Norma Legal Oficial del día 01 de julio del año 2019 (01/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Lunes 1 de julio de 2019 /

El Peruano

General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas, a partir del 1 de julio de 2019. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS AUGUSTO OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas 1784098-1

EDUCACION
Designan Coordinador Logístico de la Unidad de Abastecimiento de la Oficina General de Administración del Programa Nacional de Infraestructura Educativa PRONIED
RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 075-2019 -MINEDU/VMGI-PRONIED Lima, 28 de junio de 2019 VISTO: El Informe N° 1169-2019-MINEDU/VMGI/PRONIED/ OGA-UA, de la Unidad de Abastecimiento, el Memorándum N° 2883-2019-MINEDU/VMGI-PRONIED-OPP, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 487-2019-MINEDU/VMGI-PRONIED-URH, de la Unidad de Recursos Humanos, y; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, se declara prioritaria, de interés nacional y necesidad pública la implementación de un Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, con enfoque de gestión del riesgo de desastres, para la reconstrucción y construcción de la infraestructura pública y viviendas afectadas por desastres naturales con un nivel de emergencia 4 y 5, así como para la implementación de soluciones integrales de prevención, modificada por el Decreto Legislativo N° 1354; Que, el artículo 5 de la Ley 30556, dispone, en el párrafo 5.1, que la totalidad de los recursos económicos que se requieran para la implementación de los componentes del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios financiados con cargo al Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), y en el párrafo 5.4, que dicha incorporación de recursos, en el caso de entidades de Gobierno Nacional, se aprueba mediante Decreto Supremo; Que, a través del Decreto Legislativo N° 1057, modificado por la Ley N° 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del régimen especial del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga derechos laborales, define el Contrato Administrativo de Servicios como una modalidad de contratación laboral privativa del Estado; Que, por medio de los Oficios N° 120 y 204-2018-MINEDU/VMGI, recibidos por la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios el 13 de julio y 21 de setiembre de 2018, respectivamente, el Viceministro de Gestión Institucional solicita el financiamiento de cinco (05) profesionales bajo la modalidad de personal a través de la Contratación Administrativa de Servicios (CAS), para conformar un equipo especial encargado de la Reconstrucción, que tendría la calidad de personal de confianza para el Ministerio de Educación; Que, para presente ejercicio presupuestal 2019, mediante Oficio N° 320-2019-MINEDU-VMGI-PRONIED de fecha 15 de enero 2019, se solicitó se gestione ante la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios el financiamiento para cinco (05) profesionales bajo la modalidad de contratación de personal de confianza a

través de la Contratación Administrativa de Servicios (CAS), Que, en ese sentido, a través del Decreto Supremo N° 029-2019-EF de fecha 31 de enero de 2019, se aprobó la transferencia de partidas para el PRONIED por el monto de S/ 777 804 (Setecientos setenta y siete mil ochocientos cuatro con 00/100 Soles), recursos para el pago del personal CAS de Confianza en el marco del Plan Integral de Reconstrucción con Cambios; Que, mediante el Memorando N° 2883-2019-MINEDU/ VMGI-PRONIED-OPP, del 27 de junio de 2019, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, señala que en el tema estrictamente presupuestal existe una disponibilidad de recursos de hasta S/. 154 386,28 soles; Que, con el Informe N° 1169-2019-MINEDU/VMGI/ PRONIED/OGA-UA, la Unidad de Abastecimiento de la Oficina General de Administración, solicita la contratación de un (01) Coordinador Logístico como cargo de confianza, bajo la modalidad de Contratación Administrativa de Servicios; Que, mediante el Informe N° 487-2019-MINEDU/ VMGI-PRONIED/OGA-URH, del 27 de junio de 2019, la Unidad de Recursos Humanos, indica haber revisado la hoja de vida documentada del profesional propuesto, concluyendo que el mismo cumple con el perfil del puesto señalado; resultando viable se continúe con el trámite de aprobación ante la Dirección Ejecutiva, al contarse con la disponibilidad presupuestal; Con los vistos de la Unidad Gerencial de Reconstrucción frente a Desastres, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina de Asesoría Jurídica, de la Oficina General de Administración, de la Unidad de Abastecimiento, de la Unidad de Recursos Humanos, y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 004-2014-MINEDU y el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Infraestructura Educativa ­ PRONIED, aprobado con Resolución Ministerial N° 034-2016-MINEDU y modificado con Resolución Ministerial N° 341-2017-MINEDU; De conformidad con lo previsto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a partir del 01 de julio de 2019, al señor economista Rómulo Raúl Cerpa Laya, en el cargo de Coordinador Logístico de la Unidad de Abastecimiento de la Oficina General de Administración del Programa Nacional de Infraestructura Educativa ­ PRONIED, en el marco del numeral 8-A.12 del artículo 8-A. de la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios. Artículo 2.- Encargar a la Unidad de Recursos Humanos, adoptar las acciones conducentes para el cumplimiento del párrafo 8-A. 10 del artículo 8-A de la Ley N° 30556, así como, las acciones de personal correspondiente. Artículo 3.- Notificar a la Unidad de Abastecimiento la presente resolución, a fin de realizar las acciones administrativas correspondientes. Artículo 4.- Encargar a la Oficina de Comunicaciones la publicación de la presente resolución en el portal institucional del Programa Nacional de Infraestructura Educativa ­ PRONIED (www.pronied.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ELIZABEHT MILAGROS AÑAÑOS VEGA Directora Ejecutiva Programa Nacional de Infraestructura Educativa PRONIED 1784052-1