Norma Legal Oficial del día 03 de enero del año 2016 (03/01/2016)
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TEXTO DE LA PÁGINA 13
El Peruano / Domingo 3 de enero de 2016
NORMAS LEGALES
574191
bandera extranjera que realizan actividades pesqueras de recursos hidrobiológicos transzonales en alta mar", así como la correspondiente Exposición de Motivos, en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, (www.produce. gob.pe), a efectos de recibir las opiniones, comentarios y/o sugerencias de la ciudadanía, por el plazo de quince (15) días hábiles contado desde el día siguiente de su publicación. Artículo 2.- Mecanismos de Participación Las opiniones, comentarios y/o sugerencias sobre el proyecto de Decreto Supremo a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deben ser remitidas a la sede del Ministerio de la Producción, con atención a la Dirección General de Políticas y Desarrollo Pesquero, ubicada en la Calle Uno Oeste Nº 060 Urbanización Córpac, San Isidro, o a la dirección electrónica: dgp@ produce.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese. PIERO EDUARDO GHEZZI SOLÍS Ministro de la Producción 1329616-4
TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Aprueban transferencia a favor de la empresa GRUPORPP S.A.C., de la autorización para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Lima, departamento de Lima, a Ia empresa Emisoras Peruanas S.A.C., conjuntamente con los permisos, licencias y autorizaciones de enlaces auxiliares a la radiodifusión
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 840-2015-MTC/03 Lima, 15 de diciembre de 2015 VISTO, el escrito de registro P/D Nº 147365 del 29 de diciembre de 2008, presentado por la empresa EMISORAS PERUANAS S.A.C., sobre aprobación de transferencia de la autorización para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Lima, departamento de Lima a favor de la empresa GRUPORPP S.A.C. (antes RADIOPOLIS S.A.C.); CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 067-87-TC/ TEL del 29 de diciembre de 1987, se autorizó a la empresa EMISORAS PERUANAS S.A.C., por el plazo de diez (10) años para operar una estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima; Que, con Resolución Viceministerial Nº 488-2001-MTC/15.03 del 11 de julio de 2001, se renovó la autorización otorgada a la empresa EMISORAS PERUANAS S.A.C., por el plazo de diez (10) años, para la operación de una estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima; con plazo de vigencia hasta el 29 de diciembre de 2007; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 758-2011-MTC/03 del 22 de julio de 2011, se declaró aprobada al 25 de junio de 2009, la solicitud de renovación presentada por la empresa EMISORAS PERUANAS S.A.C., referida a su autorización otorgada mediante Resolución Ministerial Nº 067-87-TC/TEL, para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Lima, departamento de Lima; con lazo de vigencia hasta el 29 de diciembre de 2017;
Que con escrito de Visto, la empresa EMISORAS PERUANAS S.A.C., solicita la transferencia de sus estaciones, entre ellas, la estación de la localidad de Lima, a favor de la empresa RADIOPOLIS S.A.C., en mérito a la Escritura Pública de Constitución de Sociedad Anónima Cerrada por Escisión del 8 de noviembre de 2008, inscrita en Registros Públicos el 25 de febrero de 2009; Que mediante escritos de registros P/D N 053778 del 07 de mayo de 2012 y el P/D Nº 064033 del 30 de mayo de 2012, el GRUPORPP S.A.C., comunica el cambio de denominación social de la empresa RADIOPOLIS S.A C., a la nueva denominación social GRUPORPP S.A.C., en mérito a la Escritura Pública de Cambio de Denominación Social y Modificación Parcial de Estatutos del 02 de diciembre de 2011, inscrita en los Registros Públicos de Lima; Que, el artículo 27º de la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278, concordado con el artículo 73º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, establecen que los derechos otorgados para la prestación del servicio de radiodifusión son transferibles, previa aprobación del Ministerio, mediante Resolución Viceministerial, conteniendo además el reconocimiento del nuevo titular de la autorización. Asimismo, señala que las solicitudes de transferencia deben ser atendidas en un plazo máximo de noventa (90) días, transcurrido el cual, sin que se haya expedido resolución pronunciándose sobre la solicitud, el peticionario podrá considerarla aprobada; Que, a su vez, el articulo 27º de Ia Ley de Radio y Televisión, concordado con los artículos 74º y 76º de su Reglamento establecen las condiciones y requisitos aplicables a las solicitudes de transferencia de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión; Que, conforme a lo establecido en el artículo 77º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobada Ia transferencia y reconocido el nuevo titular, éste asume de pleno derecho, todas las obligaciones y derechos derivados de la autorización; Que, mediante Informe Nº 0006-2015-MTC/28, ampliado con Informe Nº 1907-2015-MTC/28, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones opina que corresponde declarar aprobada al 29 de agosto de 2009, por aplicación del silencio administrativo positivo, la transferencia de la autorización otorgada a la empresa EMISORAS PERUANAS S.A.C. mediante Resolución Ministerial Nº 067-87-TC/TEL y renovada por Resolución Viceministerial Nº 488- 2001-MTC/15.03 y Resolución Viceministerial Nº 758-2011-MTC/03, para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Lima, departamento de Lima, a favor de la empresa GRUPORPP S.A.C., (antes denominada empresa RADIOPOLIS S.A.C.), reconociéndose a esta última como titular de dicha autorización, asumiendo todos los derechos y obligaciones derivados de Ia misma; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278 y sus rnodificatorias, y su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, Ia Ley del Silencio Administrativo, Ley Nº 29060, Ia Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444 y el Texto Único de Procedimiento Administrativos - TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modificatorias; Con la opinión favorable de Ia Dirección General de Autonzaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar aprobada al 29 de agosto de 2009, en virtud del silencio administrativo positivo, Ia transferencia a favor de Ia empresa GRUPORPP S. A.C., de la autorización para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Lima, departamento de Lima, otorgada por Resolución Ministerial Nº 067-87-TC/TEL y renovada par Resolución Viceministerial Nº 488-2001-MTC/15.03 y Resolución Viceministerial Nº 758-2011-MTC/03, a Ia empresa EMISORAS PERUANAS S.A.C., conjuntamente con los permisos, licencias y autorizaciones de enlaces auxiliares a la radiodifusión.