Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2020 (17/11/2020)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 20

20

NORMAS LEGALES

Martes 17 de noviembre de 2020 /

El Peruano

lineamientos y otros documentos afines, emitidos y suscritos por la referida Unidad Ejecutora, así como en la normativa vigente sobre la materia, para efectuar el desembolso solicitado en el mencionado Informe Técnico Legal; Que, asimismo, con el citado Informe Técnico Legal, la Jefa (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto cumple con el informe favorable requerido por la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; Que, finalmente, mediante el citado Informe Técnico Legal, los responsables de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, ratifican el cumplimiento de todos los aspectos técnicos, presupuestales y legales exigidos para efectuar el otorgamiento de la subvención a una persona jurídica privada, para cofinanciar el proyecto señalado en el referido Informe Técnico Legal, así como en el contrato (incluida su vigencia), y en la normativa vigente sobre la materia; Con la visación de la Secretaria General (e), de la Jefa (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y del Jefe (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, del Director Ejecutivo (e) y del Responsable de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e

Innovación Tecnológica, Ley N° 30806, Ley que Modifica diversos artículos de la Ley N° 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica y de la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC), Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, Decreto Supremo N° 026-2014PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC, Resolución de Presidencia Nº 156-2018-CONCYTEC-P, que aprueba la Directiva N° 003-2018-CONCYTEC-OGPP, "Disposiciones para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones en el marco de lo dispuesto en la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016", y sus modificatorias efectuadas mediante Resoluciones de Presidencia N° 092-2019-CONCYTEC-P y 038-2020-CONCYTEC-P, y la Resolución de Presidencia N° 116-2018-CONCYTEC-P; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el otorgamiento de la subvención a una persona jurídica privada, por la suma total de S/ 272,778.00 (Doscientos Setenta y Dos Mil Setecientos Setenta y Ocho y 00/100 Soles), en el marco de lo dispuesto por el Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, conforme a lo siguiente: Monto Total del N° de Convenio o desembolso en Contrato Soles S/
111-2020 272,778.00 272,778.00



Tipo
Subvenciones a personas jurídicas

Proyecto

Denominación
Implementación y validación de un panel de test moleculares rápidos y de bajo costo para el diagnóstico de SARS-CoV-2 sin RT-PCR TOTAL

Institución

1

Proyecto

Universidad Peruana Cayetano Heredia

Artículo 2.- Notificar la presente Resolución a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC, a la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, a la Oficina General de Administración del CONCYTEC, a la Dirección Ejecutiva de la Unidad Ejecutora FONDECYT y a la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, para su conocimiento y fines pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del CONCYTEC, en la fecha de publicación de la Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. ANMARY GUISELA NARCISO SALAZAR Presidenta (e) 1903623-1

GOBIERNOS REGIONALES

POR CUANTO: El Consejo Regional de La Libertad; de conformidad con lo previsto en los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú; Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, y demás normas complementarias. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD; ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: En Sesión Ordinaria Virtual de fecha 02 de junio del 2020, VISTO Y DEBATIDO el Oficio N° 039 -2020GRLL/CRRYLP, suscrito por el Consejero Regional por la provincia de Trujillo, Dr. Raúl Yván Lozano Peralta, que contiene el Proyecto de Ordenanza Regional sometido a debate con dispensa de los informes técnicos y legales y del dictamen de Comisión respectivo, por tratarse de una cuestión de puro derecho, relativo a "Declarar de Necesidad Pública e Interés Regional la implementación y funcionamiento de las Ferias Agropecuarias Itinerantes de productores en las diversas provincias y distritos del Departamento de La Libertad, en el marco de la pandemia del coronavirus (COVID-19); y;

GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD
Ordenanza Regional que declara de Necesidad Pública e Interés Regional la implementación y funcionamiento de las Ferias Agropecuarias Itinerantes de productores en las diversas provincias y distritos del Departamento de La Libertad, en el marco de la pandemia del coronavirus (COVID-19)
ORDENANZA REGIONAL N° 006-2020-GRLL/CR EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD