Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2018 (03/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Lunes 3 de diciembre de 2018

NORMAS LEGALES

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Aprueban la Consulta Pública del Documento de Política Regulatoria: "Mecanismos Supervisados de Compartición y Acceso en el Mercado de Servicios Móviles"
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 256-2018-CD/OSIPTEL Lima, 22 de noviembre de 2018 Consulta Pública de Documento de Política Regulatoria: MATERIA : "Mecanismos Supervisados de Compartición y Acceso en el Mercado de Servicios Móviles" VISTO el Proyecto de Resolución presentado por la Gerencia General, que tiene por objeto disponer la consulta pública del Documento de Política Regulatoria: "Mecanismos Supervisados de Compartición y Acceso en el Mercado de Servicios Móviles", contenido en el Informe N° 242-GPRC/2018 elaborado por la Gerencia de Políticas Regulatorias y Competencia; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo señalado en el artículo 76 del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, en el artículo 7 de la Ley Nº 26285 y en los incisos 1 y 7 del artículo 32 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo ­Ley Nº 29158-, el ejercicio de las funciones del OSIPTEL tiene como objetivos generales promover la inversión privada en los servicios públicos de telecomunicaciones, fomentar la competencia efectiva entre empresas operadoras de servicios públicos de telecomunicaciones, así como garantizar la calidad y eficiencia de los servicios brindados a los usuarios y la adecuada protección de sus intereses; Que, orientado a dichos objetivos, y dada la estructura y dinámica de competencia que se viene observando en el mercado de servicios públicos móviles, es necesario que el OSIPTEL evalúe y determine la pertinencia de establecer mecanismos supervisados de compartición y acceso en dicho mercado, para lo cual se considera conveniente disponer la consulta pública del Documento de Política Regulatoria referido en la sección VISTO; En aplicación de las funciones previstas en el inciso b) del artículo 75 del Reglamento General del OSIPTEL, y estando a lo acordado por el Consejo Directivo del OSIPTEL en su Sesión Nº 690/18; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Consulta Pública del Documento de Política Regulatoria: "Mecanismos Supervisados de Compartición y Acceso en el Mercado de Servicios Móviles", contenido en el Informe N° 242GPRC/2018 elaborado por la Gerencia de Políticas Regulatorias y Competencia. Artículo 2.- Encargar a la Gerencia General que disponga las acciones necesarias para que la presente resolución sea publicada en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, se encarga a la Gerencia General que disponga las acciones necesarias para que la presente resolución, con el referido Documento de Política Regulatoria, se publique en el Portal Electrónico del OSIPTEL (página web institucional: http://www.osiptel. gob.pe); y sea puesto en conocimiento de los operadores móviles con red: Telefónica del Perú S.A.A., América Móvil Perú S.A.C., Viettel Perú S.A.C. y Entel Perú S.A., así como del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC). Artículo 3.- Definir un plazo de treinta (30) días calendario, contados a partir del día siguiente de la fecha en que la presente resolución sea publicada en el Diario Oficial El Peruano, para que los operadores móviles con

red y el MTC, así como los demás interesados, puedan presentar sus comentarios respecto del Documento de Política Regulatoria referido en el artículo 1. Los comentarios se presentan por escrito, en la oficina principal del OSIPTEL (Calle De la Prosa Nº 136, San Borja, Lima). En el caso de remisión de comentarios vía fax al número: (511) 475-1816, o mediante correo electrónico a la dirección: sid@osiptel.gob.pe, se debe obtener una constancia de acuse de recibo emitida por el OSIPTEL. Artículo 4°.- Encargar a la Gerencia de Políticas Regulatorias y Competencia del OSIPTEL el acopio, procesamiento y sistematización de los comentarios que se presenten, así como la presentación a la Alta Dirección de sus correspondientes recomendaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL EDUARDO MUENTE SCHWARZ Presidente del Consejo Directivo 1717492-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES
Autorizan difusión del Proyecto de "Lineamientos para la Calificación de Directores Independientes"
RESOLUCIÓN SMV Nº 033-2018-SMV/01 Lima, 30 de noviembre de 2018 VISTOS: El Expediente N° 2018046127 y el Informe Conjunto N° 1366-2018-SMV/06/10/11 del 27 de noviembre de 2018, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, la Superintendencia Adjunta de Supervisión de Conductas de Mercados y la Superintendencia Adjunta de Investigación y Desarrollo; así como el proyecto de "Lineamientos para la Calificación de Directores Independientes"; CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 1 del Texto Único Concordante de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV, aprobado por Decreto Ley Nº 26126 y sus modificatorias (en adelante, Ley Orgánica), la SMV tiene por finalidad velar por la protección de los inversionistas, la eficiencia y transparencia de los mercados bajo su supervisión, la correcta formación de los precios y la difusión de toda la información necesaria para tales propósitos, a través de la regulación, supervisión y promoción; Que, de acuerdo con el literal b) del artículo 5 de la precitada norma, el Directorio de la SMV tiene por atribución aprobar la normativa del mercado de valores, mercado de productos y fondos colectivos, así como a la que deben sujetarse las personas naturales y jurídicas bajo su supervisión; Que, en noviembre de 2013 entró en vigencia el nuevo "Código de Buen Gobierno Corporativo para las Sociedades Peruanas" (en adelante el Código), el cual recoge los mejores estándares de buen gobierno corporativo identificados a nivel internacional, en especial en lo que respecta a la dinámica de la Junta General de Accionistas, el Directorio y la Alta Gerencia, así como en la implementación de una adecuada gestión de riesgos, ello con el objetivo de promover una cultura de gobierno corporativo en el segmento empresarial peruano;