Norma Legal Oficial del día 04 de enero del año 2016 (04/01/2016)
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TEXTO DE LA PÁGINA 2
574488 PODER EJECUTIVO
NORMAS LEGALES
Lunes 4 de enero de 2016 /
El Peruano
TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Aprueban texto actualizado y concordado del Reglamento de Organización y Funciones de ESSALUD y modifican Reglamentos de Organización y Funciones de la Central de Abastecimiento de Bienes Estratégicos y de la Gerencia de Procura y Transplante
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 767-PE-ESSALUD-2015 Lima, 31 de diciembre de 2015 VISTOS: La Carta Nº 1448-GCPD-ESSALUD-2015 y el Informe Técnico N° 052-GOP-GCPD-ESSALUD-2015 de la Gerencia Central de Planeamiento y Desarrollo, la Carta N° 2221-GCAJ-ESSALUD-2015 y el Informe N° 226-GNAAGCAJ-ESSALUD-2015 de la Gerencia Central de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 016-2012-TR, se declaró en reorganización el Seguro Social de Salud ESSALUD a fin de garantizar la efectiva prestación de los servicios que brinda a los asegurados, así como la intangibilidad de sus recursos en el marco del derecho a la seguridad social de salud y los principios de solidaridad, transparencia, participación y eficiencia; Que, en el numeral 2.4 del artículo 2° del citado Decreto Supremo, se señaló que ESSALUD realizará las acciones necesarias, teniendo en cuenta lo establecido en los numerales precedentes, con el fin de fortalecer sus procedimientos internos, su estructura orgánica y funcional, e instrumentos de gestión; Que, por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 656-PE-ESSALUD-2014 de fecha 31 de diciembre de 2014, se aprobó la nueva Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Social de Salud ESSALUD, en el marco de lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 016-2012-TR que declaró en reorganización el Seguro Social de Salud ESSALUD, los que fueron modificados por las Resoluciones de Presidencia Ejecutiva Nros. 152, 222, 226, 601 y 659-PE-ESSALUD-2015; Que, de acuerdo al literal i) del artículo 37º del referido Reglamento de Organización y Funciones, la Gerencia Central de Planeamiento y Desarrollo tiene la función de formular, actualizar, evaluar y proponer, entre otros, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de ESSALUD y de los órganos desconcentrados; Que, con el Decreto Supremo N° 043-2006-PCM se aprobaron los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones ROF por parte de las entidades de la Administración Pública; en cuyo literal a) del artículo 3° se señalan las entidades que se sujetan a lo dispuesto en la citada norma, entre las cuales se menciona a los Organismos Públicos Descentralizados u otros Organismos Públicos con calidad de pliego presupuestal adscritos a la Presidencia del Consejo de Ministros o a los Ministerios, con independencia de la denominación formal que las normas les reconozcan; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 226-PE-ESSALUD-2015 de fecha 01 de abril de 2015, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Abastecimiento de Bienes Estratégicos - CEABE; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 659-PE-ESSALUD-2015 de fecha 29 de octubre de 2015,
se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Gerencia de Procura y Trasplante; Que, resulta necesario precisar que los artículos 191°, 192°, 193° y 200° del Reglamento de Organización y Funciones de ESSALUD, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 656-PE-ESSALUD-2014, referidos a la naturaleza del Instituto de Evaluación, de Tecnologías de Salud e Investigación IETSI, la Central de Abastecimiento de Bienes Estratégicos CEABE, la Gerencia de Red Desconcentradas y la Gerencia de Procura y Trasplante, fueron modificados por el artículo 1° de los Reglamentos de Organización y Funciones de los mencionados Órganos, aprobado s por Resoluciones de Presidencia Ejecutiva Nros. 152, 226, 601 y 659-PE-ESSALUD-2015; Que, mediante Carta de Vistos, la Gerencia Central de Planeamiento y Desarrollo remite un proyecto de Resolución de Presidencia Ejecutiva que modifica los Reglamentos de Organización y Funciones de ESSALUD y del CEABE; y, aprueba el texto actualizado del Reglamento de Organización y Funciones de ESSALUD; Que, en el Informe Técnico N° 052-GOP-GCPDESSALUD-2015, la Gerencia Central de Planeamiento y Desarrollo señala que en atención a las propuestas de modificación planteadas por los órganos centrales, que son sustentadas en el referido informe, resulta necesario modificar la estructura orgánica del Seguro Social de Salud, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 656-PE-ESSALUD-2014, mediante la creación de 7 unidades orgánicas (3 en la Gerencia Central de Gestión Financiera, 3 en la Gerencia Central de Atención al Asegurado y 1 en la Gerencia Central de Gestión de las Personas), la supresión de 2 unidades orgánicas (1 en la Oficina de Relaciones Institucionales y 1 en la Gerencia Central de Gestión de las Personas), así como, la ubicación del Instituto de Medicina Tradicional como un órgano desconcentrado con dependencia de la Gerencia de Medicina Complementaria de la Gerencia Central de Prestaciones de Salud; Que, como consecuencia de ello, la citada Gerencia Central manifiesta que resulta necesaria la modificación de funciones en los diferentes artículos del Reglamento de Organización y Funciones de ESSALUD, como producto de los cambios aprobados, las propuestas de modificación planteadas por los órganos centrales, los ajustes, inclusiones o supresiones de funciones para evitar duplicidad, así como para subsanar errores materiales; Que, del mismo modo, en el literal a) de los numerales 3.5 y 3.9 del citado Informe se propone la modificación de los artículos 192° y 1° de los Reglamentos de Organización y Funciones de ESSALUD y de la Central de Abastecimiento de Bienes Estratégicos, aprobados por Resoluciones de Presidencia Ejecutiva Nros. 656-PE-ESSALUD-2014 y 226-PE-ESSALUD-2015, respectivamente, referidos a la naturaleza de la citada Central, que especifica los bienes estratégicos, así como se suprimen funciones referidas al asesoramiento en buenas prácticas de almacenamiento, a fin de no duplicar funciones con la Gerencia Central de Logística; Que, asimismo, en el literal d) del numeral 3.5 y en el numeral 3.10 del Informe se propone la modificación del artículo 200° y del artículo 1° de los Reglamentos de Organización y Funciones de ESSALUD y de la Gerencia de Procura y Trasplante, aprobados por Resoluciones de Presidencia Ejecutiva Nros. 656-PE-ESSALUD-2014 y 659-PE-ESSALUD-2015, respectivamente, referidos a la naturaleza de la citada Gerencia; Que, a su vez, en el numeral 3.7 del Informe se señala que para mantener centralizadas las funciones relativas a seguros, resulta necesario que las Oficinas de Aseguramiento y las Agencias de Seguros, que constituyen las unidades organizativas estructurales desconcentradas, sean adscritas a la Gerencia de Acceso y Acreditación del Asegurado de la Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas; Que, en el numeral 3.8 del Informe antes mencionado se propone encargar, con eficacia anticipada al 01 de julio de 2015, al Gerente Central de Planeamiento y Desarrollo y al Gerente de Organización y Procesos, las actividades relacionadas con el Plan Operativo Institucional 2015 correspondientes a Cooperación Externa, al no haberse implementado aún la Oficina de Cooperación Internacional; Que, el numeral 17.1 del artículo 17º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General