Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2005 (20/06/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 20 de junio de 2005

blea general de asociados, de fecha 4 de febrero de 2005, acordo el cierre definitivo del Centro de Conciliacion; Que, estando a lo opinado en el Informe Nº 575-2005JUS/STC, la entidad solicitante ha dado cumplimiento a lo establecido en el articulo 55º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS y Decreto Supremo Nº 040-2001-JUS; por lo que es procedente autorizar el Cierre del Centro de Conciliacion solicitado; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, Decreto Supremo Nº 039-2001-JUS, que precisa alcances de las funciones del Viceministro, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, modificada por Ley Nº 27398 y por Ley Nº 28163 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS y Decreto Supremo Nº 040-2001-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizase, a la asociacion civil ASOCIACION PERUANA POR UN MORDAZA DE PAZ - APEMUP, el cierre del Centro de Conciliacion denominado CENTRO DE CONCILIACION ASOCIACION PERUANA "POR UN MORDAZA DE PAZ", con sede en la MORDAZA de Lima. Articulo 2º.- Dejase sin efecto la Resolucion Viceministerial Nº 129-2001-JUS, de fecha 8 de junio de 2001. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TULEDA CHOPITEA Viceministro de Justicia 11186

Que, asimismo, el articulo 42º del Reglamento de Sanciones precedentemente citado, dispone que la Resolucion que imponga la sancion de desautorizacion sera publicada en el Diario Oficial El Peruano; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560- Ley del Poder Ejecutivo; Decreto Ley Nº 25993-Ley Organica del Sector Justicia; Ley Nº 26872- Ley de Conciliacion, modificada por Ley Nº 27398 y Ley Nº 28163 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS y Decreto Supremo Nº 040-2001-JUS; Ley Nº 27444- Ley del Procedimiento Administrativo General; Reglamento de Sanciones a Conciliadores, Centros de Conciliacion, Capacitadores y Centros de Formacion y Capacitacion de Conciliadores, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 245-2001-JUS, modificado por Resolucion Ministerial Nº 314-2002-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Cancelase la autorizacion de funcionamiento y el registro del Centro de Conciliacion denominado MORDAZA CENTRO DE CONCILIACION Y NEGOCIACION. Articulo 2º.- Dispongase que la Secretaria Tecnica de Conciliacion, vele por el cumplimiento de la presente Resolucion y asuma la tenencia y custodia del registro de actas y acervo documentario del Centro de Conciliacion cancelado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TULEDA CHOPITEA Viceministro de Justicia 11187

RELACIONES EXTERIORES
Precisan fecha del termino de las funciones de Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0560-2005-RE MORDAZA, 16 de junio de 2005 VISTA: La Resolucion Suprema Nº 131-2005-RE, de fecha 13 de junio de 2005, se da por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lecaros de Cossio, al cargo de Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lecaros de Cossio, al cargo de Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores, a partir del 25 de junio de 2005. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 11247

Cancelan autorizacion de funcionamiento y registro de Centro de Conciliacion
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 039-2005-JUS MORDAZA, 15 de junio del 2005. VISTOS; la Resolucion de Secretaria Tecnica de Conciliacion Nº 190-2005-JUS/STC, de fecha 14 de MORDAZA del 2005 y sus antecedentes; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 2682001-JUS, de fecha 3 de octubre del 2001, se autorizo a la asociacion MORDAZA CENTRO DE CONCILIACION Y NEGOCIACION, el funcionamiento de su Centro de Conciliacion denominado MORDAZA CENTRO DE CONCILIACION Y NEGOCIACION; Que, mediante Resolucion de Secretaria Tecnica de Conciliacion Nº 119-2005-JUS/STC, de fecha 3 de marzo del 2005, se dispuso la apertura de procedimiento sancionador contra el Centro de Conciliacion denominado MORDAZA CENTRO DE CONCILIACION Y NEGOCIACION; Que, mediante Resolucion de Secretaria Tecnica de Conciliacion Nº 190-2005-JUS/STC, de fecha 14 de MORDAZA del 2005, se declaro acreditada la comision de la infraccion prevista en el articulo 24º inciso 3) del Reglamento de Sanciones a Conciliadores, Centros de Conciliacion, Capacitadores y Centros de Formacion y Capacitacion de Conciliadores, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 245-2001JUS, por parte del Centro de Conciliacion denominado MORDAZA CENTRO DE CONCILIACION Y NEGOCIACION, imponiendosele la sancion de desautorizacion de funcionamiento; Que, mediante Proveido Nº 583-2005-JUS/STC, de fecha 12 de MORDAZA del 2005, se declaro firme la Resolucion de Secretaria Tecnica de Conciliacion Nº 190-2005JUS/STC y por agotada la via administrativa, de conformidad con el Articulo 212º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, el articulo 23º del Reglamento de Sanciones a Conciliadores, Centros de Conciliacion, Capacitadores y Centros de Formacion y Capacitacion de Conciliadores, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 245-2001-JUS, modificado Resolucion Ministerial Nº 314-2002-JUS, establece que la desautorizacion de funcionamiento acarrea la cancelacion de la autorizacion de funcionamiento del Centro de Conciliacion infractor y su cierre definitivo;

SALUD
Aprueban Reglamento para la autorizacion de ingreso al MORDAZA, distribucion y uso de productos farmaceuticos y afines no destinados a la comercializacion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 456-2005/MINSA MORDAZA, 15 de junio del 2005 Visto el Oficio Nº 1201-2005-DIGEMID-DG/MINSA, de la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-2005-SA, se faculta a la Direccion General de Medicamentos, Insu-