Norma Legal Oficial del día 08 de agosto del año 2016 (08/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Lunes 8 de agosto de 2016

NORMAS LEGALES PODER EJECUTIVO

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DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES PRIMERA. Normas reglamentarias y complementarias El Poder Ejecutivo, mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economía y Finanzas, dictará las normas reglamentarias y complementarias correspondientes en el plazo de 90 días contados a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley. SEGUNDA. Vigencia Lo dispuesto en el Capítulo II de la presente Ley será de aplicación a todas las donaciones que se efectúen a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley. Las normas vinculadas al Impuesto a la Renta contenidas en los capítulos II y III de la presente Ley entrarán en vigencia el 1 de enero de 2017. TERCERA. Informe La SUNAT deberá remitir a la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera del Congreso de la República un informe anual donde se detalle las donaciones de alimentos, precisando el origen, valor en soles y destino. CUARTA. Supervisión por parte de Digesa El Ministerio de Salud a través de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria (DIGESA) supervisa a las entidades perceptoras realizando visitas inopinadas a fin de asegurar que los alimentos que sean donados se encuentren aptos para el consumo humano, teniendo la potestad sancionadora que le confiere la Ley para tales fines. QUINTA. Obligatoriedad de donación A partir del tercer año de la entrada en vigencia de la presente Ley, los almacenes de alimentos y supermercados estarán prohibidos de desechar o destruir alimentos que tengan las condiciones para poder ser donados, dentro del límite que permite la presente Ley. El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS) dictará las disposiciones pertinentes para el cumplimiento de esta obligación. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA ÚNICA. Norma derogatoria Deróganse o déjanse sin efecto las normas que se opongan a la presente Ley. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los seis días del mes de julio de dos mil dieciséis. LUIS IBERICO NÚÑEZ Presidente del Congreso de la República NATALIE CONDORI JAHUIRA Primera Vicepresidenta del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR TANTO: No habiendo sido promulgada dentro del plazo constitucional por el señor Presidente de la República, en cumplimiento de los artículos 108 de la Constitución Política del Perú y 80 del Reglamento del Congreso de la República, ordeno que se publique y cumpla. En Lima, a los dos días del mes de agosto de dos mil dieciséis. LUZ SALGADO RUBIANES Presidenta del Congreso de la República ROSA MARÍA BARTRA BARRIGA Primera Vicepresidenta del Congreso de la República 1412960-1

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Designan Asesor Técnico del Despacho Presidencial en Asuntos Regionales y Municipales
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 186-2016-PCM Lima, 7 de agosto de 2016 CONSIDERANDO: De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, y el Decreto Supremo Nº 0662006-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial, modificado por Decreto Supremo Nº 082-2011-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designación Designar al señor JOSÉ ALBERTO LABÁN GHIORZO, como Asesor Técnico del Despacho Presidencial en Asuntos Regionales y Municipales. Artículo 2.- Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros 1412960-3

Designan Asesor Técnico del Despacho Presidencial en Asuntos de Prevención y Control de Conflictos Sociales
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 187-2016-PCM Lima, 7 de agosto de 2016 CONSIDERANDO: De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, y el Decreto Supremo Nº 066-2006-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Despacho presidencial, modificado por Decreto Supremo Nº 082-2011-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designación Designar al señor JORGE LUIS VILLACORTA CARRANZA, como Asesor Técnico del Despacho Presidencial en Asuntos de Prevención y Control de Conflictos Sociales.