Norma Legal Oficial del día 20 de mayo del año 2016 (20/05/2016)
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TEXTO DE LA PÁGINA 78
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NORMAS LEGALES
Viernes 20 de mayo de 2016 /
El Peruano
Que, de conformidad con los alcances del Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, que aprueban el Texto Unico Ordenando de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, prescribe en el Artículo 7º numeral 7.1 regulando que: La designación del Ejecutor como la del Auxiliar se efectuará mediante concurso público de méritos. Asimismo el numeral 7.2 del mismo texto legal prescribe que: Tanto el Ejecutor como el Auxiliar ingresarán como funcionarios de la Entidad a la cual representan y ejercerán su cargo a tiempo completo y dedicación exclusiva; a mayor abundamiento, los requisitos y formalidades se encuentran debidamente establecidos en el articulo 28º y siguientes del Decreto Supremo Nº 00590-PCM- Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, Decreto Legislativo Nº 276. Que, la Ley Nº 27204 "Ley que precisa que el cargo de Ejecutor Coactivo y de Auxiliar Coactivo no es cargo de confianza", en su artículo 1º precisa que el Ejecutor Coactivo y el Auxiliar Coactivo son funcionarios nombrados a contratados, según el Régimen laboral de la entidad a la cual representa y su designación en los términos señalados en el Artículo 7º de la Ley Nº 26979Ley de Procedimientos de Ejecución Coactiva, no implica que dichos cargos sean de confianza. Que, la Municipalidad Provincial de Celendín, en cumplimiento de la normatividad vigente convoco al concurso de méritos para la designación del Ejecutor Coactivo de esta entidad y producto de dicho concurso resulto ganador el Abg. Cristian Paul Pajares Rabanal, como Ejecutor Coactivo, de la Municipalidad Provincial de Celendín.
Por lo tanto, estando a los considerandos vertidos y en uso de las facultades conferidas por el Art. 20º inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a partir de la fecha al Abg. Cristian Paul Pajares Rabanal, en el cargo de Ejecutor Coactivo, de la Municipalidad Provincial de Celendín, quien ejercerá sus funciones con las facultades otorgadas por la Ley específica de la materia. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente resolución a las áreas correspondientes. Notifíquese a cada una de las Entidades Bancarias, Crediticias y Financieras, Policía Nacional del Perú, Registros Públicos y otras Entidades análogas, a fin de que brinden el apoyo para el cumplimiento de sus funciones. Artículo Tercero.- DISPONER que la oficina de Informática publique la presente en el portal de la Municipalidad. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina de Imagen Institucional, efectué la publicación de la presente Resolución, en el Diario Oficial EL PERUANO. Comuníquese, regístrese, cúmplase y archívese. JORGE LUIS URQUÍA SÁNCHEZ Alcalde 1382189-1
REQUISITOS PARA PUBLICACILN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modificado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen gráficos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com. pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN