Norma Legal Oficial del día 10 de junio del año 2001 (10/06/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 10 de junio de 2001

el 15 de MORDAZA de 2001 a fin que la Comision Especial creada en virtud de dicha MORDAZA, pueda culminar su labor de manera satisfactoria. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Trabajo y Promocion Social, el Ministro de Justicia, y el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los ocho dias del mes de junio del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA COSTA Ministro de Trabajo y Promocion Social MORDAZA GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia MORDAZA INCHAUSTEGUI MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales Encargado de la Cartera de Economia y Finanzas 25073

De conformidad con lo establecido en los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC, Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar la Nota P85 del Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias, la cual tendra el siguiente texto: "P85 Las bandas comprendidas entre 27,5 - 28,35 GHz; 29,10 - 29,25 GHz, 31,00 - 31,30 GHz y 40,5 - 42,5 GHz estan destinadas para los servicios publicos de telecomunicaciones. El otorgamiento de las concesiones y/o del espectro en las bandas MORDAZA mencionadas, sera por concurso publico de ofertas." Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 25014

MTC
Modifican la Nota P85 del Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 231-2001-MTC/15.03 MORDAZA, 6 de junio de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 250-97MTC/15.19 se aprobo el Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias (PNAF); Que, mediante Resolucion Suprema Nº 125-2001-EF, de fecha 12 de febrero de 2001, se ratifico el acuerdo de la Comision de Promocion de la Inversion Privada - COPRI, en virtud del cual se establece que la prestacion del Servicio Multimedios sea entregado al sector privado bajo los mecanismos y procedimientos previstos para este Organismo; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 241-2001-EF se ratifico el acuerdo de fecha 27 de marzo de 2001 adoptado por la COPRI, en el cual se establecio que la prestacion del servicio publico de portador local, respecto de la banda atribuida para los servicios multimedios, sea entregada en concesion al sector privado bajo los mecanismos y procedimientos de la referida Comision de Promocion; Que, la Nota P85 del Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias establece que las bandas comprendidas entre 27,5 - 28,35 GHz; 29,10 - 29,25 GHz, 31,00 - 31,30 GHz y 40,5 - 42,5 GHz estan destinadas para los servicios publicos multimedios y que el otorgamiento de concesion para la explotacion de estos servicios sera por concurso publico de ofertas; Que, la Comision Mixta conformada para elaborar los planes de canalizacion de las bandas de frecuencias para los servicios de telecomunicaciones considerados en el Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias, designada mediante Resolucion Viceministerial Nº 123-97-MTC/15.03 y sus modificatorias, ha emitido el Informe Nº 002-2001-CC/PNAF en el cual, con el proposito de tener mayor flexibilidad para el otorgamiento de las concesiones y/o la asignacion del espectro, recomienda modificar la Nota P85 del PNAF en el sentido de indicar que la banda que fuera atribuida para los servicios multimedios sea atribuida para servicios publicos de telecomunicaciones; Que, de acuerdo a lo dispuesto por la Resolucion Suprema Nº 241-2001-EF, el concurso publico para el otorgamiento de concesion y/o del espectro en las bandas indicadas en la Nota P85 estara a cargo de la COPRI; en tal sentido, resulta necesario expedir el acto administrativo correspondiente;

Declaran resuelto contrato de concesion suscrito con American Paging S.R.L. para la prestacion del servicio publico de buscapersonas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 232-2001-MTC/15.03 MORDAZA, 6 de junio de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 262-97MTC/15.03 se otorgo a AMERICAN PAGING S.R.L. concesion para la prestacion del Servicio Publico de Buscapersonas, en el area de cobertura que comprende la provincia de MORDAZA del departamento de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao, habiendose suscrito el respectivo contrato el 17 de agosto de 1997; Que, la clausula 17.01 del contrato suscrito con la empresa AMERICAN PAGING S.R.L. establece que el mismo quedara resuelto, entre los casos que indica, cuando la empresa concesionaria incurra en algunas de las cuasales previstas en el Articulo 135º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, siendo declarado por el Ministerio sin necesidad de declaracion judicial previa que lo determine; Que, asimismo la clausula 17.04 establece que en caso que la empresa concesionaria incurra en causal de resolucion, conforme a lo establecido en el numeral 17.01, el Ministerio la notificara otorgandole un plazo para que subsane su incumplimiento y que en caso de que ello no ocurra, vencido el plazo, el Ministerio podra declarar resuelto el contrato sin necesidad de Resolucion Judicial; Que, el Articulo 135º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones en su numeral 5 establece como causal de resolucion de contrato la suspension de la prestacion del servicio sin autorizacion del Ministerio; Que, la misma MORDAZA senala que el procedimiento para hacer efectiva la resolucion se establecera en el contrato de concesion; en su defecto opera de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio formalice tal situacion mediante Resolucion que sera publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones, segun los terminos de su Informe Nº 123-2001-MTC/15.03.UECT, senala que la empresa AMERICAN PAGING S.R.L. ha suspendido la prestacion del servicio sin autorizacion del Ministerio; Que, mediante Oficio Nº 517-2001-MTC/15.03.UECT, de fecha 23 de marzo de 2001, se le otorgo a la empresa AMERICAN PAGING S.R.L. un plazo de siete dias (7) calendario para que remita la documentacion que justifique debidamente la suspension del servicio otorgado, sin que hasta la fecha MORDAZA cumplido con dicho requerimiento; Que, en consecuencia debe dictarse el acto administrativo correspondiente;