Norma Legal Oficial del día 04 de enero del año 1998 (04/01/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

Lha, MORDAZA 4 dr enero dc 1998
79 Av. MORDAZA Duarez 1690 80 Av. MORDAZA Duarez 2196 3 81 Av. MORDAZA Duarez 2298 82 Av. MORDAZA Duarez 2620 2 83 Av. MORDAZA Duarez 3090 84 Av. MORDAZA Duarez 33 85 saco Oliveros 104 86 Jr. Melchw deTalumantes 137 6 87 MORDAZA Angula 2600 88 MORDAZA MORDAZA 2600 89 MORDAZA MORDAZA 275 9 90 MORDAZA MORDAZA 2610 91 MORDAZA MORDAZA 2578 92 Jr. Ncdas MORDAZA 189 93 Jr. lca 976 94 Av. MORDAZA Me~ggs 1075 95 Jr. MORDAZA del MORDAZA 1165 96 MORDAZA Pinon 2427 97 MORDAZA Pifion 2441 98 MORDAZA Pinon 2492 99 MORDAZA Pinon 2455 9 100 MORDAZA Pinon 2500 MORDAZA Pinon 2500A 102 MORDAZA Pinon 2530-A 103 MORDAZA Pinon 2540-A 101 104 MORDAZA Pinon 2540-A 105 MORDAZA Pinon 2540-A 106 Unidad UPC Mrones 107 Unidad UPC MIrones 108 Unidad UPC Mirones 109 Unidad U P C MIrones 1 1 0 Unidad UPC Mirones 111 Av.Victor Sorta Block 52-112 I l 2 Av MORDAZA MORDAZA 1 3 113 MORDAZA MORDAZA yGarcia 2259 114 MORDAZA MORDAZA yGarcia 2261 115 MORDAZA GarciayGarcia 2245 116 117 118 119 120 0 121 122 123 Unidad UPC Mirones Unidad UPC Mirones Unidad UPC Mirones Unidad UPC Mirones MORDAZA Brayle 1480 MORDAZA Brayle 1560 MORDAZA Brayle 1560 MORDAZA Brayle 1560 DG-3452 CG-9562 Al-1639 PQ-1319 IG-5647 PG-4105 S/P BC-4928 ECPG-6140 Ll-6234 Al-7158 SG-5122 PI-5795 HG.4348 IG-8337 EG-2577 QG-3580 tia-9495 BG-2436 0.2-1684 HG.7259 RG-2274 Cl-6812 HG-8609 Cl-T70 PO-5081 AG-1617 Gl-2727 EG-7674 FQ-8464 AG-1780 KG.3217 io-3749 IG-9358 JI-1660 HI-7636 CC&2538 BQ-1 172 HG.6827 AL-6447 RGO-599 HG.3216 DF-3465 HI-3042 Volkswagen MORDAZA Gris Datsun Volkswagen MORDAZA MORDAZA Dodge Hillman MORDAZA Volkswagen Aojo MORDAZA Dodge Chevro!-?t Marron Volkswagen MORDAZA Toyota Toyota wmarca HiIIman Ford Opel Chevrolel Ford Chevrolet MORDAZA MORDAZA Ama& MORDAZA MORDAZA MORDAZA Plomo MORDAZA
MORDAZA

