Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2019 (14/08/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

Miércoles 14 de agosto de 2019 /

El Peruano

Artículo 1.- Objeto Autorizar una Transferencia Financiera del Pliego 011: Ministerio de Salud, hasta por la suma de S/ 1 569 479,00 (UN MILLÓN QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), a favor del Pliego 445: Gobierno Regional del Departamento de Cajamarca, conforme al detalle contenido en el Anexo 1 que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, destinada a financiar la ejecución del Plan de Acción "Emergencia Sanitaria en los distritos de Jaén y Bellavista, provincia de Jaén, departamento de Cajamarca, por brote de zika y dengue-2019", aprobado con Anexo I del Decreto Supremo N° 019-2019-SA, que comprende los gastos operativos, que como Anexo 2 forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, así como la adquisición de los bienes y servicios que se requieran contratar para enfrentar la emergencia sanitaria detallados en el Anexo II del Decreto Supremo N° 019-2019-SA. Artículo 2.- Financiamiento El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución, se afectará al presupuesto de la Unidad Ejecutora 001: Administración Central ­ MINSA del Pliego 011: Ministerio de Salud, con cargo al Programa Presupuestal 0017. Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis, Producto 3000001. Acciones Comunes, Actividad 5000085: Monitoreo, Supervisión, Evaluación y Control Metaxénicas y Zoonosis, Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios. Artículo 3.- Limitaciones al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo La Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, el Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades, la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria, el Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la Oficina General de Comunicaciones del Pliego 011: Ministerio de Salud, en el ámbito de sus competencias, son responsables del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para los cuales se realiza la presente transferencia, en el marco de lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019. Artículo 5.- Información 5.1 El Pliego Gobierno Regional del Departamento Cajamarca informará al Ministerio de Salud, sobre los avances físicos y financieros del desarrollo del Plan de Acción "Emergencia Sanitaria en los distritos de Jaén y Bellavista, provincia de Jaén, departamento de Cajamarca, por brote de zika y dengue-2019", que como Anexo I forma parte del Decreto Supremo N° 019-2019-SA. 5.2 Dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal, el Pliego Gobierno Regional del Departamento Cajamarca remitirá al Ministerio de Salud copia de la Resolución Ejecutiva y la Nota de incorporación correspondiente de los recursos transferidos. Artículo 6.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaria General, la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELIZABETH ZULEMA TOMÁS GONZÁLES Ministra de Salud 1797204-4

Autorizan viaje de funcionaria del Ministerio a Bolivia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 744-2019/MINSA Lima, 13 de agosto del 2019 Vistos, los Expedientes N°s 19-080969-001 y 19080969-003 que contienen la Nota Informativa N° 748-2019-DIGEMID-DG-EA/MINSA emitida por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia se llevará a cabo el evento denominado "X Reunión de la Comisión Mixta Peruano ­ Boliviana de Lucha contra el Contrabando" del 15 al 16 de agosto de 2019; Que, mediante Oficio 075-2019-PRODUCE/GTM PERÚ BOLIVIA de fecha 6 de junio de 2019 el Presidente del Grupo de Trabajo Multisectorial (GTM) ­ Sección Nacional Peruana de la Comisión Bilateral de Lucha contra el Contrabando Perú - Bolivia, solicita se sirva informar la asistencia de los representantes de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud, a fin de integrar la Delegación Nacional Peruana que participará en el precitado evento, precisando que los gastos que irrogue el viaje deberán ser asumidos por el Ministerio de Salud; Que, la referida reunión tiene como objetivo evaluar los avances y resultados adoptados en la Matriz de Compromisos de la IX Reunión Binacional, así como abordar estrategias de cooperación bilateral para reducir las actividades ilícitas que afectan la frontera Peruano - Boliviana; Que, con el documento de visto, la Directora General de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud, solicita se autorice el viaje al exterior de la químico farmacéutico Marisa Angélica Papen Bernaola, Directora Ejecutiva de la Dirección de Inspección y Certificación de la precitada Dirección General, para su participación en la referida reunión del 14 al 17 de agosto de 2019; Que, mediante Informe N° 317-2019-EGC-ODRHOGGRH/MINSA, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos comunica la condición laboral sobre la mencionada servidora; Que, con Memorando N° 1696-2019-OGA/MINSA de fecha 8 de agosto de 2019, la Oficina General de Administración informa que el viaje que realizará la precitada funcionaria para su participación en el evento señalado en los considerados precedentes, cuenta con la Certificación de Crédito Presupuestario Nota N° 0000005431 en la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados del Pliego 011: Ministerio de Salud, para pasajes en tarifa económica, así como viáticos, incluido gastos de instalación; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, establece que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica; asimismo establece que la autorización para viajes al exterior de las personas se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, el cuarto párrafo del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modificatorias, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley Nº 27619 y su Reglamento; Que, en ese sentido, corresponde autorizar el viaje de la referida funcionaria toda vez que su participación en el evento antes mencionado, resulta de interés institucional; Con el visado del Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora