Norma Legal Oficial del día 23 de junio del año 2000 (23/06/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, viernes 23 de junio de 2000

NORMAS LEGALES

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EL PRESIDENTE EJECUTIVO DEL CONSEJO TRANSITORIO DE ADMINISTRACION REGIONAL CUSCO; Visto: El Informe Nº 025-2000-CTAR-CUSCO/CPPAD, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Consejo Transitorio de Administracion Regional Cusco; CONSIDERANDO: Que, con Resolucion Ejecutiva Presidencial Nº 0164-2000CTAR CUSCO/PE de 26 de MORDAZA de 2000, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Especialista Administrativo IV del ex Proyecto Integral de Desarrollo Espinar, Chumbivilcas y Canas, hoy Oficina Zonal de Desarrollo de Espinar, a merito del Informe Nº 015-2000CTAR-CUSCO/CPPAD emitido por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Consejo Transitorio de Administracion Regional MORDAZA, por incumplimiento de devolucion de bienes patrimoniales de la Institucion, y no haber presentado documentacion sustentatoria que evidencie que se encontraba en uso de licencia por capacitacion no oficializada, falseando el argumento indicado en su solicitud, incurriendo en inasistencias injustificadas al centro de trabajo por mas de tres dias consecutivos desde el 1 de MORDAZA de 1999 al 26 de MORDAZA del 2000, transgrediendo asi lo dispuesto por la MORDAZA General del Sistema de Abastecimiento SA.07 "Verificacion del Estado y Utilizacion de Bienes y Servicios" aprobado por Resolucion Jefatural Nº 118-80-INAP/DNA, asi como el Instructivo Nº 001-98-CTAR CUSCO-PE aprobado por Resolucion Ejecutiva Presidencial Nº 077-98-CTAR-CUSCO, y la presunta comision de faltas administrativas previstas en los incisos f) y k) del Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276 Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico; Que, se ha notificado al servidor procesado, con la Resolucion Ejecutiva Presidencial Nº 0164-2000-CTAR CUSCO/ PE de 26 de MORDAZA de 2000, de instauracion de MORDAZA Administrativo Disciplinario, de conformidad a lo dispuesto por el Articulo 167º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, mediante publicacion en el Diario Oficial El Peruano en fecha 28 de MORDAZA de 2000, no habiendo cumplido el procesado con presentar su descargo de acuerdo a Ley; Que, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, mediante el Informe de Visto, concluye que el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha incurrido en responsabilidad administrativa, al haber incumplido con efectuar la entrega o devolucion de los bienes a su cargo, pertenecientes al CTAR MORDAZA consistente, en 4 Miras Plegables de MORDAZA de 4 mts. de codigos II-096, II-97, II-98, II-100, valorizada cada una en S/. 80.00, y 1 Motocicleta MORDAZA Honda Mod. XL-185, motor Nº E5421746007, Chasis Nº 007327-PE-89, Ano 1989 valorizado en S/. 1750.00, totalizando el adeudo la cantidad de DOS MIL SETENTA CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2,070.00); y ademas no ha acreditado su licencia por capacitacion no oficializada, habiendo inasistido por mas de tres dias consecutivos a su centro de labor, incurriendo en abandono de trabajo; Que, esta probado que el servidor procesado ha incumplido la MORDAZA General del Sistema de Abastecimiento SA 07 "Verificacion del Estado y Utilizacion de Bienes y Servicios" aprobada mediante Resolucion Jefatural Nº 118-80-INAP/DNA, y el Instructivo Nº 001-98-CTAR CUSCO-PE sobre "Normas y Procedimientos para la Catalogacion, Registro, Uso y Control de Bienes Patrimoniales del Consejo Transitorio de Administracion Regional Cusco", aprobada mediante Resolucion Ejecutiva Presidencial Nº 077-98-CTAR MORDAZA, y ha transgredido el inciso b) del Articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, habiendo incurrido en faltas administrativas disciplinarias configuradas en los incisos f) y k) del Articulo 28º del Decreto Legislativo en mencion; Estando al Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones para el Sector Publico y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, al Informe Nº 025-2000-CTAR-CUSCO/CPPAD de 7 de junio de 2000, emitido por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Consejo Transitorio de Administracion Regional Cusco; y, En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 26922, Decreto Supremo Nº 010-98-PRES y Resolucion Suprema Nº 133-99-PRES; RESUELVE: Articulo Primero.- IMPONER, la sancion disciplinaria de DESTITUCION al servidor MORDAZA MORDAZA AGUI-

LAR MORDAZA, Especialista Administrativo IV del ex Proyecto Integral de Desarrollo de Espinar, Chumbivilcas y Canas, actual Oficina Zonal de Desarrollo de Espinar del Consejo Transitorio de Administracion Regional Cusco. Articulo Segundo.- Disponer que la Gerencia Regional de Administracion en coordinacion con la Gerencia Regional de Asesoria Juridica insten las acciones pertinentes para la devolucion y/o reposicion de los bienes del Consejo Transitorio de Administracion Regional MORDAZA, valorizados en S/. 2,070.00, a cargo del servidor incurso en la presente Resolucion Ejecutiva Presidencial. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Ejecutivo CTAR MORDAZA 7041

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Ratifican ordenanza de la Municipalidad de San MORDAZA que establece regimen de arbitrios de limpieza publica, parques y jardines y seguridad ciudadana
ACUERDO DE CONCEJO Nº 118 MORDAZA, 7 de junio de 2000 EL CONCEJO METROPOLITANO DE MORDAZA Vista en Sesion de Concejo de la fecha, la solicitud formulada por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, mediante Oficio Nº 354-2000-SG/MSI para la ratificacion de la Ordenanza Nº 020-MSI, que regula el Regimen de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Seguridad Ciudadana de su jurisdiccion para el Ejercicio 2000; De acuerdo con la opinion favorable del Servicio de Administracion Tributaria (SAT) emitida mediante Informe Nº 000170-2000-SAT/04 y Oficio Nº 0046-00-SAT/02 de la Jefatura Adjunta del SAT; lo opinado por la Comision de Economia, Planificacion y Presupuesto en su Dictamen Nº 050-2000MML/CEPP y de acuerdo a lo normado por el Edicto Nº 020, Reglamento Interior del Concejo y Ordenanza Nº 211; ACORDO: Articulo Unico.- RATIFICAR la Ordenanza Nº 020-MSI de 23 de marzo de 2000, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 7 de MORDAZA de 2000 de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, que establece el Regimen de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Seguridad Ciudadana de su jurisdiccion para el Ejercicio 2000. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LEMBCKE MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 7056

MUNICIPALIDAD DE LINCE
Reglamento de Aplicacion de Sanciones Administrativas de la Municipalidad
ANEXO - ORDENANZA Nº 018 (La Ordenanza de la referencia fue publicada en nuestra edicion del dia 10 de junio de 2000, en la pagina 187851).