Norma Legal Oficial del día 23 de junio del año 2000 (23/06/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 23 de junio de 2000

Que, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su calidad de Presidente y Director General de la sociedad, ha establecido los terminos y condiciones generales del programa denominado "Primer Programa de Bonos SOUTHERN PERU"; Que, con fecha 17 de marzo de 2000, al senor MORDAZA MORDAZA Flury Royle, ha solicitado la aprobacion del tramite anticipado de inscripcion de valores y registro de prospectos correspondientes a las ofertas de valores a realizar en el MORDAZA de este programa, asi como el registro del prospecto MORDAZA correspondiente a tales ofertas en el Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, asimismo, SOUTHERN PERU COPPER CORPORATION, en su calidad de entidad calificada, ha presentado la documentacion correspondiente a los "Bonos SOUTHERN PERU - Primera Emision" a ser emitidos en el MORDAZA del "Primer Programa de Bonos SOUTHERN PERU"; Que, en el presente caso se ha cumplido con presentar la informacion requerida por el Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 141-98-EF/94.10, asi como las disposiciones aprobadas mediante Resolucion Gerencia General Nº 211-98-EF/94.11; y, Estando a lo dispuesto por los Articulos 53º y siguientes de la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, asi como lo establecido en sesion de Directorio de CONASEV de fecha 6 de MORDAZA de 1999, de acuerdo a lo cual el Gerente General de CONASEV se encuentra facultado para aprobar tramites anticipados, disponer la inscripcion de valores y/o registro de prospectos derivados de tramites anticipados, asi como disponer la inscripcion de programas de emision de valores; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el tramite anticipado, disponer el registro del prospecto MORDAZA correspondiente al primer programa de emision de bonos denominado "Primer Programa de Bonos SOUTHERN PERU" de SOUTHERN PERU COPPER CORPORATION, hasta por un monto MORDAZA de Doscientos Millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de MORDAZA (US$ 200 000 000,00) o su equivalente en moneda nacional, en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 2º.- En tanto SOUTHERN PERU COPPER CORPORATION mantenga su condicion de Entidad Calificada y en tanto los valores a emitirse MORDAZA valores tipicos, la inscripcion de los bonos y el registro de los prospectos a utilizar en la oferta publica a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion se entenderan efectuados en la fecha de entrada en vigencia de la misma. En su defecto, la inscripcion de los referidos valores, asi como el registro de dichos prospectos se sujetara a lo dispuesto en el numeral 2, inciso b) del Articulo 14º del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 141-98-EF/94.10. Articulo 3º.- La oferta publica de los valores a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion debera efectuarse con sujecion a los plazos, condiciones y modalidades previstas en el Contrato MORDAZA de Emision, en el Prospecto Informativo MORDAZA y en los respectivos documentos complementarios, asi como con sujecion a lo dispuesto en el Articulo 25º y, de ser el caso, en el Articulo 29º del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 141-98-EF/94.10. Asimismo, se debera cumplir con presentar a CONASEV la documentacion e informacion a que se refieren los Articulos 23º y 24º del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 141-98-EF/94.10. Articulo 4º.- La aprobacion y el registro a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion no implican que CONASEV recomiende la inversion en los valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio, Los documentos e informacion para una evaluacion complementaria estan a disposicion de los interesados en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion a SOUTHERN PERU COPPER CORPORATION, al Banco de Credito del Peru, en su calidad de agente estructurador y representante de los obligacionistas; a Credibolsa Sociedad Agente de Bolsa S.A., en su calidad de Agente Colocador; a CAVALI ICLV S.A. y a la Bolsa de Valores de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BERAMENDI GALDOS Gerente General 7009

CONSEJO NACIONAL DEL AMBIENTE
FE DE ERRATAS DECRETO DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 005-2000-CD/CONAM Mediante Carta Nº 921-00-CONAM/SE el Consejo Nacional del Ambiente solicita se publique Fe de Erratas del Decreto del Consejo Directivo Nº 005-2000-CD/CONAM, publicado en nuestra edicion del dia 17 de junio de 2000, en la pagina 188088. DICE: Primera Disposicion Final: El Grupo Tecnico debera presentar a la Comision Ambiental Regional de MORDAZA, a traves de la Secretaria Ejecutiva Regional, informes parciales y final sobre los avances y grado de cumplimiento del mandato otorgado. DEBE DECIR: Primera Disposicion Final: El Grupo Tecnico debera presentar a la Comision Ambiental Regional de MORDAZA, a traves de la Secretaria Ejecutiva Regional, informes parciales y final sobre los avances y grado de cumplimiento del mandato otorgado. 7142

CONTADURIA PUBLICA DE LA NACION
Entidades y Empresas del Estado omisas a MORDAZA de estados financieros y presupuestarios para elaboracion de la Cuenta General de la Republica del ejercicio fiscal 1999
RESOLUCION DE CONTADURIA Nº 132-2000-EF/93.01 MORDAZA, 20 de junio de 2000 Vista, la informacion estadistica proporcionada por las Direcciones Generales de Contabilidad del Sector Publico y del Sector Privado, referente al Gobierno Central, los Consejos Transitorios de Administracion Regional, Organismos Descentralizados Autonomos, Gobiernos Locales, Instituciones Publicas Descentralizadas, Sociedades de Beneficencia Publica y Empresas del Estado que han cumplido con la MORDAZA de los Estados Financieros y Presupuestarios para la elaboracion de la Cuenta General de la Republica 1999, y las que se encuentran omisas a dicha presentacion. CONSIDERANDO: Que, el Art. 7º de la Ley Nº 24680 del Sistema Nacional de Contabilidad, senala, entre otras funciones de la Contaduria Publica de la Nacion, la de elaborar la Cuenta General de la Republica; Que, la Ley Nº 26484 MORDAZA del MORDAZA de la Cuenta General de la Republica, senala el 31 de marzo como fecha de termino de MORDAZA de la informacion financiera y presupuestaria par las entidades de la Gestion Gubernamental y Empresarial del Estado, para la elaboracion de la Cuenta General de la Republica; Que, al vencimiento de los plazos para la MORDAZA de la informacion requerida para la Cuenta General de la Republica correspondiente al ejercicio 1999; de 2301 Entidades y Empresas del Estado que constituyen el universo de la Gestion Gubernamental y Empresarial del Estado, solo han cumplido con la referida obligacion 1637 Entidades que