Norma Legal Oficial del día 17 de junio del año 2015 (17/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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El Peruano Miercoles 17 de junio de 2015

PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 30333
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DECLARA DE CARACTER PRIORITARIO Y DE PREFERENTE INTERES SOCIAL LA CREACION DEL DISTRITO DE LA JOYA EN LA PROVINCIA DE TAMBOPATA, DEPARTAMENTO DE MORDAZA DE MORDAZA
Articulo unico. Objeto de la Ley Declarase de caracter prioritario y de preferente interes social la creacion del distrito de La Joya en la provincia de Tambopata, departamento de MORDAZA de MORDAZA, cuya capital sera el pueblo del mismo nombre, la misma que con la aprobacion de la ley de creacion del distrito se elevara a la categoria de ciudad. Comuniquese al senor Presidente Constitucional de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de MORDAZA de dos mil quince. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA DEL ALCAZAR MORDAZA Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de junio del ano dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la Republica MORDAZA CATERIANO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 1252025-1

la administracion publica en la modalidad de falsa declaracion en procedimiento administrativo en agravio del Estado, por el cual se le ha condenado a dos anos de pena privativa de MORDAZA suspendida, al pago de una reparacion civil y a una pena de inhabilitacion por el plazo de dos anos, quedando privado de su funcion, cargo o comision que ejercia, aunque provenga de eleccion popular, asi como a estar incapacitado e impedido para obtener mandato, cargo, empleo o comision de caracter publico; Que, en merito a lo dispuesto por el informe de la Comision de Constitucion y Reglamento, aprobado por el Consejo Directivo, la sentencia que condena al Congresista MORDAZA MORDAZA debe ser cumplida por el Congreso de la Republica, en razon de que es una resolucion judicial emitida en MORDAZA instancia y que ha quedado consentida y ejecutoriada; De conformidad con lo establecido en el inciso 2 del articulo 139° de la Constitucion Politica; y estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su sesion celebrada en la fecha. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar la vacancia del cargo de Congresista de la Republica que ejercia el senor MORDAZA MORDAZA Flores. Articulo Segundo.- Oficiar al MORDAZA Nacional de Elecciones para que proceda conforme a sus atribuciones. Articulo Tercero.- Dese cuenta de la presente resolucion al Pleno del Congreso de la Republica. Publiquese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA DEL ALCAZAR MORDAZA Vicepresidente del Congreso de la Republica 1252014-1

PODER EJECUTIVO AGRICULTURA Y RIEGO
Encargan funciones de Sub Director de la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administracion de la MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 160-2015-ANA MORDAZA, 15 de junio de 2015 CONSIDERANDO:

Declaran vacancia del cargo Congresista de la Republica
RESOLUCION Nº 046-2014-2015-P/CR MORDAZA, 16 de junio de 2015 CONSIDERANDO:

de

Que, el Consejo Directivo en sesion realizada el 16 de junio de 2015, aprobo el Informe de Opinion Consultiva N° 03-2014-2015-CCR-CR de la Comision de Constitucion y Reglamento, referido a la sentencia 20-2014, emitida por la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, en el MORDAZA seguido contra el Congresista MORDAZA MORDAZA Flores; Que, el informe de la Comision de Constitucion y Reglamento senala que el Congresista MORDAZA MORDAZA ha sido condenado judicialmente por el delito contra

Que, mediante Decreto Legislativo N° 997, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, se creo la Autoridad Nacional del Agua como organismo responsable de dictar las normas y establecer los procedimientos para la gestion integrada y sostenible de los recursos hidricos; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2010-AG, establece que la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administracion, es la encargada de la administracion del personal de la institucion; Que, a fin que el normal desarrollo de la unidad organica MORDAZA mencionada no se vea afectado, resulta necesario encargar las funciones de la Unidad citada; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participacion del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designacion de Funcionarios Publicos, y lo dispuesto en el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG.