Norma Legal Oficial del día 28 de octubre del año 2019 (28/10/2019)


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NORMAS LEGALES

Lunes 28 de octubre de 2019 /

El Peruano

distritos el factor de actualización de 1.0395, establecida en la Resolución Directoral Nº006-2019- VIVIENDA/ VMVU-DGPRVU. Que, mediante Informe Nº 61-2019-RC/GRPPAT/ OAT-LCMM de fecha 18 de octubre de 2019, se informa de un Taller de Coordinación para la aprobación de los planos prediales que contienen los valores arancelarios de la jurisdicción del Gobierno Regional del Callao, convocada por el Director General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo mediante Oficio Múltiple Nº 013-2019-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU de fecha 04 de setiembre de 2019; producto del mencionado taller de coordinación y luego de ser levantadas las observaciones e incorporadas las sugerencias propuestas a los valores arancelarios elaborados por el Área de Valores de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento- MVCS; se suscribió el Acta de Conformidad Nº 18-2019- VIVIENDA/ VMVU/DGPRVU, de los planos prediales con los Valores Arancelarios de los siete (07) distritos de la Provincia Constitucional del Callao, para ser aprobados por el Gobierno Regional del Callao. Que, asimismo, se señala que el 17 de octubre de 2019, se recepciona el Oficio Múltiple Nº 016-2019-VIVIENDA/ VMVU-DGPRVU, emitida por la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento de fecha 15 de octubre de 2019, con los planos prediales en un DVD. El MVCS, solicita que dichos planos sean aprobados por el Gobierno Regional y el envío a dicha Dirección General, la Resolución de aprobación, así como los correspondientes planos prediales de valores arancelarios debidamente firmados y con el número de resolución correspondiente, en versión digital y/o impreso en tamaño A-0 o A-1. Que, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial -GRPPAT, mediante Informe Nº 744-2019-REGION CALLAO/ GRPPAT, de fecha 18 de octubre de 2019, hace suyo el Informe Nº 61-2019-REGION CALLAO/GRPPAT/ OAT/LCMM, de 18 de octubre del 2019 emitido por la Especialista de la Oficina de Acondicionamiento Territorial, que sugiere se proceda a la aprobación con Resolución Ejecutiva Regional de los Valores Arancelarios de los planos (láminas) prediales formulados por la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, correspondiente a los distritos de la Provincia Constitucional del Callao, así como a la firma por parte del señor Gobernador Regional de los planos citados en un (01) juego original de dieciocho (18) planos. Que, los valores arancelarios de los planos prediales son un componente importantísimo del impuesto predial, de recaudación, administración y fiscalización de los gobiernos locales, cuya aprobación es competencia del Gobierno Regional del Callao en la jurisdicción de la Provincia Constitucional del Callao. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional del callao, el Artículo noveno de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 000322 del 14 de agosto de 2018 y con las visaciones de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y la Gerencia de Asesoría Jurídica. SE RESUELVE: Artículo Primero.APROBAR, los valores arancelarios de los planos prediales de los distritos de la Provincia Constitucional del Callao, vigentes para el ejercicio fiscal 2020, que se detallan a continuación: - Con inspección ocular - Callao (Cercado): Láminas A17, B17, B18, B19, B20, B21, B22, C18 y C19 - Ventanilla: Láminas A25, A26, B22, B23, B24, B25, B26, C23, y C24.

- Bellavista: Láminas B17, C17 y C18 - Mi Perú: B25 - Carmen de la Legua Reynoso: Lámina C18 - Sin inspección ocular - La Punta: Lámina A17 - La Perla: Láminas B17 y C17 Artículo Segundo.- DISPONER, se remita la presente Resolución en copia certificada y los planos prediales escaneados debidamente sellados y suscritos en un DVD, a la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Artículo Tercero.- DISPONER, se remita la presente Resolución y anexos en copia certificada a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional del Callao. Artículo Cuarto.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, Diario de Circulación Regional y en el Portal Web Institucional del Gobierno Regional del Callao la Resolución y los planos. Regístrese y comuníquese. DANTE MANDRIOTTI CASTRO Gobernador 1820889-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA
Modifican la Ordenanza N° 268-2017/MLV y aprueban procedimientos administrativos gratuitos de la Subgerencia de Comercio Informal y Mercados
ORDENANZA N° 327-MLV La Victoria, 18 de octubre de 2019. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA; VISTOS: en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 18 de octubre de 2019, el Dictamen Conjunto Nº 027-2019-CPPAL-CSATDE/MLV emitido por la Comisión de Planificación, Presupuesto y Asuntos Legales y la Comisión de Servicios de Administración Tributaria y Desarrollo Económico; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y sus modificatorias, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972 y que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, en concordancia con la autonomía política que gozan las municipalidades, el mismo precepto constitucional ha otorgado expresamente al Concejo Municipal la función normativa en los asuntos de su competencia; la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, dispone en un artículo 40° que las normas municipales son de carácter obligatorio,