Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2019 (14/08/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Miércoles 14 de agosto de 2019

NORMAS LEGALES

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Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente se prosiga con el trámite de la expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Teniente de la Policía Nacional del Perú Brayan César Sánchez Moreno, del 14 al 17 de agosto de 2019, a la ciudad de Nuestra Señora de La Paz del Estado Plurinacional de Bolivia, para que participe en la citada reunión, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú, puesto que estará representando a la institución, y a la vez podrá aportar su experiencia en temas relacionados a dicho evento, lo cual servirá para fortalecer las relaciones con sus similares de Bolivia; además, resultará beneficiosa su participación porque recibirá asistencia técnica y profesional en los campos de la actividad funcional, lo que evidentemente redundará en fortalecer sus capacidades, destrezas y habilidades para hacer mejor y más eficaz la labor policial en nuestro país en cuanto a la lucha contra el contrabando; Que, los conocimientos y experiencias a adquirirse como resultado de la participación del mencionado personal policial en la reunión indicada, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007: Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio N° 3499-2019-SECEJE-DIRADM-DIVECO-PNP/DEPPRE, de fecha 06 de agosto de 2019, del Departamento de Presupuesto de la División de Economía de la Policía Nacional del Perú; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que "Los viajes al exterior con carácter oficial comprenden las modalidades siguientes: Comisión de servicio (...)"; Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN en su artículo 1 señala "Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG (...)"; Que, la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, en su artículo 10 establece que "10.1. Durante el Año Fiscal 2019, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (...) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (...)"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que "La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (...)"; Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que "(...) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento"; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que "Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano (...)"; Con la visación de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior;

De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú; el Decreto Supremo N° 014-2019-IN, que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del MININTER; y, la Resolución Ministerial N° 1050-2019IN, que aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del MININTER; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Teniente de la Policía Nacional del Perú Brayan César Sánchez Moreno, del 14 al 17 de agosto de 2019, a la ciudad de Nuestra Señora de La Paz del Estado Plurinacional de Bolivia, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, que irrogue el cumplimiento de la presente resolución son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007: Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:
Importe US$ Pasajes aéreos Viáticos 797,00 X 370,00 X 3 Días X X Personas 1 1 = = Total US$ 797,00 1 110,00

Artículo 3.- Disponer que el personal policial cuyo viaje se autoriza presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior 1797088-1

PRODUCE
Designan representantes del Ministerio de la Producción ante la Comisión Multisectorial de Inclusión Financiera
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 339-2019-PRODUCE Lima, 12 de agosto de 2019 VISTOS: El Memorando Nº 1277-2019-PRODUCE/ DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; y el Informe Nº 695-2019-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 029-2014-EF se crea la Comisión Multisectorial