Norma Legal Oficial del día 27 de septiembre del año 1998 (27/09/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, MORDAZA 27 de setiemhrc de 1998

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objetivos de regulacion del esfuerzo necesario para asegurar pesquerias sostenibles y el aprovechamiento eficiente de los recursos pesqueros que son patrimonio de la Nacibn.
3.2 Base Legal

te MORDAZA y las complementarias que incorporen pesquerias especificas a este Plan de Ordenamiento, 1.2 De las pesquerias Las pesquerias de recursos subexplotados son aquellas realizadas sobre aquellos que no estan explotados a su MORDAZA rendimiento y en los cuales se considera que existe la capacidad para mantener un nivel de explotacion superior al que realiza la pesqueria. La evaluacion de su rendimiento debe ser una actividad continua que sustente el mantenerlas en dicha calificacion. Deja de ser especie subexplotada aquella que en el periodo anterior al periodo de evaluacion registro niveles de explotacion iguales o superiores a los del MORDAZA rendimiento que fuera determinado para su calificacion como subexplotada. Las evaluaciones de rendimiento deben tener presente el rol de las especies en el ecosistema, siendo necesario que el incremento en la extraccion no coloque en situacion de riesgo a las especies y pesquerias que estan ligadas a la especie explotada. Cuando un recurso es declarado en estado de plena explotacion o sobreexplotacion se aplicaran las normas referentes a estos estados contenidas en el Reglamento de la Ley General de Pesca y en el Decreto Supremo N" OlO-97-PE. 1.3 Del Sistema de Cuotas Individuales

- Constitucion Politica del Peru. - Ley para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales - Ley N" 26821 - Ley General de Pesca - Decreto Ley N" 25977 - Reglamento de la Ley General de Pesca - Decreto Supremo N". Ol-94-PE - Decreto Supremo N" OlO-97-PE. 4. ESPECIES OBJETO DEL PLAN DE OBDENAMIENTO Las especies hidrobiologicas sujetas a lapresentenorma son aquellas que han sido identificadas y evaluadas mediante investigacion biologica pesquera, complementaria a las operaciones de pesca exploratoria y experimental, como capaces de sostener explotacion de nivel comercial y para las cuales hay un interes empresarial en desarrollar su pesqueria. Los recursos hidrobiologicos que son incorporados a este regimen tambien pueden ser los denominados de oportunidad o altamente migratorios conforme se senala en el Reglamento de la Ley General de Pesca, que no esten sujetas a planes de ordenamiento especifico.

La forma tradicional de ordenamiento pesquero restringe el acceso a la explotacion de los recursos hidrobiologicos mediante permisos de pesca que se otorgan a los armadores 4.1 Pesquerias en desarrollo inicial de las embarcaciones pesqueras que los autorizan para extraer determinados recursos en cantidades y condiciones Son aquellas en las cuales existe al menos una unidad que estan relacionadas con la produccion biologica de los pesquera en capacidad de explotar el recurso senalado. recursos. Para este fin se establece un limite en la extraccion basado en el MORDAZA rendimiento sostenido del stock 4.2 Incorporacion de especies u otra metodologia de calculo semejante y que es traducido en la practica como la Cuota Total Permisible ICTP); sin De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 26" del embargo, dado que se crea una competencia entre los ' 1Reglamento de la Ley General de Pesca, los requisitos y armadores para individualmente obtener la mayor propor- l ,:ondiciones generales del regimen de acceso para el Sistecion que les sea posible de las CTPs, el resultado son ma de Cuotas Individuales de Pesca se senalan en el temporadas de pesca cada vez mas cortas con frecuentes presente Plan de Ordenamiento. vedas y el peligro inminente de agotar el recurso y colapsar La inclusion de los recursos hidrobiologicos que requieiologicos requiela pesqueria. ran ser considerados en explotacion dentro 1 del Sistema de del Sistema Como una medida de manejo eficaz que permite racionaCuotas Individuales se realizara mediante MORDAZA especftilizar el esfuerzo pesquero, se esta empleando con exito en enalar adeca del Ministerio de Pesqueria, la cual podra senalar adediversas pesquerias del exterior, el Sistema de Cuotas mas las condiciones comnlementarias que regiran para Individuales de Pesca (CIPs), las cuales pueden ser Cuotas cada pesqueria. Individuales de Pesca o Cuotas Individuales de Pesca Transferibles. 4.3 Pesca incidental En un Sistema de Cuotas Individuales se asigna al inicio a los armadores pesqueros un determinado porcentaLa captura incidental de especies de la fauna acomje de la Captura Total Permisible (CTP). Esta cuota reprepanante de las especies-objeto en explotacion mediante MORDAZA el derecho de pescar una cantidad de las CTPs que se el presente Sistema de Ordenamiento MORDAZA contabiliestablezcan en el futuro para cada temporada o periodo de zadas dentro de la cuota individual asignada para ser pesca de la especie o especies autorizadas. extraidas de manera de no causar detrimento del ecosisCuando las cuotas individuales son transferibles puetema marino. den ser comercializadas en el MORDAZA a voluntad de sus Es prohibido arrojar al mar o descartar la captura tanto propietarios, siendo el propio MORDAZA el que determina su de las especies objetivo de la actividad pesquera como de la valor, pudiendo establecerse, entre otras, normas que prespesca incidental. criban que dichas transferencias solo se efectuan entre agentes economicos del sector. 5. EL SISTEMA DE ORDENAMIENTO 2. OBJETIVOS DEL PLAN DE ORDENAMIENTO Establecer las bases del Sistema de Cuotas Individuales de Pesca (CIPsl para la extraccion de recursos subexplotados e inexplotados con la finalidad de acelerar el desarrollo de sus pesquerias garantizando la sostenibilidad de los mismos en el largo plazo. Este sistema proporcionara los principios y derechos que permitan a los participantes de las pesquerias dimensionar el esfuerzo pesquero en forma adecuada ala capacidad de produccion biologica del recurso en explotacion. A su vez, promocionara las inversiones que se dirijan hacia estas pesquerias al evitar el crecimiento desordenado de las mismas con recursos economicos y sociales de magnitudes mayores a la capacidad productiva de las especies biologicas. 3. BASES TECNICAS Y LEGALES 3.1 Base Tecnica El Sistema de Cuotas Individuales elimina la necesidad de la llamada MORDAZA individual por la extraccion que incrementa el esfuerzo pesquero por parte de los extractores de recursos hidrobiologicos y, por tanto, cumple con los 5.1 Regimen de acceso El acceso a las pesquerias comprendidas dentro del Sistema de Cuotas Individuales se obtiene mediante un permiso de pesca especifico en el cual se senalara la especie y cuota individual de captura y estara vigente en tanto se cumpla con el pago de los derechos de pesca correspondientes.
5.2 De la flota

El presente Plan de Ordenamiento Pesquero es aplicable a los barcos de bandera nacional de mayor escala. 5.3 MORDAZA geografica de aplicacion La MORDAZA que incorpora a las especies en el Sistema de Ordenamiento mediante Cuotas Individuales de Pesca, determinara el ambito geografico de aplicacion, el mismo que no podra considerar la MORDAZA de reserva para la pesca artesanal. Las capturas realizadas mas alla de las 200 millas son consideradas como realizadas en aguas nacionales para los

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