Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2018 (03/12/2018)


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NORMAS LEGALES

Lunes 3 de diciembre de 2018 /

El Peruano

Que, el Decreto Legislativo del Notariado se encuentra sin reglamentar, por lo que el consejo del Notariado ha elaborado el proyecto normativo respectivo; Que, atendiendo a la naturaleza del proyecto normativo corresponde disponer su publicación en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en el que se mantendrá por un plazo de treinta (30) días calendario, a fin que las entidades públicas, privadas y la ciudadanía en general alcancen sus opiniones, comentarios y/o sugerencias por vía electrónica o en mesa de partes del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con atención al Consejo del Notariado, según lo establecido en el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2017-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer la publicación del Proyecto de Reglamento del Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado, el Decreto Supremo que lo aprueba y su Exposición de Motivos, en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus). Artículo 2.- Establecer un plazo de treinta (30) días calendario a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución, para recibir las sugerencias, comentarios o recomendaciones de las entidades públicas, instituciones privadas, organizaciones de la sociedad civil, así como de las personas naturales en general. Artículo 3.- Las sugerencias, comentarios o recomendaciones podrán ser presentadas en Mesa de Partes del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, ubicada en Calle Scipión Llona N° 350 - distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima, o a través del correo electrónico consejodelnotariado@minjus.gob. pe. Artículo 4.- El Consejo del Notariado procesa y sistematiza las sugerencias, comentarios o recomendaciones que se formulen conforme lo establecido en los artículos 2 y 3 de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1718179-2

CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial N° 041-96-JUS, de fecha 29 de enero de 1996, se nombró a la señora Florencia Armida Peña Martínez, notario público del distrito de Concepción, Concepción, Distrito Notarial de Junín; Que, mediante carta de fecha 14 de agosto de 2018, la señora Florencia Armida Peña Martínez, presenta al Colegio de Notarios de Junín su renuncia al cargo de notaria; Que, por Sesión de la Junta Directiva del Colegio de Notarios de Junín, de fecha 25 de agosto de 2018, se acordó declarar el cese por renuncia de la notaria de Concepción, Florencia Armida Peña Martínez; y por Resolución N° 076-2018-CNJ/JD, de fecha 04 de setiembre de 2018, de la Junta Directiva del Colegio de Notarios de Junín, se aceptó la renuncia formulada por la mencionada notaria, por la causal prevista en el artículo 21 liberal b) Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado; Que, a través de los Oficios N°s 712-2018-CNJ/D y 760-2018-CNJ/D, de fechas 18 de setiembre y 03 de octubre de 2018, respectivamente, el Decano del Colegio de Notarios de Junín, remite a la Presidencia del Consejo del Notariado, los documentos necesarios para realizar el trámite correspondiente a la cancelación de título de la citada notaria, cumpliendo así con el procedimiento establecido en el tercer párrafo del artículo 21-A del Decreto Legislativo N° 1049, incorporado por el artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1232, lo cual ha sido verificado por el Consejo del Notariado en el marco de sus competencias; Que, con el Oficio N° 1942-2018-JUS/CN/P, el Presidente del Consejo del Notariado remite a Secretaría General el Informe N° 284-2018-JUS/CN/ST, de la Secretaría Técnica del Consejo del Notariado, con los respectivos antecedentes, solicitando tramitar la emisión de la Resolución de cancelación de título de la mencionada notaria; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal b) del artículo 21 del Decreto Legislativo N° 1049, modificado por el Decreto Legislativo N° 1232, Decreto Legislativo que modifica diversos artículos y Disposiciones Complementarias Transitorias y Finales del Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado; el notario cesa por causal de renuncia, por lo que habiendo operado dicha causal, resulta necesario expedir la Resolución Ministerial de cancelación de título de notario; Que, habiéndose acordado en la Sesión de la Junta Directiva del Colegio de Notarios de Junín, de fecha 25 de agosto de 2018, declarar el cese por renuncia de la notaria del distrito de Concepción, Florencia Armida Peña Martínez, es pertinente emitir el acto resolutivo de cancelación de título con eficacia anticipada a dicha fecha; Que, el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo, que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS; el Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado, modificado por el Decreto Legislativo N° 1232, Decreto Legislativo que modifica diversos artículos y Disposiciones Complementarias Transitorias y Finales del Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y el Decreto Supremo N° 013-2017-

Cancelan título de notaria del distrito de Concepción, provincia de Concepción, Distrito Notarial de Junín
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0511-2018-JUS Lima, 28 de noviembre de 2018 VISTOS, el Informe N° 284-2018-JUS/CN/ST, de la Secretaria Técnica del Consejo del Notariado, el Oficio N° 1942-2018-JUS/CN/P, de la Presidencia del Consejo del Notariado y el Informe N° 1142-2018-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;