Norma Legal Oficial del día 09 de agosto del año 2017 (09/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano / Miércoles 9 de agosto de 2017

NORMAS LEGALES

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SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Directiva N° 018-2017PERÚ COMPRAS, denominada "Lineamientos para la Incorporación de Fichas-Producto para los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco", conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- La Directiva N° 018-2017PERÚ COMPRAS, denominada "Lineamientos para la Incorporación de Fichas-Producto para los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco", entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Artículo Tercero.- Disponer que la Oficina de Tecnologías de la Información realice la publicación de la Directiva N° 018-2017-PERÚ COMPRAS y la presente Resolución en el Portal Institucional (www.perucompras. gob.pe) y en la intranet institucional, en un plazo no mayor de tres (3) días hábiles desde su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIRTHA A. RÁZURI ALPISTE Jefa (e) de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS 1552095-1

deben ser previamente publicadas a fin de que los interesados tengan la oportunidad de expresar su opinión; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 20 del Reglamento General de la SUNASS y el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; y con la opinión favorable de las gerencias de Políticas y Normas, Regulación Tarifaria, Supervisión y Fiscalización, Asesoría Jurídica, así como de la Gerencia General; El Consejo Directivo en su sesión del 26 de julio de 2017; HA RESUELTO: Artículo 1º.- Aprobar el proyecto de resolución de Consejo Directivo mediante el cual se aprobaría la Directiva sobre Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos Hídricos­MRSE Hídricos, sus anexos y se modificaría el i) Reglamento General de Tarifas, (ii) Reglamento General de Supervisión, Fiscalización y Sanción de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento y (iii) Reglamento de Calidad de la Prestación de los Servicios de Saneamiento, disponiendo su difusión en el portal institucional de la SUNASS (www.sunass.gob.pe). Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3º.- Otorgar un plazo de quince días calendario, contado a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, a fin de que los interesados presenten sus comentarios sobre el proyecto normativo señalado en el artículo 1, en la sede institucional de la SUNASS ubicada en Av. Bernardo Monteagudo Nº 210-216, Magdalena del Mar o por vía electrónica a gpn@sunass.gob.pe. Artículo 4º.- Encargar a la Gerencia de Políticas y Normas de la SUNASS, el acopio, procesamiento y sistematización de los comentarios que se presenten. Regístrese, publíquese y difúndase. IVÁN LUCICH LARRAURI Presidente del Consejo Directivo

ORGANISMOS REGULADORES

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Aprueban proyecto de resolución de Consejo Directivo mediante el cual se aprobaría la Directiva sobre Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos Hídricos-MRSE Hídricos
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 028-2017-SUNASS-CD

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Lima, 4 de agosto de 2017 VISTO: El Informe Nº 014-2017-SUNASS-100 de las gerencias de Políticas y Normas, Regulación Tarifaria, Supervisión y Fiscalización y Asesoría Jurídica, el cual contiene la propuesta de Directiva sobre Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos Hídricos­MRSE Hídricos, sus anexos así como la modificación del : (i) Reglamento General de Tarifas1, (ii) Reglamento General de Supervisión, Fiscalización y Sanción de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento2 y (iii) Reglamento de Calidad de la Prestación de los Servicios de Saneamiento3 y su correspondiente exposición de motivos; CONSIDERANDO: Que, el literal c) del artículo 3.1 de la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, aprobada por Ley Nº 27332 y modificada por Ley N° 27631, faculta a los organismos reguladores a dictar, en el ámbito y materia de su competencia, los reglamentos, normas de carácter general y mandatos u otras normas de carácter particular referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, el artículo 5 del Reglamento General de la SUNASS, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM, establece el Principio de Transparencia, en virtud del cual las decisiones normativas o regulatorias, para su aprobación

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Aprobado por Resolución N° 009 -2007-SUNASS-CD. Aprobado por Resolución N° 003-2007-SUNASS-CD. Aprobado por Resolución N° 011-2007-SUNASS-CD.

1551556-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Disponen fecha de inicio de funciones de la Secretaría Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas, adscrita a la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de La Libertad
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 133-2017-INDECOPI/COD Lima, 31 de julio de 2017