Norma Legal Oficial del día 27 de septiembre del año 1998 (27/09/1998)


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MORDAZA, MORDAZA 27 de sekmhrc dc 1998

fines correspondientes, por lo tanto, son contabilizadas l ' entiendase los criterios de vinculacion conforme a los termipara el cum limiento de la Cuota Individual. / 1nos y alcances establecidos en la Resolucion SBS N" 001-98. 5.4 Imp Pementacion del sistema D Para los casos en que se apliquen cuotas individuales no transferibles, estas se otorgaran en funcion de la capa5.4.1 Declaracion de Pesqueria sujeta a CIPs cidad potencial extractiva anual expresada como volumen total de captura. Las condiciones y caracteristicas de las pesquerias sujegl Las autorizaciones de incremento de flota y permisos tas al Sistema de Cuotas Individuales, son establecidas en de pesca con su correspondiente cuota individual, se otorgala MORDAZA que incorpora las especies al Sistema de Ordenaran hasta llegar al 90% de la CTP para cualquiera de los miento mediante Cuotas Individuales de Pesca. criterios de asignacion a que se refiere el numera1 5.5 La MORDAZA en mencion debe especificar, entre otros, la hl Transferibilidad: modalidad de asignacion de las cuotas individuales, su transferibilidad o no, las caracteristicas de la flota pesquera Se presentan las siguientes opciones para la transfereny de los artes de pesca, el numero de participaciones en la cia de las Cuotas Individuales, las cuales tienen que ser captura, la forma de determinar la captura total permisible especificamente senaladas en la MORDAZA que incorpora cada pesqueria en el Plan de Ordenamiento: o el limite de explotacion periodico, las temporadas de pesca, medidas biologicas especiales, zonas de proteccion o prohibidas para la realizacion de actividades pesqueras y otras 1. No transferibles, salvo en el caso de cambio de titular que se requiera para la mejor implementacion del sistema. de la embarcacion pesquera a la cual se asigno la cuota de Dicha MORDAZA considerara las obligaciones de los armacaptura. dores para la proteccion de las especies ye1 medio ambiente, 2. Son totalmente transferibles, independientemente de la titularidad de la embarcacion que origino el derecho. asi como las disposiciones que deban cumplir respecto a las 3. El Ministerio de Pesqueria creara mecanismos para faenas de pesca. garantizar la adecuada transferibilidad. 5.4.2 Periodo para el inicio del sistema il Reversion al Ministerio de Pesqueria, por: Una vez incluido un recurso en el Sistema de Cuotas Individuales, este debera ser implementado en el periodo 1. Contravenir el limite de agregacion de participaciororrespondiente ala siguiente temporada de pesca o el que nes para cada empresa o grupo. senale la MORDAZA respectiva. 2. Ser transferida en contravencion a las normas establecidas. 3. Extraccion del recurso en mayor cantidad que la 5.4.3 Cronograma de implementacion permitida por la cuota individual, salvo autorizacion de caracter general otorgada por el Ministerio de Pesqueria. La aplicacion del Sistema de Cuotas Individuales a una 4. No ejercer la actividad pesquera durante la temdeterminada especie o pesqueria debe seguir el siguiente porada de pesca o capturar durante la temporada de cronograma, en cuanto sea aplicable: pesca menos del 15% de la cuota individual, salvo disposicion contraria de la MORDAZA que incorpore determinada 5.431 Asignacion de Cuotas a los actuales armadores pesqueria. participantes o los que hayan realizado faenas de exploracion y pesca experimental. j> Las Cuotas Individuales Pesqueras (CIPsl son indivi5.4.3.2 Asignacion de Cuotas a los nuevos participansibles y se expresan como "Acciones de Participacion", que tes. es la unidad que define la cuota y la asignacion de la misma. 5.4.3.3 Pago de derechos. El numero de participaciones para cada pesqueria se esta5.4.3.4 Inicio de la temporada de pesca. blece en la MORDAZA de inclusion de la especie o recurso en el Sistema de Ordenamiento por Cuotas Individuales. 54.4 Cambios en el sistema Teniendo presente que la estabilidad del regimen de manejo es la mejor garantia para el adecuado desarrollo de la pesqueria y su sostenihilidad en el tiempo, ademas de la conservacion de los recursos pesqueros, es conveniente senalar la posibilidad de cambios en el sistema de ordenamiento por causas tecnicas. economicas 0 sociales que sobrevengan en el futuro, sin embargo, cualquier modificacion del regimen aplicable a la pesqueria de que se trate debera ser coordinado con los poseedores de cuotas individuales. 5.4 Caracteristicas de las cuotas individuales a) Durante su vigencia generan el derecho para capturar y comercializar un volumen determinado de la Cuota Total Permisible o del potencial de captura que se establezca para las especies correspondientes. h) Como resultado de aplicar la CIP a la CTP que establezca el Ministerio de Pesqueria con base a las recomendaciones del IMARPE, los volumenes de extraccion correspondientes a la participacion de cada armador, son automaticamente asignados por cada temporada de pesca, siempre que se cumpla con el pago de derechos de pesca, las obligaciones que se senalen en este Plan y en la MORDAZA que regule el acceso a la pesqueria de la especie objetivo. cl En el caso de nuevas embarcaciones, el permiso de pesca implica la obtencion del CIP correspondiente y se aplicara para la temporada de pesca en la cual se otorgue. di Se asignan solo a armadores con embarcaciones pesqueras nacionales. e) Son factibles de agregarse por empresa o grupo empresarial, hasta el 50Cr del total de la Cuota Total Permisible o Potencial de captura establecido en cada temporada de pesca en el caso de las pesquerias o especies en estado inicial de explotacion (inexplotados 1. En el caso de especies ~t~hewdntada.5. SP drtwmina en !I MORDAZA q u e integre la especie o su pesqueria al Sistema de Urdenamiento por Cuotas Individuales. Para la definicion de grupo 5.5 Criterios para la asignacion de Cuotas Individuales de Pesca. 55.1 Asignacion por derechos adquiridos Se asigna entre los que han desarrollado actividades de exploracion y experimentacion conforme a Ley y/o desarrollado una capacidad extractiva del recurso. El numero de acciones de participacion se asigna entre los armadores en forma proporcional a la capacidad extractiva anual y antiguedad de la embarcacion, salvo que la MORDAZA de incorporacion de la especie objeto considere otros factores. 5.5.2 Asignacion por concurso Consiste en asignar todas o parte de las acciones de participacion mediante concurso publico de ofertas en las condiciones que senalen las bases aprobadas por disposicion expresa del Ministerio de Pesqueria. 5.5.3 Otros tipos de asignacion Puede establecerse otros tipos de asignacion de las participaciones en la explotacion de los recursos dependiendo de las caracteristicas de su pesqueria. 55.4 Asignacion mixta Consiste en asignar las participaciones mediante dos o mas criterios, estableciendo el porcentaje de las mismas que sera otorgado con cada modalidad. 5.6 Capacidad de extraccion por temporadas de pesca. Previo al establecimiento del Sistema de Ordenamiento por Cuotas Individuales, se determinara el nivel de extraccion ya sea como Cuota Total de Captura (CTP) o el Potencial de extraccion, para lo cual se procedera a evaluar al recurso y calcular los parametros de captura

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