Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2018 (03/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

Lunes 3 de diciembre de 2018 /

El Peruano

Que, el Departamento de Registros mediante Informe N° 250- 2018-DRG de fecha 15 de noviembre de 2018, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 10° del Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, ha considerado pertinente aceptar la solicitud de inscripción de la empresa REASESORES LTDA. CORREDORES DE REASEGUROS, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; y, De conformidad con lo establecido en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y sus modificatorias y, en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de esta Superintendencia, aprobado por Resolución S.B.S. N° 1678-2018 de fecha 27 de abril de 2018; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección I: De los Corredores de Seguros B. Extranjeros, a la empresa REASESORES LTDA. CORREDORES DE REASEGUROS, con matrícula N° CR-072. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1718648-1

mejoras en las disposiciones para la estimación de primas del SISCO, incluyendo la modificación del anexo metodológico; Que, a efectos de recoger las opiniones del público se dispuso la prepublicación del proyecto de resolución sobre la materia en el portal electrónico de la Superintendencia, al amparo de lo dispuesto en la Trigésimo Segunda Disposición Final y Complementaria de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y sus modificatorias y en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; Contando con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Seguros, Administradoras de Fondos Privados de Pensiones, Estudios Económicos y de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por los numerales 7 y 9 del artículo 349 de la Ley General; RESUELVE: Artículo Primero.- Modificar las "Disposiciones para la Estimación de Primas del Seguro de Invalidez, Sobrevivencia y Gastos de Sepelio bajo Póliza Colectiva (SISCO)", aprobadas por Resolución SBS N° 6271-2013 y norma modificatoria, de acuerdo con lo siguiente: 1. Incorporar el literal i) en el Artículo 2° "Definiciones", según se indica a continuación: "i) Entidad o instancia operacional: entidad conformada y/o designada por las propias empresas de seguros adjudicatarias u otras, y se encarga de recolectar y distribuir la asignación de los ingresos por las primas recaudadas y de la determinación de los costos y reservas consiguientes, entre otras operaciones conexas establecidas en el artículo 270 del Título VII del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del SPP." 2. Sustituir el último párrafo del Artículo 3° "Estimación de primas por cobrar del SISCO", según se indica a continuación: "Las empresas adjudicatarias deben evaluar si las primas estimadas del SISCO superan las primas transferidas por las AFP, correspondientes a un mismo mes de devengue. De ser así, deben realizar un ajuste por este exceso conforme se establece en el artículo referido al tratamiento contable. El mencionado ajuste debe ser realizado cuando la información de primas transferidas, con respecto a una determinada fecha de devengue, tenga una antigüedad mayor a seis (6) meses." 3. Eliminar el Artículo 5° "Cálculo del margen de solvencia". 4. Sustituir el Artículo 6° "Información a cargo de las AFP", según se indica a continuación: "Artículo 6°.- Información a cargo de las AFP Las AFP deben remitir a las empresas de seguros adjudicatarias en su conjunto o a la entidad o instancia operacional designada por estas, los datos que se indican en el Anexo N° 2 adjunto a la presente resolución. Esta información debe elaborarse y remitirse con una periodicidad mensual, siguiendo las instrucciones contenidas en dicho anexo. Las AFP son responsables de la calidad de información a ser remitida. Asimismo, las AFP deben remitir la referida información, en los casos que corresponda, a las empresas de seguros que mantengan obligaciones provenientes de los contratos SISCO cuya vigencia haya finalizado, o a la entidad o instancia operacional designada por estas. La información debe ser remitida dentro de los quince (15) días calendario posteriores al cierre mensual."

Modifican las "Disposiciones para la Estimación de Primas del Seguro de Invalidez, Sobrevivencia y Gastos de Sepelio, bajo Póliza Colectiva (SISCO)" y derogan circular referida a la información estadística de las reservas técnicas de los seguros asociados al Sistema Privado de Pensiones
RESOLUCIÓN SBS Nº 4655-2018 Lima, 27 de noviembre de 2018 LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo señalado en el artículo 52 de la Ley del Sistema Privado de Pensiones, aprobada por Decreto Supremo N° 054-97-EF, así como en el Título VII del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Pensiones (SPP), aprobado por Resolución N° 232-98-EF/SAFP y sus modificatorias, los riesgos de invalidez y sobrevivencia así como los gastos de sepelio deben ser administrados bajo una póliza de seguros colectiva, ofrecida por empresas de seguros seleccionadas en un proceso de licitación pública; Que, mediante la Resolución SBS N° 6271-2013 se aprobaron las disposiciones para la estimación de primas del seguro de invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio bajo póliza colectiva (SISCO) que sirven, exclusivamente, para respaldar las reservas técnicas de este seguro; Que, producto de la experiencia de la supervisión llevada a cabo por esta Superintendencia y del análisis de la información remitida por las empresas de seguros, se ha identificado la necesidad de actualizar la información que se remite a esta Superintendencia, así como establecer