Norma Legal Oficial del día 09 de mayo del año 2015 (09/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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anual los Talleres de Conversion a Gas Natural Vehicular - GNV autorizados por la Direccion General de Transporte Terrestre, escrito en el cual senalan que se consideren los Partes Diarios N°s. 174171, 203541, 030503, 039660 y 044706; Que, de acuerdo al Informe Nº 588-2015-MTC/15.03., elaborado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, se advierte que la documentacion presentada, cumple con lo establecido en el numeral 5.2 de la Directiva N° 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral N° 3990-2005-MTC/15 y sus modificatorias, por lo que procede emitir el acto administrativo autorizando a la empresa MOTOR GAS COMPANY S.A., para operar como Entidad Certificadora de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV; Que, de conformidad con la Ley N° 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; Decreto Supremo N° 058-2003-MTC y sus modificatorias que aprueba el Reglamento Nacional de Vehiculos, y La Directiva Nº 001-2005-MTC/15 sobre el "Regimen de Autorizacion y Funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones a Gas Natural Vehicular - GNV y de los Talleres de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV", aprobada por Resolucion Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 y elevada al rango de Decreto Supremo mediante el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 016-2008-MTC; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la empresa MOTOR GAS COMPANY S.A., para operar como Entidad Certificadora de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV, de ambito nacional senalando como domicilio fiscal la MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mza. D Lote 33 Urb. Lucyana Distrito de Carabayllo, Provincia y Departamento de MORDAZA, por el plazo de dos (02) anos, quien se encargara de inspeccionar fisicamente los vehiculos convertidos a GNV o los vehiculos originalmente disenados para combustion a GNV (vehiculo dedicado, bicombustible o dual), certificar e instalar los dispositivos de control de carga que la Direccion General de Transporte Terrestre disponga al mismo, suministrar la informacion requerida a la Direccion General de Transporte Terrestre o a la entidad que esta designe como Administrador del Sistema de Control de Carga de GNV, inspeccionar anualmente a los vehiculos con sistema de combustion a Gas Natural Vehicular - GNV, asi como realizar la certificacion inicial y anual los Talleres de Conversion a Gas Natural Vehicular - GNV autorizados por la Direccion General de Transporte Terrestre. Articulo Segundo.- Es responsabilidad de la empresa MOTOR GAS COMPANY S.A., renovar oportunamente la Carta Fianza presentada a efectos de respaldar las obligaciones contenidas en la Directiva N° 001-2005MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral N° 39902005-MTC/15 y sus modificatorias durante la vigencia de la autorizacion: ACTO Renovacion de Carta Fianza Renovacion de Carta Fianza

El Peruano Sabado 9 de MORDAZA de 2015

Fecha de Vigencia 06 de febrero de 2016 06 de febrero de 2017

En caso que la empresa MOTOR GAS COMPANY S.A., no cumpla con presentar la renovacion de la Carta Fianza MORDAZA de su vencimiento, se procedera conforme a lo establecido en la Directiva N° 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral N° 3990-2005-MTC/15 y sus modificatorias, referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo Tercero.- La empresa MOTOR GAS COMPANY S.A., bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la renovacion de la poliza de seguro de responsabilidad civil profesional contratada, MORDAZA del vencimiento del plazo que se senalan a continuacion: ACTO Fecha MORDAZA de MORDAZA

Renovacion o contratacion de nueva poliza 12 de febrero de 2016 Renovacion o contratacion de nueva poliza 12 de febrero de 2017 En caso que la Entidad autorizada, no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una nueva poliza al vencimiento del plazo MORDAZA indicado, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 5.8.1 del articulo 5 de la Directiva N° 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral N° 3990-2005-MTC/15 y sus modificatorias, referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo Cuarto.- Remitase MORDAZA de la presente Resolucion Directoral al Registro de Propiedad Vehicular de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos - SUNARP adjuntandose el documento que contiene el Registro de Firmas de los Ingenieros Supervisores responsables de la suscripcion de los Certificados de Conformidad de Conversion a Gas Natural Vehicular - GNV. Articulo Quinto.- La empresa MOTOR GAS COMPANY S.A., se encuentra obligada a cumplir los dispositivos mencionados en el MORDAZA juridico y de sujetar su actuacion a lo establecido en la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 sobre el "Regimen de Autorizacion y Funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones a Gas Natural Vehicular ­ GNV y de los Talleres de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV", aprobada por Resolucion Directoral Nº 3990-2005MTC/15 y elevada al rango de Decreto Supremo mediante el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 016-2008-MTC; Articulo Sexto.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion, siendo de cargo de la empresa denominada MOTOR GAS COMPANY S.A., los gastos que originen su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre 1233607-1

REQUISITO PARA PUBLICACI N DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan mas de una pagina, se adjuntara un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCION