Norma Legal Oficial del día 10 de junio del año 2001 (10/06/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 10 de junio de 2001

y la funcionalidad de los mercados financieros; Estrategias para contrarrestar crisis futuras; entre otros de importancia; Que, dada la correspondencia entre los objetivos del programa, y las actividades que desarrolla COFIDE, se estima conveniente la participacion del senor MORDAZA Loret de Mola Bohme, Presidente del Directorio de COFIDE, en el evento MORDAZA mencionado; Que, en consecuencia es necesario autorizar dicho viaje, cuyos gastos seran cubiertos por la Corporacion Financiera de Desarrollo S.A. -COFIDE-, con cargo a su presupuesto, correspondiente al ejercicio 2001; De conformidad con lo establecido en los Decretos Supremos Nºs. 048 y 053-2001-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA Loret de Mola Bohme, Presidente del Directorio de la Corporacion Financiera de Desarrollo S.A. -COFIDE-, del 10 al 13 de junio de 2001, a la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de MORDAZA, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, segun se indica, seran cubiertos con recursos del Presupuesto de COFIDE, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 1 386,00 Viaticos : US$ 660,00 Tarifa CORPAC : US$ 25,00 Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 25074

plido con los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, ha emitido el Informe favorable Nº 0832001-EM/DGE; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a HIDROELECTRICA MARANON S.R.L., Concesion Definitiva para desarrollar las actividades de generacion de energia electrica, en los terminos y condiciones de la presente Resolucion y los que se detallan en el contrato de concesion que se aprueba en el Articulo 2º de la presente Resolucion. La concesion de generacion otorgada operara en las instalaciones de la Central Hidroelectrica Maranon, de propiedad de la solicitante, con Codigo Nº 11116301, con una capacidad instalada de 96,0 MW. Articulo 2º.- Aprobar el contrato de concesion Nº 189-2001 a suscribirse con HIDROELECTRICA MARANON S.R.L., el que consta de 18 Clausulas y 3 Anexos. Articulo 3º.- Autorizar al Director General de Electricidad para suscribir, a nombre del Estado, el contrato de concesion definitiva de generacion de energia electrica a celebrarse con HIDROELECTRICA MARANON S.R.L. Articulo 4º.- El texto de la presente Resolucion Suprema debera incorporarse en la Escritura Publica a que de origen el contrato de concesion definitiva Nº 1892001, referido en el Articulo 2º de esta Resolucion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera notificada al concesionario y debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, dentro de los cinco (5) dias calendario siguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DESCALZI Ministro de Energia y Minas 25075

Otorgan concesion definitiva a empresa Declaran fundado recurso de reconsipara desarrollar actividades de genera- deracion interpuesto contra la R.D. Nº cion de energia electrica en las instalacio- 084-2001-PE/DNEPP nes de la Central Hidroelectrica Maranon RESOLUCION DIRECTORAL
RESOLUCION SUPREMA Nº 112-2001-EM MORDAZA, 8 de junio de 2001 Visto el Expediente Nº 11116301, sobre otorgamiento de Concesion Definitiva para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica de acuerdo con el Decreto Ley Nº 25844, presentado por HIDROELECTRICA MARANON S.R.L., persona juridica inscrita en la Partida Nº 11038527 del Registro de Personas Juridicas de Lima. CONSIDERANDO: Que, la peticion se halla amparada en las disposiciones contenidas en el Articulo 25º del Decreto Ley Nº 25844 y articulos pertinentes de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentacion; Que, la solicitud de Concesion Definitiva de Generacion comprende la Central Hidroelectrica Maranon de 96,0 MW de capacidad instalada de propiedad de la solicitante; ubicada en los distritos de Llata, Jacas Grande y Quivilla, provincias de Huamalies y Dos de MORDAZA, departamento de MORDAZA, en la MORDAZA comprendida dentro de las coordenadas que figuran en el expediente, utilizando los recursos hidricos del rio Maranon; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumNº 098-2001-PE/DNEPP MORDAZA, 8 de junio del 2001 Visto el Expediente de Registro Nº 05493003 con escrito de fecha 5 de junio de 2001, presentado por el armador MORDAZA MORDAZA MORDAZA DIAZ. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Directoral Nº 035-2001PE/DNEPP del 23 de MORDAZA del 2001, se notifico a los armadores pesqueros que incumplieron con pagar total o parcialmente los derechos de pesca del ejercicio 2000, otorgandoseles un plazo de siete (7) dias habiles contados a partir del dia siguiente de la fecha de su publicacion, para que cumplan con efectuar el pago o presentar la declaracion jurada segun corresponda, estableciendose, asimismo que vencido el plazo, la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero proceda a publicar la relacion de embarcaciones pesqueras cuyos permisos de pesca caducaron de pleno derecho y en forma definitiva, por incumplir con pagar total o parcialmente los derechos de pesca del ejercicio 2000; Que mediante Resolucion Directoral Nº 084-2001PE/DNEPP del 31 de MORDAZA del 2001, se publico en Anexo 1 literal A), la relacion de embarcaciones pesqueras cuyos armadores no cumplieron con liquidar los pagos de derechos de pesca del ejercicio 2000, en el cual se incluyo

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PESQUERIA