Norma Legal Oficial del día 11 de agosto del año 2018 (11/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Sábado 11 de agosto de 2018

NORMAS LEGALES
VISTO:

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Sala Plena de la Corte Superior de Justicia del Callao efectúe una evaluación a la gestión de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia del Callao, y determine las acciones propias de su competencia. Quinto. Que, en tal sentido, atendiendo a la situación de emergencia de la Corte Superior de Justicia del Callao, resulta imperativo adoptar medidas urgentes e inmediatas, para restablecer el normal, eficiente, eficaz y transparente desarrollo de las actividades jurisdiccionales en el referido Distrito Judicial. Sexto. Que, conforme a lo establecido en el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, es atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado, funcionen con celeridad y eficiencia; así como para que los jueces y servidores judiciales se desempeñen con la mejor conducta funcional. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 587-2018 de la vigésimo octava sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Prado Saldarriaga, Tello Gilardi, Lama More, Ruidías Farfán, Vera Meléndez y Angulo Arana; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el informe preliminar de la Comisión de Trabajo para Evaluar la Gestión Administrativa de la Corte Superior de Justicia del Callao, que contiene los antecedentes, análisis, conclusiones y 22 recomendaciones respecto a las siguientes áreas: a) Convenios; b) Acervo Documentario; c) Sistema de Recursos Humanos; d) Tesorería - Arqueo; e) Presupuesto; y, f) Logística; cursándose las comunicaciones respectivas para su implementación. Artículo Segundo.- Aprobar la resolución de fecha 6 de agosto de 2018, emitida por la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, que remitió el Informe de la Comisión de Trabajo para Evaluar la Gestión Administrativa de la Corte Superior de Justicia del Callao a la Contraloría General de la República y a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, para su conocimiento y acciones de su competencia. Artículo Tercero.- Exhortar a la Sala Plena de la Corte Superior de Justicia del Callao, en mérito al informe preliminar aprobado y a la actuación de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, a los que se alude en el considerando cuarto de esta resolución, a fin de que se adopte las medidas correctivas pertinentes. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Contraloría General de la República, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Comisión de Trabajo para Evaluar la Gestión Administrativa de la Corte Superior de Justicia del Callao, Corte Superior de Justicia del Callao, Órgano de Control Institucional; y a la Gerencia General del Poder Judicial para su conocimiento y sus fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. VÍCTOR ROBERTO PRADO SALDARRIAGA Presidente 1680003-2

El Oficio N° 182-2018-JAV/PSSCST/CS/PJ, cursado por el Presidente de la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República. CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante Resolución Administrativa N° 078-2018-P-CE-PJ, de fecha 7 de mayo de 2018, se prorrogó por el término de tres meses, a partir del 12 de mayo del año en curso, el funcionamiento de la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República. Segundo. Que, el Presidente de la referida Sala Suprema, mediante Oficio N° 182-2018-JAV/ PSSCST/CS/PJ, solicita a este Órgano de Gobierno se disponga la prórroga del funcionamiento del mencionado órgano jurisdiccional por el término de ley, debido a que mediante Resolución Administrativa N° 29-2015-SP-CS-PJ de fecha 25 de junio de 2015, se dispuso que a partir del 1 de julio de ese año, la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente remita a la Sala que preside los expedientes en materia laboral y de seguridad social seguidos contra entidades privadas, tramitados con arreglo a la Nueva Ley Procesal del Trabajo N° 29497, que se encuentren pendientes de señalamiento de vista; ampliándose así la competencia asignada a la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria, mediante Resoluciones Administrativas Nros. 037-2013-CE-PJ de fecha 8 de marzo de 2013 y 294-2014-CE-PJ del 27 de agosto de 2014; situación que conlleva a disponer su continuación, que se justifica por la urgente necesidad de proseguir con la importante labor de descarga por la que fue creada la citada Sala Suprema. Tercero. Que, de lo antes expuesto y del análisis de la información de producción de la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social, se verifica que aún queda considerable número de expedientes por resolver; por lo que, resulta pertinente disponer la prórroga de su funcionamiento, por el término de tres meses; de conformidad con lo establecido en el artículo 82°, inciso 18), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. En consecuencia, en mérito al Acuerdo N° 602-2018 de la vigésimo octava sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Prado Saldarriaga, Tello Gilardi, Lama More, Ruidías Farfán, Vera Meléndez y Angulo Arana; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar por el término de tres meses, a partir del 12 de agosto de 2018, el funcionamiento de la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Presidentes de las Salas de Derecho Constitucional y Social de la Corte Suprema de Justicia de la República, Ministerio Público, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país, Gerencia General del Poder Judicial; y a la Procuraduría Pública del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. VÍCTOR ROBERTO PRADO SALDARRIAGA Presidente 1680003-3

Prorrogan el funcionamiento de la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 251-2018-CE-PJ Lima, 8 de agosto de 2018