Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 2018 (24/06/2018)


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El Peruano / Domingo 24 de junio de 2018

NORMAS LEGALES

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las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROGERS VALENCIA ESPINOZA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1662082-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 228-2018-MINCETUR A solicitud del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, se publica Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 228-2018-MINCETUR, publicada en la edición del día 21 de junio de 2018. Artículo 1: DICE: Artículo 1.- Designar a la señora RUTH ANGELICA HO GONZALES, en el cargo de Directora de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Oficina General de Administración del Ministerio de Comercio y Turismo, Nivel F-3. DEBE DECIR: Artículo 1.- Designar a la señora RUTH ANGÉLICA HO GONZÁLEZ, en el cargo de Directora de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Oficina General de Administración del Ministerio de Comercio y Turismo, Nivel F-3. 1662179-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor de diversos Gobiernos Locales ganadores del Concurso FONIPREL 2014 y Segunda Etapa del Concurso FONIPREL 2017
DECRETO SUPREMO Nº 139-2018-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 28939, Ley que aprueba Crédito Suplementario y Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, dispone la creación de Fondos y dicta otras medidas, crea el Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local ­ FONIPREL, cuya finalidad es el financiamiento o cofinanciamiento de proyectos de inversión pública de los Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales, para lo cual podrán destinarse los recursos al financiamiento o cofinanciamiento de estudios de preinversión; Que, la Ley N° 29125, Ley que establece la implementación y el funcionamiento del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local ­ FONIPREL y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 204-2007-EF, establecen que los estudios de preinversión o proyectos de inversión pública, deben estar orientados a reducir las brechas en la provisión de los

servicios e infraestructura básicos, que tengan el mayor impacto en la reducción de la pobreza y pobreza extrema en el país; Que, los recursos del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local­FONIPREL se encuentran compuestos por los recursos señalados en el artículo 6 de la Ley Nº 29125; Que, el numeral 1.3 del artículo 1 del Decreto de Urgencia Nº 030-2008 y la Única Disposición Complementaria de la Ley Nº 29125, disponen que los recursos del FONIPREL se depositan en la cuenta de dicho Fondo y se incorporan anualmente mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas en la fuente de financiamiento Recursos Determinados del presupuesto institucional de las entidades cuyos estudios de preinversión o proyectos de inversión pública resulten ganadores del concurso, a solicitud de la Secretaría Técnica del Consejo Directivo del FONIPREL; Que, el Consejo Directivo del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local­FONIPREL, en sesión ordinaria de fecha 13 de enero de 2014 aprobó las Bases del Concurso FONIPREL 2014, y en sesión de fecha 23 de mayo de 2014 se aprobó el cofinanciamiento total de cuatrocientos cincuenta y cuatro (454) propuestas, hasta por un monto de cofinanciamiento total de OCHOCIENTOS VEINTISIETE MILLONES SESENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS TREINTA Y 54/100 SOLES (S/ 827 064 730,54); sin embargo, debido a que tres (03) propuestas no lograron subsanar observaciones, se efectuaron las deducciones correspondientes, cuyo nuevo monto de cofinanciamiento del Concurso FONIPREL 2014 para cuatrocientos cincuenta y un (451) propuestas asciende a OCHOCIENTOS VEINTICUATRO MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE Y 54/100 SOLES (S/ 824 583 447,54); Que, conforme con los cronogramas de ejecución financiera previstos en los convenios de cofinanciamiento, corresponde autorizar la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por un monto total de SIETE MILLONES CUATRO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES (S/ 7 004 844,00) por la fuente de financiamiento Recursos Determinados, en favor de dos (02) propuestas ganadoras del Concurso FONIPREL 2014; Que, de otro lado, el Consejo Directivo del FONIPREL, en sesión de fecha 09 de agosto de 2017, procedió con la aprobación de las Bases Integradas actualizadas de la Segunda Etapa del Concurso FONIPREL 2017, así como en sesión ordinaria de fecha 17 de octubre de 2017, aprobó la lista los estudios de preinversión y proyectos de inversión pública de la Segunda Etapa del Concurso FONIPREL 2017, seleccionados por la Secretaria Técnica para el respectivo cofinanciamiento por un monto de CIENTO CINCUENTA SEIS MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS DIECISIETE Y 23/100 SOLES (S/ 156 665 317,23); sin embargo, en la sesión ordinaria de fecha 05 de diciembre de 2017, se modificó el monto total de cofinanciamiento, toda vez que se dejó sin efecto la asignación de recursos de una (01) propuesta, asciendiendo el nuevo monto de cofinanciamiento a CIENTO CINCUENTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS CINCO MIL TREINTA Y UNO Y 23/100 SOLES (S/ 156 605 031,23); Que, de acuerdo a los cronogramas de ejecución financiera previstos en los convenios de cofinanciamiento, corresponde autorizar la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por un monto total de DIECINUEVE MILLONES OCHOCIENTOS QUINCE MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO Y 00/100 SOLES (S/ 19 815 624,00), por la fuente de financiamiento Recursos Determinados, en favor de treinta y seis (36) propuestas ganadoras de la Segunda Etapa del Concurso FONIPREL 2017; Que, mediante Memorando N° 478-2018-EF/52.06 la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas indica que los recursos del FONIPREL depositados en el Banco Central de Reserva