e[wb P a g . 156193
mia politica y administrativa en los asuntos de su compeencia; Que, el Concejo Municipal cumple con su funcion normativa, entre otros instrumentos, a traves de las 3rdenanzas Municipales, las cuales de conformidad con loprevistoenel Art. 200"Inc. 4)de laConstitucion, tienen rango de Ley; Que, por Edicto No 178-93/MLM, se MORDAZA el otorgamiento de las Licencias Especiales y a la Venta de Bebidas Alcoholicas precisandose las actividades afectas a la menrionada licencia y las tasas apagar mensualmente y que, esta Corporacion mediante el D.A. N" 07-94-DA/MDB, dispuso la aplicacion en la jurisdiccion del distrito de las disposiciones contenidas en el Edicto precitado, concordante con el D. A. N" 06-95MDB; Que, dada la naturaleza de esta actividad comercial en el Articulo 4"del mencionado Edicto se precisa con detalle los establecimientos, tipos de actividad y condiciones en los cuales resulta factible autorizarse el expendio al publico de bebidas alcoholicas; Que, se ha comprobado que en la jurisdiccion de esta Municipalidad, existen numerosos establecimientos de 'distinto giro, tales como bodegas, tiendas de abarrotes, panaderias y otros, que irregular e Indebidamente han obtenido autorizacion para la venta directa al publico de bebidas alcoholicas, y en base a ello lo vienen haciendo. incluso permitiendo el consumo en el interior de las mismas y en algunos casos, despues de las 23.00 horas; Que, es funcion municipal otorgar licencias de funcionamiento a los locales comerciales y controlar su funcionamiento, de conformidad con la normatividad vigente, y ante la MORDAZA queja de los vecinos, resulta imprescindibledictarmedidascorrectivasafindenodesnaturalizar la esencia del Edicto N" 178.93-MLM; De conformidad a lo expuesto y lo previsto en los Articulos 10" inciso 4), 36" inciso 3~ y 109" de la Ley Organica de Municipalidades N" 23853. por UNANIMIDAD del Pleno se aprueba la siguiente: OR.DENANi?X Articulo Primero.- DEJAR sin efecto y sin valoi legal las Licencias Especiales para la venta de Bebidas Alcoholicas, a aquellos giros dedicados a bodega, tienda de abarrotes, panaderia, entre otros, no comprendidos espe.cificamente dentro del MORDAZA de actividades, que precisa el Articulo 4" del Edicto N" 178-93.MLM; de igual forma las Licencias Especiales para el Funcionamiento despues de las 23.00 horas de los establecimientos anteriormente indicados. Articulo Segundo.- PROHIBIR el otorgamientoyi' o renovacion de Licencia Especial para la venta de Bebidas Alcoholicas y para el funcionamiento despues de las 23.00 horas, a los establecimientos comerciales dedicados al giro de bodega, tienda de abarrotes, pananderia y pasteleria u otros establecimientos comerciales no comprendidos en el Articulo 4" del Edicto N° 178-93-MLM. Articulo Tercero.- PROHIBIR en la jurisdiccion del, distrito de Brena el consumo de Bebidas Alcoholicas en la via publica, vehiculos o en lugares no autorizados especificamente por el Edicto N" 178-93-MLM Articulo Cuarto.- ESTABLECER: como sancion; en caso de infringir lo dispuesto en el Articulo Tercero de la presente Ordenanza: El comiso de las Bebidas Alcoholicas, sin perjuicio de la imposicion de multa equivalente al 10% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para los consumidores en via publica y otros establecimientos; y, de 20% de la UIT en caso de consumidores en vehiculos. La imposicion de la multa podra efectuarse al conductor del vehiculo y en caso de no poder individualizarse se impondra al propietario cuya placa registre. Articulo Quinto.- ENCARGAR a las Oficinas de Rentas, de Administracion y a la Direccion de Servicios

MORDAZA Crema

Hillman MORDAZA Volkswagen R OJO Chevrolet Negro Volkswagen MORDAZA Opel Fiat Fiat Dalhalsu Fiat Chevrolel Fiat Toyota Toyota Dodge Negro
Gris

l

Guinda Anaranjado Anaranjado Guinda MORDAZA Marron

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Toyota Chevrolet Negro Volkswagen MORDAZA Fiat MORDAZA MORDAZA Manzon Manzon PLomo MORDAZA Fiat Desconoci A z u l Volkswagen MORDAZA Ford MORDAZA Fiat Taurus Plomo Crema

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0021

Dejan sin efecto licencias especiales para la venta de bebidas alcoholicas de establecimientos cuyos giros MORDAZA de bodega, tienda de abarrotes, panaderia y otros
ORDENANZA N°006-97/MDB Brena, 31 de diciembre de 1997 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE BRENA POR CUANTO: En Sesion Extraordinaria de la fecha, con dispensa del tramite de aprobacion del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el Articulo 191"de la Constitucion Politica del Estado, las Municipalidades tienen autono-