Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2018 (03/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Lunes 3 de diciembre de 2018

NORMAS LEGALES

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5. Sustituir el Artículo 7° "Requerimiento de Información a las empresas adjudicatarias", según se indica a continuación: "Artículo 7°.- Requerimiento de información a las empresas adjudicatarias Las empresas adjudicatarias deben remitir la información señalada en el Anexo SV-14 ``Primas estimadas y transferidas del SISCO'' con periodicidad semestral, conjuntamente con sus estados financieros. Este anexo se debe remitir a través del software Submódulo de Captura y Validación Externa (SUCAVE) de acuerdo con las especificaciones técnicas que establezca la Superintendencia." 6. Sustituir el Anexo N° 1, denominado "Anexo metodológico para la estimación de primas del SISCO", según se indica a continuación: "ANEXO METODOLÓGICO PARA LA ESTIMACIÓN DE PRIMAS DEL SISCO I. Información a utilizar Información de las primas pagadas (transferidas) por las AFP a las empresas de seguros por el seguro previsional, clasificadas por mes de devengue y mes de pago. Esta información debe ser actualizada mensualmente. II. Metodología Se debe determinar el valor de las primas del SISCO, y la respectiva estimación de primas por cobrar, siguiendo los pasos que se describen a continuación: Paso 1: Construcción de bases de datos de masa salarial Se debe construir la base de datos de masa salarial, utilizando las bases de datos de primas pagadas (transferidas) de todas las empresas de seguros que administran el seguro previsional y las indicaciones que se presentan a continuación. Mes de pago de primas ... ... Mes de devengue de primas ... k-2 k-1 K ... ... ... ... j-2 ... ... ... j-1 ... ... ... aj-1,k-1 j ... ... ... aj,k-1 *aj,k

las primas por cobrar SISCO del mes correspondiente, mediante la siguiente expresión:

Donde: S e : monto estimado de la masa salarial. : parámetro que determina la cantidad de meses de devengue que se utilizará por cada mes de pago. El valor de "e" es igual a 6. f : parámetro que determina el rezago en la información, medido en número de meses, con el que se calculará la estimación, siendo 1 su valor. g : parámetro que determina la cantidad de meses que se utilizará para calcular el promedio. El valor de "g" es igual a 3. FS : factor de seguridad, cuyo valor es 1. Paso 3: Estimación del valor de las primas del SISCO Para estimar el valor de las primas del SISCO correspondiente a una empresa adjudicataria, se debe multiplicar la estimación de la masa salarial de referencia por el porcentaje de participación de la propia empresa en el contrato del seguro previsional colectivo y por su tasa de prima cobrada. Este valor debe ser ajustado multiplicándose por la tasa promedio ponderada (truncada a dos decimales) y dividiéndose entre la tasa promedio ponderada (considerando todos los decimales). Paso 4: Cálculo del valor estimado de las primas del SISCO por cobrar A una determinada fecha de valuación "t", el valor estimado de las primas por cobrar del SISCO es igual a: a) El valor acumulado de las primas del SISCO, devengadas hasta t, calculadas considerando la metodología descrita en este anexo, y las disposiciones señaladas en el artículo 3 de la presente resolución. b) Menos el valor de las primas acumuladas del SISCO transferidas a las empresas adjudicatarias por parte de las AFP hasta t." 7. Eliminar el "Ejemplo de cálculo" de la estimación de primas del Anexo N° 1 "Anexo metodológico para la estimación de primas del SISCO". 8. Sustituir la Nota 5 del Anexo SV-14, según se indica a continuación: "Conforme a lo descrito en el artículo 3 de las "Disposiciones para la estimación de primas del SISCO", cuando la antigüedad del mes de devengue sea mayor a seis (6) meses respecto a la fecha de reporte, se debe realizar este ajuste aplicando la fórmula indicada." Artículo Segundo.- Derogar la Circular N° S-6252007 referida a la información estadística de las reservas técnicas de los seguros asociados al Sistema Privado de Pensiones. Artículo Tercero.- La presente Resolución entra en vigencia a partir del 1 de enero de 2019. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1717624-1

* j y k representan el mes anterior al que se pretende estimar Donde:

aj,k : masa salarial correspondiente a las primas pagadas (transferidas) en j correspondientes al devengue k pj,k : primas pagadas (transferidas) en j correspondientes al devengue k ck : tasa de prima promedio SISCO, cobrada en devengue k j : mes de pago k : mes de devengue Paso 2: Estimación de la masa salarial de referencia Luego, se debe realizar una estimación de la masa salarial, que servirá de referencia para la estimación de