Norma Legal Oficial del día 02 de agosto del año 2006 (02/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano miercoles 2 de agosto de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

325657

5 6 7 8 9

29636823 BEJAR 07841096 MORDAZA 20036831 MORDAZA 15861169 MORDAZA 10669235 MORDAZA

CASO MORDAZA CHUQUICHAICO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA

MORDAZA MORDAZA NANZI MORDAZA MORDAZA MORDAZA LUZ MORDAZA ELAYNE LUZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA ELY MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

10 02436770 HUANQUI 11 16415792 MORDAZA 12 00445927 MORDAZA 13 07483230 MORDAZA 14 28217276 MORDAZA 15 32927041 MORDAZA

juridica registral, al haberse incurrido en los ilicitos contemplados en los articulos 428º y 438º del Codigo Penal; Que, en atencion a los considerandos que anteceden y, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta pertinente autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan contra los que resulten responsables; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion del Estado, interponga las acciones legales a que hubiera lugar contra los que resulten responsables, por el presunto delito contra la Fe Publica, en las modalidades de Falsedad Ideologica y Generica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 00615-1 RESOLUCION JEFATURAL Nº 722-2006-JEF/RENIEC MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2006 VISTOS: El Oficio Nº 293-2006/SGDAR/GP/RENIEC, el Oficio Nº 318-2006/SGDAR/GP/RENIEC, el Oficio Nº 372-2006/ SGDAR/GP/RENIEC, el Oficio Nº 319-2006/SGDAR/GP/ RENIEC, el Oficio Nº 348-2006/SGDAR/GP/RENIEC, el Oficio Nº 268-2006/SGDAR/GP/RENIEC, el Oficio Nº 367-2006/SGDAR/GP/RENIEC y el Informe Nº 5912006-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica el 1 de junio de 2006; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Ley Nº 26497, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, como institucion constitucionalmente autonoma, con personeria juridica de derecho publico interno y con goce de atribuciones en materia registral, tecnica, administrativa, economica y financiera, se encuentra a cargo de organizar y mantener el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, en lo que respecta a la custodia de los archivos y datos relacionados a las inscripciones, que sirven de base para la obtencion del Documento Nacional de Identidad; Que, la MORDAZA denominada Subgerencia de Depuracion Registral y Archivo Central, y ahora la Subgerencia de Depuracion y Archivo Registral del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su labor fiscalizadora, asi como del MORDAZA de depuracion inherente al procedimiento administrativo, ha detectado que las personas identificadas como MORDAZA URCIA DE CUMPA o MORDAZA URCIA MORDAZA, LORGIO MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA TAKAHASHI, MORDAZA MORDAZA AUCCAPINA MANUELO, MORDAZA MORDAZA MORDAZA o TERCERO MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MAGUINO CAHUAS o MORDAZA MORDAZA GUINOZA GUINOZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA CUADRA ROSELL, MORDAZA MORDAZA HUAYCHO, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA YTO MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o

00629-1

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 721-2006-JEF/RENIEC MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2006 VISTOS: Los Oficios Nºs. 002009, 1890-2005/GP/SGDAC/ RENIEC e Informe Nº 756-2006-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 7 de MORDAZA de 2006; y, CONSIDERANDO: Que, la Subgerencia de Depuracion Registral y Archivo Central del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su labor fiscalizadora ha detectado que personas aun no identificadas, se presentaron ante el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales y obtuvieron irregularmente las inscripciones correspondientes a los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA COLAN, MORDAZA MORDAZA MORDAZA CHUQUE, MORDAZA BANAREZ MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA LECARNAQUE, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA HUANAY MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA VILDOSO MORDAZA, mediante los tramites de inscripcion, rectificacion y/o duplicado, correspondientes; Que, con los informes emitidos por los Jefes de las Oficinas Registrales del Estado Civil, adjuntando partidas de defuncion y de nacimiento, asi como por los examenes realizados por el perito especializado de la Gerencia de Procesos, se ha determinado que en todos los casos analizados, personas no identificadas han suplantado la verdadera identidad de los titulares de las inscripciones mencionadas precedentemente; Que, si bien se ha procedido administrativamente al excluir las Inscripciones Nºs. 15958690, 06872112, 23827515, 33655168, 06564154, 02032607, 80243333, 07069928, 09061585, 19879909, 15744879, 31180224, 23265224 y 06827017 respectivamente mediante la expedicion de las Resoluciones Nºs. 295 y 158-2005GP/SGDAC-RENIEC de la Subgerencia de Depuracion Registral y Archivo Central, afectadas por suplantacion de identidad; de los actuados se advierten indicios razonables de haberse incurrido en delito contra la Fe Publica en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; hecho que es necesario perseguirse penalmente en resguardo de la seguridad