Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2020 (17/11/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Martes 17 de noviembre de 2020

NORMAS LEGALES

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y/o privado, en función de la política nacional de desarrollo; y, goza de autonomía técnica, económica, presupuestal y administrativa; Que, el artículo 46 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y sus modificatorias, incluye a la Modernización de la Gestión Pública como uno de los Sistemas Administrativos de aplicación nacional a fin de promover la eficacia y eficiencia en el uso de los recursos en las entidades de la administración pública; Que, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado y sus modificatorias, declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, el artículo 4 de la citada Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía; Que, el artículo 5 de la Ley N° 27658, modificado por el Decreto Legislativo N° 1446, establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado se sustenta fundamentalmente entre otras, en las acciones para mejorar la calidad de la prestación de bienes y servicios, lograr mayor eficacia y eficiencia en el logro de los objetivos; Que, el literal b) del numeral 4.1 del artículo 4 del Reglamento del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, aprobado con Decreto Supremo N° 123-2018-PCM, establece que se crea valor público cuando se optimiza la gestión interna a través de un uso más eficiente y productivo de los recursos públicos para directa o indirectamente, satisfacer las necesidades y expectativas de las personas, generando beneficios a la sociedad; Que, en esa línea, el artículo 5 del referido Reglamento del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, señala que las entidades públicas aplican la gestión para resultados como un modelo de gestión que permite identificar y adoptar decisiones sobre todos aquellos aspectos que contribuyan a la creación de valor público; Que, el literal g) del numeral 7.1 del artículo 7 señala que la gestión por procesos tiene como como propósito organizar, dirigir y controlar las actividades de trabajo de una entidad pública de manera transversal a las diferentes unidades de organización, para contribuir con el logro de los objetivos institucionales; Que, la Norma Técnica Nº 001-2018-SGP, Norma Técnica para la implementación de la gestión por procesos en las entidades de la administración pública, aprobada con Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 0062018-PCM/SGP, tiene por finalidad poner a disposición de las entidades de la administración pública disposiciones técnicas para la implementación de la gestión por procesos, como herramienta de gestión que contribuye con el cumplimiento de los objetivos institucionales y en consecuencia, un impacto positivo en el bienestar de la ciudadanía; en ese sentido, la Norma Técnica Nº 0012018-SGP contempla disposiciones específicas para la implementación de la gestión por procesos, y para la elaboración de los procedimientos que conforman el Manual de Procedimientos (MAPRO); Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 059-2020/APCI-DE se dispuso aprobar el Mapa de Procesos a Nivel 0 de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional ­ APCI y su Anexo Listado de Procesos a Nivel 01, 02 y 03; Que, los procesos incluidos en el Mapa de Procesos a nivel 0 aprobado por Resolución Directoral Ejecutiva Nº 059-2020/APCI-DE está sujeto a revisión permanente en aplicación del enfoque de mejora continua que integra la gestión por procesos, impulsada por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la APCI con la participación de los dueños del proceso (órganos responsables); Que, en atención a lo señalado, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 091-2020/APCI-DE de fecha 13 de noviembre de 2020 se aprobó el Inventario del Proceso M03 Administración de la Cooperación Técnica

Internacional, a Nivel 0, 1, 2 y 3; así como, treinta y seis (36) Fichas Técnicas de Procesos, veinticinco (25) Fichas de Procedimientos y sus respectivos Diagramas, correspondientes al Proceso M03 Administración de la Cooperación Técnica Internacional, a Nivel 0, 1, 2 y 3, que conforman el Mapa de Procedimientos (MAPRO) de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional ­ APCI; Que, respecto al Proceso M03.02.01 Emisión Certificado de Conformidad de Ingreso al País de Ropa y Calzado Usados y Donados, corresponde indicar que mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 099-2010/ APCI-DE de fecha 29 de octubre de 2010 se aprobó la "Directiva que establece el procedimiento para la emisión del Certificado de Conformidad del ingreso al país de ropa y calzado usados donados provenientes del exterior a favor de las ENIEX, ONGD e IPREDA y las destinadas a entidades públicas con excepción de las empresas públicas"; Que, asimismo, a través de la Resolución Directoral Ejecutiva Nº 088-2011/APCI-DE de fecha 02 de septiembre de 2011 se aprobó el Manual de Procedimiento "Emisión de Certificado de Conformidad del Ingreso de Donaciones de Ropa y Calzado Usados Donados" y sus documentos adjuntos; Que, mediante Informe Nº 194-2020/APCI-OAJ del 12 de noviembre de 2020, la Oficina de Asesoría Jurídica (OAJ) de la APCI señala que la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General ha sido modificada, entre otros dispositivos, mediante el Decreto Legislativo Nº 1272, publicado el 21 de diciembre de 2016 en el diario oficial El Peruano, a efectos de optimizar la regulación de los principios del procedimiento administrativo, entre otras medidas; así como a través del Decreto Legislativo Nº 1452, publicado el 16 de setiembre de 2018 en el diario oficial El Peruano, con el fin de simplificar trámites administrativos; Que, asimismo, con el Decreto Legislativo Nº 1310, publicado el 30 de diciembre de 2016 en el diario oficial El Peruano, se aprueban medidas adicionales de simplificación administrativa, estableciendo la obligación de que las entidades del Poder Ejecutivo realicen un Análisis de Calidad Regulatoria (ACR) de los procedimientos administrativos establecidos en disposiciones normativas de alcance general, a fin de identificar, eliminar y/o simplificar aquellos que resulten innecesarios, ineficaces, injustificados, desproporcionados, redundantes o no se encuentren adecuados a la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General o a las normas con rango de ley que les sirven de sustento; Que, como resultado del ACR, mediante Decreto Supremo Nº 130-2018-PCM publicado el 28 de diciembre de 2018 en el Diario Oficial El Peruano, sustentado en el Informe Nº 002-2018-CCR-ST de la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria, se ratificaron cinco (05) procedimientos administrativos contenidos en el TUPA de la APCI, de los cuales un (01) procedimiento administrativo requería de una medida simplificadora; se eliminaron cinco (05) procedimientos administrativos del TUPA de la APCI; y, se identificaron oportunidades de mejora del marco normativo sobre dos (02) procedimientos administrativos no contenidos en el TUPA de la APCI; Que, en ese sentido, a través de su Informe N° 194-2020-APCI/OAJ la OAJ de la APCI indica que (i) el procedimiento administrativo de "Certificado de conformidad del ingreso al país de ropa y calzado usados donados provenientes del exterior a favor de las ENIEX, ONGD e IPREDA y las destinas a entidades públicas con excepción de las empresas públicas" ha sido modificado por el precitado marco normativo; y, (ii) que las fichas técnicas de procesos y procedimientos, así como sus respectivos diagramas del Proceso M03.02.01 Emisión Certificado de Conformidad de Ingreso al País de Ropa y Calzado Usados y Donados han sido elaborados considerando la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y modificatorias, y demás normas conexas; Que, en tanto el marco normativo que sustenta la "Directiva que establece el procedimiento para la emisión del Certificado de Conformidad del ingreso al país de ropa y calzado usados donados provenientes del exterior a favor de las ENIEX, ONGD e IPREDA y las destinadas a entidades públicas con excepción de las empresas públicas" y el Manual de Procedimiento "Emisión de