que, el objetivo fundamental de la referida MORDAZA es permitir el acceso a financiamiento, a traves de los fondos de inversion a las Pequenas y Medianas Empresas (Pymes) que MORDAZA proveedores de empresas corporativas con mayores MORDAZA de financiamiento y que pueden acceder al financiamiento del MORDAZA de valores; Que, no obstante ello, un aspecto muy importante del MORDAZA peruano a considerar es que no todas las Pequenas y Medianas Empresas se encuentran constituidas como personas juridicas, muchas de ellas operan como personas naturales, las cuales, por su condicion, pueden tener mayores limitaciones para acceder a MORDAZA de financiamiento; Que, considerando que el obligado al pago de las acreencias es la empresa corporativa, el riesgo crediticio en dicha operacion dependera de la calidad de esta y no de la Pyme acreedora, la cual actua como cedente del derecho; Que, de lo expuesto, se puede advertir que no existe mayor fundamento en limitar como operacion permitida de los fondos la adquisicion de derechos sobre acreencias en las que una Pyme persona natural sea acreedora de los derechos, toda vez que tal situacion no implica que la operacion tenga mayores riesgos que aquellas operaciones en las cuales el acreedor sea una Pyme persona juridica; Que, en tal sentido, resulta razonable eliminar dicha limitacion con la finalidad de promover el acceso al financiamiento de las Pymes, independientemente de la calidad juridica con que operen en el mercado; Que, de otro lado es necesario precisar en las condiciones de dichas operaciones que la obligacion de pago debe estar representada en una suma de dinero y que los derechos de acreencias se deben originar como producto de una transaccion comercial de compra-venta o de suministro de bienes y/o servicios, es decir, entre un cliente y su proveedor; y, Estando a lo dispuesto por el inciso a) del articulo 2° y el inciso b) del articulo 11 del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores, aprobado por Decreto Ley N° 26126, asi como a lo dispuesto por el inciso k) del articulo 27 de la Ley de Fondos de Inversion y sus Sociedades Administradoras, Decreto Legislativo Nº 862 y el inciso j) del articulo 75 del Reglamento de Fondos de Inversion y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolucion CONASEV N° 042-2003-EF/94.10; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modifiquese el MORDAZA parrafo del articulo 1 de la Resolucion Gerencia General Nº 0912003-EF/94.11, por el siguiente texto: "Articulo 1°.(...)

La solicitud presentada por la senorita MORDAZA MORDAZA Devescovi Stendbergh para que se autorice la inscripcion de la empresa "Banco MORDAZA de Espana, Compania Anonima de Seguros y Reaseguros" de Espana, en el Registro del Sistema de Seguros, Seccion I: De las Empresas de Reaseguros Extranjeras; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion SBS Nº 816-2004 de fecha 27 de MORDAZA de 2004, se establecio los requisitos formales para la inscripcion de las Empresas de Reaseguros Extranjeras; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada MORDAZA administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Evaluacion Interna de Expedientes Nº 012-2006-RIAS celebrada el 12 de MORDAZA de 2006, en concordancia con lo dispuesto en el articulo 11º del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha calificado y aprobado la inscripcion respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolucion SBS Nº 1096-2005 del 25 de MORDAZA de 2005; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar la inscripcion en el Registro del Sistema de Seguros Seccion I: De las Empresas de Reaseguros Extranjeras a la empresa "Banco MORDAZA de Espana, Compania Anonima de Seguros y Reaseguros", con matricula Nº E.RE-0093, cuya representacion sera ejercida por la senorita MORDAZA MORDAZA Devescovi Stendbergh con domicilio legal en Jr. MORDAZA Araguez Nº 250, San MORDAZA, Miraflores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Seguros 00558-1

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONASEV
Modifican Res. Nº 091-2003-EF/94.11 que MORDAZA la adquisicion de derechos sobre acreencias como nueva inversion permitida para fondos de inversion
RESOLUCION GERENCIA GENERAL Nº 071-2006-EF/94.11 MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2006 VISTO: El Informe Nº 325-2006-EF/94.55 del 31 de MORDAZA de 2006, presentado por la Gerencia de Intermediarios y Fondos; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion CONASEV N° 042-2003EF/94.10 de fecha 30 de junio de 2003, se aprobo el Reglamento de Fondos de Inversion y sus Sociedades Administradoras; Que mediante Resolucion Gerencia General Nº 0912003-EF/94.11 de fecha 12 de noviembre de 2003, CONASEV MORDAZA como una nueva inversion permitida para los fondos de inversion la adquisicion de derechos sobre acreencias que no esten contenidos en instrumentos financieros o valores;