Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2005 (20/06/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, lunes 20 de junio de 2005

NORMAS LEGALES

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Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado CONSUCODE

COMUNICADO Nº 007-2005 (PRE) SOBRE LA INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE PRODUCTOS INDUSTRIALES NACIONALES (RPIN) COMO REQUISITO DE OBSERVANCIA OBLIGATORIA
EL CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO ­ CONSUCODE y el MINISTERIO DE LA PRODUCCION ­ PRODUCE, recuerdan a las diversas Entidades sujetas al ambito de aplicacion de la normativa sobre contrataciones y adquisiciones del Estado lo siguiente: De conformidad con la Ley Nº 23407, Ley General de Industrias y el Decreto Supremo Nº 010-89-ICTI/IND, para ofrecer en venta en el territorio nacional un producto industrial manufacturado en el MORDAZA es necesario que, previamente se encuentre inscrito en el Registro de Productos Industriales Nacionales (RPIN), que administra el Ministerio de la Produccion. En tal sentido, corresponde que en las Bases Administrativas se exija a los postores que incluyan en sus propuestas tecnicas MORDAZA simple de la MORDAZA de Inscripcion del producto ofertado en el Registro de Productos Industriales Nacionales (RPIN), cuando corresponda. La inobservancia de tal requisito por parte de los postores que oferten un producto industrial manufacturado en el MORDAZA supondra el rechazo de su propuesta.

MORDAZA

MORDAZA,

JUNIO

DE

2005