Norma Legal Oficial del día 02 de agosto del año 2006 (02/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano miercoles 2 de agosto de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

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FISCAL DE REDES DE POLITICAS PUBLICAS.Representante de la instancia funcional del SPC elegido democraticamente, para fiscalizar y controlar en el periodo de 2 anos de las 6 redes de los ejes del PDC. TALLERES O ASAMBLEAS DE TRABAJO.Reuniones convocadas por el MORDAZA o su representante con la finalidad de identificar desde una perspectiva tematica y territorial, los problemas y potencialidades de nuestro distrito, las acciones a implementarse y tambien se definen los criterios de priorizacion para las acciones propuestas. VIGILANCIA CIUDADANA.- De la gestion publica es una actividad que los propios ciudadanos, organizados a traves del SPC, donde pueden manifestar proactivamente sus inquietudes y propuestas para ejercer de manera directa una supervision del manejo de los recursos publicos. ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA.- Referido a la programacion de acciones que aseguren la transparencia de los actos del Estado y al ejercicio del derecho ciudadano de acceso a la informacion, enmarcado en la Constitucion y las leyes y normas vigentes. ACCESO AL CONTROL Y FISCALIZACION.- Se refiere a acciones para apoyar el control y fiscalizacion ciudadano en aspectos referidos a la gestion publica local. Articulo 4º.- PRINCIPIOS RECTORES El presente Reglamento se fundamentara en los siguientes principios establecidos en la Ordenanza Nº 055-2005: Igualdad de oportunidades para todos los ciudadanos, las organizaciones sociales y en su caso, los vecinos, para inter venir y par ticipar, sin discriminaciones de caracter politico, ideologico, religioso, racial o de ninguna otra especie. Corresponsabilidad entre la colectividad, las autoridades y los funcionarios municipales en la solucion de los problemas comunes de la sociedad local. Solidaridad, como la disposicion de toda persona de asumir los problemas de otros como propios, sin egoismo ni intereses particulares. Tolerancia, que es garantia de reconocimiento y respeto a la diversidad de opiniones, visiones y posturas de quienes conforman la sociedad, como un elemento esencial para la construccion de consensos. Transparencia en los procesos participativos, de tal forma que toda la colectividad tenga informacion suficiente y necesaria acerca de los asuntos publicos y comunitarios que se decidan por via participativa. Rendicion de cuentas de todos los funcionarios municipales y de los ciudadanos y organizaciones sociales que intervengan en los asuntos decididos por via participativa. Pluralismo politico, en el sentido de que se procurara dar cabida a los diversos intereses organizados en el Estado, representaciones politicas, segun el MORDAZA publico de que se trate. Vision Compartida: la busqueda comun de objetivos de desarrollo en el corto y mediano plazo, es una expresion de identidad distrital, planes y proyectos conjuntos. En el ejercicio de sus funciones tendran en consideracion los valores de: Compromiso, Honestidad, Responsabilidad, Democracia, Solidaridad, Sinceridad, Lealtad, Perseverancia, Respeto, Justicia, Confianza y Orden. Articulo 5º.- CONSIDERACION A LOS ACUERDOS PARTICIPATIVOS La participacion ciudadana en los asuntos publicos se fundamenta en el compromiso de considerar, por parte de la ciudadania, autoridades, funcionarios, y trabajadores municipales, los resultados de la concertacion, los planes de desarrollo, presupuestos, proyectos de normas de ordenamiento del territorio, desarrollo economico, de inversiones sociales, creacion y organizacion de los servicios publicos municipales. Establecido en el Art. 5º de la Ordenanza Nº 055-2005.

Articulo 6º.- ALCANCE El presente Reglamento es de cumplimiento y observancia de los Comites de Vigilancia y Control del Sistema de Participacion y Control Ciudadano de San MORDAZA de Lurigancho. TITULO II DE LOS COMITE DE VIGILANCIA Y CONTROL DEL SISTEMA DE PARTICIPACION Y CONTROL CIUDADANO CAPITULO I DEFINICION, COMPOSICION Articulo 7º.- DEFINICION Los Comites de Vigilancia y Control son instancias de participacion del Sistema de Participacion y Control Ciudadano, para fiscalizar, controlar los procesos del Plan de Desarrollo Concertado, Presupuesto Participativo y la ejecucion de los recursos publicos concertados, para que MORDAZA instrumentos transparentes, eficientes, participativos; que involucren y comprometan a las instancias del sistema, las autoridades y los funcionarios publicos con el desarrollo local. Los integrantes del Comite de Vigilancia y Control, son elegidos democraticamente en las diferentes instancias del Sistema de Participacion y Control Ciudadano, de acuerdo al presente reglamento. Articulo 8º.- COMPOSICION Los Comite de Vigilancias estan integrados por De las Juntas Vecinales: 1. Los Fiscales Comunales 2. Los Fiscales Zonales 3. El Fiscal Distrital De las Redes de Politicas Publicas Locales: 1. Los 6 fiscales de las redes de politicas publicas locales. CAPITULO II CONDICIONES, OBLIGACIONES, DERECHOS Y VACANCIA Articulo 9º.- DURACION DEL MANDATO El mandato de los miembros de los Comites de Vigilancia y Control del Sistema de Participacion y Control Ciudadano, es de dos anos calendario, contados a partir del 1 de enero, iniciando sus funciones despues de su juramentacion e instalacion dentro del SPC. En los casos de reemplazo de los miembros por vacancia, la designacion de los nuevos miembros sera hasta completar el periodo del mandato. Articulo 10º.- OBLIGACIONES Los miembros de los Comites de Vigilancia y Control del Sistema de participacion y Control Ciudadano estan obligados a: a) Cumplir con su mandato. b) Coordinar con las instancias del Sistema de Participacion y Control Ciudadano y las organizaciones de la sociedad civil sus informes de vigilancia. c) Informar sobre la vigilancia ante la Comision Permanente CCLD. d) Participar en los Talleres y Reuniones de los Procesos Participativos del Sistema de Participacion y Control Ciudadano para cumplir las funciones establecidas en el presente Reglamento. Articulo 11º.- DERECHOS Los miembros de los Comites de Vigilancia y Control del Sistema de Participacion y Control Ciudadano tienen derecho a: a) Solicitar con anticipacion los informes, documentos y otras que estimen necesarios para cumplir sus funciones.