Norma Legal Oficial del día 16 de febrero del año 2016 (16/02/2016)
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TEXTO DE LA PÁGINA 51
El Peruano / Martes 16 de febrero de 2016
NORMAS LEGALES
NSA: O-9589691 Comandante FAP NSA: O-9601791 Técnico Inspector FAP NSA: S-60397183 Técnico de 2da. FAP NSA: S-60736293 Técnico de 2da. FAP NSA: S-60738493 Empleado Civil FAP NSA: C-71212382 Empleada Civil FAP NSA: C-71347907 Empleada Civil FAP NSA: C-78121912 Tripulación Alterna Coronel FAP NSA: O-9573089 Suboficial de 1ra. FAP NSA: S-60932704 Empleada Civil FAP NSA: C-70941901 Empleada Civil FAP NSA: C-71361308 DNI: 43623935 CARLOS MANUEL ZAMORA CAVERO DNI: 09393112 MARIO CRUZ PACHECO DNI: 09712366 ELVIS TEDDY GARCIA REATEGUI DNI: 05349005 ORLANDO VALENCIA MALDONADO
578193
Piloto Mecánico Abordo Mecánico Abordo Mecánico Abordo
PODER EJECUTIVO
DEFENSA
Autorizan viaje en comisión de servicios de personal militar y civil FAP que conformarán tripulación de aeronave que trasladará al Presidente de la República y su Comitiva a Cuba
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 043-2016-DE/FAP Lima, 16 de febrero de 2016 Visto el Oficio N° 056-2016/DP-CM/EDEC de fecha 12 de febrero del 2016 del Jefe de la Casa Militar del Presidente de la Republica, el Oficio NC-60-G841 N° 0298 de fecha 15 de febrero de 2016 del Comandante del Grupo Aereo N° 8 de la Fuerza Aérea del Perú y la Resolución Legislativa N° 30416 de fecha 15 de febrero de 2016. CONSIDERANDO: Que, es necesario autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, del Personal Militar y Civil FAP que conformarán la tripulación principal y alterna de la aeronave Boeing 737-500 FAP 356, que trasladará al señor Presidente de la República y su Comitiva a la ciudad de La Habana República de Cuba, del 16 al 19 de febrero de 2016; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2016, de la Unidad Ejecutora Nº 005 Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30372 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y su modificatoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/ SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 0022015-DE del 28 de enero de 2015 que determina la jerarquía y uso de normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio de Defensa; y, Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Militar y Civil FAP que conformarán la tripulación principal y alterna de la aeronave Boeing 737-500 FAP 356, que trasladará al señor Presidente de la República y su Comitiva a la ciudad de La Habana República de Cuba, del 16 al 19 de febrero de 2016:
AERONAVE BOEING 737-500 FAP 356 Tripulación Principal Coronel FAP MARCO ANTONIO APARICIO BACA NSA: O-9544187 DNI: 43412943 Coronel FAP DAVID FERNANDO VELASQUEZ PORTELLA NSA: O-9579890 DNI: 43412386 Comandante FAP VICTOR ALFREDO VARGAS BLACIDO
DNI: 09221031 MOISES FORTUNATO HUAMAN GOMEZ Purser DNI: 06565750 CLAUDIA MARCELA ORTEGA FIGUEROA Hostess DNI: 45555238 LIRIA SOFIA DELGADO WONG Hostess DNI: 70619365
OSCAR GUILLERMO DELGADO GONZALES DNI: 07871146 MIGUEL ANGEL ORTIZ ESPINOZA DNI: 41576191 ROSA LIZ GONZALES RUIZ DNI: 06624283 IVANNA TUESTA SANONI DNI: 42046732
Piloto Mecánico Abordo Hostess Hostess
Artículo 2º.- La participación de la Tripulación Alterna queda supeditada solamente a la imposibilidad de participación por parte de la Tripulación Principal. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará el pago que corresponda, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2016, de acuerdo al concepto siguiente: Viáticos: US $ 430.00 x 02 días x 10 personas Total a Pagar = US $ = US $ 8,600.00 8,600.00
Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 5º.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria. Artículo 6º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa 1346264-1
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